Inicio de la AcciónPartes
Section § 872.510
Section § 872.520
Si alguien no sabe quién es el propietario de un bien inmueble sobre el que está presentando una demanda, debe indicarlo en la demanda e incluir a las 'personas desconocidas' de una manera específica. Cuando los detalles exactos de la cuota o la propiedad son inciertos debido a cuestiones como que el beneficiario no ha nacido o no puede ser identificado, el demandante debe proporcionar toda la información posible sobre quién sería el propietario si la situación se resolviera. El tribunal se asegurará de que las personas adecuadas participen en el caso añadiendo partes o nombrando tutores si es necesario.
Section § 872.530
Esta ley explica qué hacer en un litigio si una persona que debería ser parte como demandado ha fallecido. Si el demandante conoce a un representante legal del fallecido, este debe ser incluido como demandado. Si no se conoce a ningún representante, el demandante debe mencionarlo en una declaración jurada. Si se confirma que la persona ha fallecido, el demandante puede incluir a los 'sucesores' —tanto los nombrados en un testamento (testamentarios) como los que no (sin testamento)— como demandados. Si solo se cree que la persona ha fallecido, se puede nombrar a la persona supuestamente fallecida y a sus posibles sucesores como demandados.
Section § 872.540
Si una propiedad involucrada en una demanda está relacionada con arrendamientos o acuerdos de petróleo o gas, la persona que presenta la demanda no tiene que incluir a ciertas partes interesadas como demandados. Estas partes incluyen a quienes solo tienen derechos como arrendatarios o propietarios de regalías relacionados con el petróleo o el gas. La decisión del tribunal no afectará sus intereses si no son incluidos en el caso.