Section § 872.710

Explanation

Esta sección explica cómo los tribunales manejan los casos de división de propiedades. Primero, el tribunal decide si la persona que solicita la división tiene derecho a hacerlo. Si varias personas poseen una propiedad al mismo tiempo, generalmente pueden dividirla, a menos que exista un acuerdo válido que lo impida. Para las propiedades que han pasado por diferentes dueños a lo largo del tiempo (patrimonios sucesivos), el tribunal permitirá la división si es lo mejor para todas las partes involucradas. Se consideran factores como los impuestos, los costos de reparación y cómo ha cambiado la propiedad con el tiempo para decidir si la división es una buena idea.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 872.710(a) En el juicio, el tribunal determinará si el demandante tiene derecho a la partición.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 872.710(b) Salvo lo dispuesto en la Sección 872.730, la partición en cuanto a los intereses concurrentes en la propiedad será de derecho, a menos que esté impedida por una renuncia válida.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 872.710(c) La partición en cuanto a los patrimonios sucesivos en la propiedad se permitirá si redunda en el mejor interés de todas las partes. El tribunal considerará si el interés posesorio se ha vuelto excesivamente oneroso debido a impuestos u otros gravámenes, gastos de reparaciones ordinarias o extraordinarias, el carácter de la propiedad y el cambio en el carácter de la propiedad desde la creación de los patrimonios, las circunstancias bajo las cuales se crearon los patrimonios y el cambio en las circunstancias desde la creación de los patrimonios, y todos los demás factores que serían considerados por un tribunal de equidad, teniendo en cuenta la intención del creador de los patrimonios sucesivos y los intereses y necesidades de los propietarios sucesivos.

Section § 872.720

Explanation

Esta sección de la ley explica qué sucede cuando alguien le pide a un tribunal que divida una propiedad que varias personas poseen en conjunto. Si el tribunal está de acuerdo en que la persona tiene derecho a una división, emite lo que se llama una “sentencia interlocutoria”. Esto significa que el tribunal determina quién posee qué parte de la propiedad y cómo se dividirá. A veces, es difícil determinar quién posee qué de una sola vez. En esos casos, el tribunal puede primero resolver las participaciones de los propietarios originales. Luego, puede continuar dividiendo las participaciones entre otros que reclaman la propiedad o detenerse si todos los involucrados están de acuerdo.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 872.720(a) Si el tribunal determina que el demandante tiene derecho a la partición, dictará una sentencia interlocutoria que determine los intereses de las partes en la propiedad y ordene la partición de la propiedad y, a menos que se determine posteriormente, la forma de la partición.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 872.720(b) Si el tribunal determina que es impracticable o muy inconveniente dictar una única sentencia interlocutoria que determine, en primera instancia, los intereses de todas las partes en la propiedad, el tribunal podrá primero determinar los intereses de los propietarios originales concurrentes o sucesivos y, a continuación, dictar una sentencia interlocutoria como si dichas personas fueran las únicas partes interesadas y las únicas partes en la acción. Posteriormente, el tribunal podrá proceder de manera similar entre los propietarios originales concurrentes o sucesivos y las partes que reclaman bajo ellos, o podrá permitir que los intereses permanezcan sin más partición si las partes así lo desean.

Section § 872.730

Explanation
Esta ley permite que un tribunal utilice ciertos procedimientos legales para resolver disputas sobre la división de los activos de una sociedad o la disolución de una sociedad. Sin embargo, esto solo se puede hacer si no perjudica los derechos de los acreedores que no han garantizado sus préstamos con los bienes de la sociedad.