Costas de ParticiónConcesión y Prorrateo de las Costas de Partición
Section § 874.010
Esta ley describe los gastos que conlleva la división de una propiedad a través de un tribunal, proceso conocido como partición. Estos costos pueden incluir honorarios razonables de abogado que benefician a todos los involucrados, los honorarios de un árbitro (una persona neutral que asiste al tribunal), pagos a agrimensores u otros profesionales contratados por el árbitro, los costos de obtener un informe de título y cualquier otro gasto que el tribunal considere necesario para el beneficio de todas las partes involucradas.
Section § 874.020
Section § 874.030
Section § 874.040
Esta ley establece que, cuando un tribunal divide una propiedad entre varias partes, los costos generalmente deben compartirse según la parte de la propiedad que le corresponda a cada una. El tribunal también puede decidir una forma diferente de dividir los costos si le parece justo hacerlo.
Section § 874.050
Esta ley permite que un tribunal ordene a otras personas pagar los costos compartidos de algo que beneficia un interés futuro, como cuando se espera que una propiedad pase a alguien en el futuro. Si se realizan estos pagos, quienes los hicieron pueden obtener un reembolso, con intereses, una vez que ese interés futuro sea relevante. Esto asegura que la persona que finalmente reciba el interés futuro cubrirá su parte de los costos.