EmbargoAcciones en las que se autoriza el embargo
Section § 483.010
Esta sección explica cuándo un tribunal puede permitir que un acreedor embargue la propiedad de un deudor (un 'embargo') para asegurar el pago de una deuda. Se aplica a reclamaciones basadas en contratos donde el monto total adeudado es de al menos $500, sin incluir costos, intereses ni honorarios de abogado. Los embargos no pueden utilizarse para reclamaciones garantizadas por bienes inmuebles, como hipotecas, a menos que la garantía haya perdido valor o se haya vuelto inútil sin culpa del acreedor. Si el deudor es una persona física, la reclamación debe estar relacionada con sus actividades comerciales, no con gastos personales como la compra o alquiler de propiedades o servicios para uso doméstico. Los embargos pueden emitirse solos o junto con otras soluciones legales solicitadas.
Section § 483.012
Section § 483.013
En California, los beneficios federales por discapacidad de los veteranos por lesiones relacionadas con el servicio están protegidos de ser embargados por los acreedores. Esto significa que estos beneficios no pueden ser incautados mediante ningún proceso legal o judicial. Sin embargo, una parte de estos beneficios puede utilizarse para pagar la manutención de menores o cónyuge atrasada, de acuerdo con otra ley federal.
Section § 483.015
Esta sección de la ley explica cómo calcular la cantidad de dinero que puede ser asegurada mediante un proceso legal llamado embargo. Primero, se suma lo que la persona (el demandante) afirma que el demandado debe, más cualquier cantidad adicional que el tribunal permita. Luego, se resta cualquier dinero que el demandado ya le deba al demandante, o cualquier reclamación que el demandado haga contra el demandante que por sí misma podría resultar en un embargo. También se resta cualquier valor que el demandante ya posea como garantía por lo que afirma que el demandado debe.