Partición de Bienes Inmuebles y MueblesSentencia
Section § 874.210
Esta ley establece que una decisión judicial resolverá de manera definitiva los intereses de propiedad de todas las personas involucradas, incluyendo aquellas conocidas o desconocidas que formaron parte del caso. También afecta a quienes aún no han nacido o no han sido identificados y que podrían tener reclamaciones futuras. Además, tiene un impacto en cualquier persona con un interés no registrado si no forman parte de la demanda, salvo bajo ciertas condiciones.
Section § 874.225
Esta sección de la ley establece que una sentencia judicial no afectará el derecho de una persona sobre una propiedad si esa persona no participó en el litigio, bajo ciertas condiciones. Primero, si su derecho fue registrado oficialmente para cuando se presentó el aviso de demanda (litispendencia) o se registró la sentencia, dicho derecho sigue siendo válido. Segundo, si el demandante debería haber conocido el derecho al inspeccionar la propiedad en el momento del aviso de demanda o de la sentencia, este derecho está protegido. Esto no afecta los derechos de los nuevos compradores o prestamistas que actúan de buena fe.
Section § 874.240
Si una transferencia de propiedad se realiza de acuerdo con ciertas reglas (Secciones 873.750, 873.790 o 873.960), es tan definitiva e incuestionable como una sentencia judicial.