Section § 724.010

Explanation

Si debes dinero debido a una sentencia judicial, puedes saldar esta deuda pagando el monto total adeudado o una cantidad menor si la persona a quien le debes está de acuerdo. Si la deuda se liquida a través de un proceso formal llamado embargo, el acreedor de la sentencia (la persona a quien le debes dinero) debe confirmar que la deuda está saldada una vez que reciba el monto total del oficial encargado del embargo. De manera similar, si pagas con un cheque o cualquier método que no sea en efectivo, el acreedor debe confirmar que la deuda está saldada solo después de que el pago se haya procesado con éxito y se hayan recibido los fondos.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.010(a) Una sentencia monetaria puede ser satisfecha mediante el pago del monto total requerido para satisfacer la sentencia o mediante la aceptación por parte del acreedor de la sentencia de una suma menor en plena satisfacción de la misma.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.010(b) Cuando una sentencia monetaria es satisfecha mediante embargo, la obligación del acreedor de la sentencia de otorgar o presentar un reconocimiento de satisfacción surge solo cuando el acreedor de la sentencia ha recibido el monto total requerido para satisfacer la sentencia del oficial embargador.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 724.010(c) Cuando una sentencia monetaria es satisfecha mediante pago al acreedor de la sentencia por cheque u otra forma de pago no en efectivo que debe ser honrado al ser presentado por el acreedor de la sentencia para su pago, la obligación del acreedor de la sentencia de otorgar o presentar un reconocimiento de satisfacción de la sentencia surge solo cuando el cheque u otra forma de pago no en efectivo ha sido efectivamente honrado al ser presentado para su pago.

Section § 724.020

Explanation
El secretario del tribunal registrará oficialmente que una sentencia monetaria ha sido pagada en los registros del tribunal cuando ocurra cualquiera de estas situaciones: un documento demuestra que la sentencia fue pagada en su totalidad, alguien presenta un formulario indicando que la sentencia fue pagada, o el tribunal emite una orden confirmando que está pagada.
El secretario del tribunal registrará la satisfacción de una sentencia monetaria en el registro de actuaciones cuando ocurra lo siguiente:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.020(a) Se devuelve un auto satisfecho por el monto total de una sentencia de suma global.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.020(b) Se presenta ante el tribunal un reconocimiento de satisfacción de la sentencia.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 724.020(c) El tribunal ordena el registro de la satisfacción de la sentencia.

Section § 724.030

Explanation

Cuando alguien salda una deuda que un tribunal le ordenó pagar, la persona a quien se le debía el dinero debe informar rápidamente al tribunal presentando un documento que confirme que la deuda está saldada. Sin embargo, esta regla no se aplica si la deuda fue pagada en su totalidad mediante un proceso ordenado por el tribunal llamado mandamiento judicial.

Cuando una sentencia monetaria es satisfecha, el acreedor de la sentencia deberá presentar inmediatamente ante el tribunal una constancia de satisfacción de sentencia. Esta sección no se aplica cuando la sentencia se satisface en su totalidad en virtud de un mandamiento judicial.

Section § 724.040

Explanation

Cuando una sentencia monetaria registrada en un condado se paga por completo, la persona a la que se le debía el dinero debe confirmar rápidamente que la deuda está saldada haciendo dos cosas: debe presentar un documento ante el tribunal reconociendo que el pago está completo, y también debe enviar una copia de este reconocimiento a la persona que pagó la deuda, ya sea en persona o por correo.

Si se ha registrado un extracto de una sentencia monetaria con el registrador de cualquier condado y la sentencia ha sido satisfecha, el acreedor de la sentencia deberá hacer inmediatamente lo siguiente:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.040(a) Presentar un acuse de recibo de satisfacción de la sentencia ante el tribunal.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.040(b) Notificar un acuse de recibo de satisfacción de la sentencia al deudor de la sentencia. La notificación se hará personalmente o por correo.

Section § 724.050

Explanation

Si una persona ha pagado una deuda ordenada por un tribunal (sentencia monetaria), puede solicitar oficialmente al acreedor que confirme que la deuda está saldada. Esto se puede hacer pidiendo al acreedor que presente una declaración ante el tribunal o que entregue una directamente al solicitante. El acreedor debe cumplir con esta solicitud dentro de los 15 días siguientes a su recepción. Si no lo hace, la persona puede pedir al tribunal que intervenga, lo que podría, en última instancia, requerir que el acreedor pague los honorarios de abogado o los daños y perjuicios causados por el retraso. El acreedor también podría ser multado con $100 si no puede justificar el retraso. Este proceso asegura que los registros oficiales reflejen que la deuda ha sido saldada.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(a) Si una sentencia monetaria ha sido satisfecha, el deudor de la sentencia, el propietario de bienes inmuebles o personales sujetos a un gravamen de sentencia creado bajo la sentencia, o una persona que tenga un interés de seguridad o un gravamen sobre bienes personales sujetos a un gravamen de sentencia creado bajo la sentencia, podrá notificar personalmente o por correo al acreedor de la sentencia una demanda por escrito para que el acreedor de la sentencia haga una o ambas de las siguientes acciones:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(a)(1) Presentar un reconocimiento de satisfacción de sentencia ante el tribunal.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(a)(2) Otorgar, reconocer y entregar un reconocimiento de satisfacción de sentencia a la persona que hizo la demanda.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(b) La demanda deberá incluir la siguiente declaración: “Aviso importante. Si esta sentencia ha sido satisfecha, la ley exige que usted cumpla con esta demanda a más tardar 15 días después de recibirla. Si es necesario un procedimiento judicial para obligarle a cumplir con esta demanda, se le exigirá que pague mis honorarios razonables de abogado en el procedimiento si el tribunal determina que la sentencia ha sido satisfecha y que usted no cumplió con la demanda. Además, si el tribunal determina que usted incumplió sin causa justificada con esta demanda dentro de los 15 días permitidos, usted será responsable de todos los daños que yo sufra por razón de dicho incumplimiento y también perderá cien dólares a mi favor.”
(c)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(c) Si la sentencia ha sido satisfecha, el acreedor de la sentencia deberá cumplir con la demanda a más tardar 15 días después de la recepción efectiva de la demanda.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(d) Si el acreedor de la sentencia no cumple con la demanda dentro del plazo permitido, la persona que hizo la demanda podrá solicitar al tribunal mediante moción notificada una orden que exija al acreedor de la sentencia cumplir con la demanda. La notificación de la moción deberá ser entregada al acreedor de la sentencia. La notificación se hará personalmente o por correo. Si el tribunal determina que la sentencia ha sido satisfecha y que el acreedor de la sentencia no ha cumplido con la demanda, el tribunal deberá (1) ordenar al acreedor de la sentencia que cumpla con la demanda o (2) ordenar al secretario del tribunal que registre la satisfacción de la sentencia.
(e)CA Procedimiento Civil Code § 724.050(e) Si la sentencia ha sido satisfecha y el acreedor de la sentencia incumple sin causa justificada con la demanda dentro del plazo permitido, el acreedor de la sentencia es responsable ante la persona que hizo la demanda por todos los daños sufridos por razón de dicho incumplimiento y también perderá cien dólares ($100) a favor de dicha persona. La responsabilidad bajo esta subdivisión podrá determinarse en los procedimientos sobre la moción conforme a la subdivisión (d) o en una acción.

Section § 724.060

Explanation

Cuando una sentencia judicial ha sido pagada o satisfecha en su totalidad, una constancia de satisfacción de sentencia debe incluir detalles específicos. Debe indicar información como el nombre del tribunal, los detalles del caso, los nombres y direcciones de las partes involucradas, las fechas de la sentencia y cualquier condición de pago. Si hay un gravamen de sentencia, este debe ser registrado o presentado en las oficinas pertinentes del condado o del estado para levantar oficialmente el gravamen. Esta constancia debe ser emitida formalmente por el acreedor, su cesionario, el abogado o la agencia de manutención de menores pertinente si están involucrados. Además, el formato debe reflejar las constancias de transferencia legal de propiedad.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a) Un reconocimiento de satisfacción de sentencia deberá contener la siguiente información:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(1) El título del tribunal.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(2) La causa y el número de la acción.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(3) Los nombres y direcciones del acreedor de la sentencia, el deudor de la sentencia y el cesionario registrado, si lo hubiere. Si se ha registrado un extracto de la sentencia en algún condado, el nombre del deudor de la sentencia deberá aparecer en el reconocimiento de satisfacción de sentencia tal como aparece en el extracto de sentencia.
(4)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(4) La fecha de asiento de la sentencia y de cualquier renovación de la misma, y dónde se asentó en los registros del tribunal.
(5)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(5) Una declaración de que la sentencia ha sido satisfecha en su totalidad o de que el acreedor de la sentencia ha aceptado un pago o cumplimiento distinto al especificado en la sentencia en plena satisfacción de la misma.
(6)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(6) Una declaración de si se ha registrado un extracto de la sentencia en algún condado y, en caso afirmativo, una declaración de cada condado donde se ha registrado el extracto y el libro y página de los registros del condado donde se ha registrado el extracto, y un aviso de que el reconocimiento de satisfacción de sentencia (o un certificado de satisfacción de sentencia del secretario judicial) deberá registrarse ante el registrador del condado de cada condado donde se haya registrado el extracto de sentencia para liberar el gravamen de sentencia sobre bienes inmuebles en ese condado.
(7)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(a)(7) Una declaración de si se ha presentado un aviso de gravamen de sentencia en la oficina del Secretario de Estado y, si se ha presentado dicho aviso, una declaración del número de archivo de dicho aviso, y un aviso de que el reconocimiento de satisfacción de sentencia (o un certificado de satisfacción de sentencia del secretario judicial) deberá presentarse en esa oficina para extinguir el gravamen de sentencia sobre bienes muebles.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(b) El reconocimiento de satisfacción de sentencia deberá realizarse de la misma manera que un reconocimiento de una transmisión de bienes inmuebles.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(c) El reconocimiento de satisfacción de sentencia deberá ser otorgado y reconocido por uno de los siguientes:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(c)(1) El acreedor de la sentencia.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(c)(2) El cesionario registrado.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(c)(3) El abogado del acreedor de la sentencia o del cesionario registrado, a menos que se presente una revocación de la autoridad del abogado.
(4)CA Procedimiento Civil Code § 724.060(c)(4) El director de la agencia local de manutención de menores o la persona que este designe, si la agencia local de manutención de menores ha estado prestando servicios de manutención de menores de conformidad con la Sección 17400 del Código de Familia. El reconocimiento de satisfacción de sentencia podrá ser registrado por la agencia local de manutención de menores de conformidad con la Sección 27282 del Código de Gobierno.

Section § 724.070

Explanation
Esta ley establece que si alguien a quien se le debe dinero tras ganar un caso judicial intenta obligar a la persona que le debe dinero a hacer cosas adicionales o a pagar más de lo que el tribunal dictaminó, deberá pagar por cualquier daño causado o pagar $250, la cantidad que sea mayor. Sin embargo, esto no se aplica si ambas partes acordaron un plan en el que la persona que debe dinero ofrece algún tipo de garantía o promete pagar la cantidad adeudada en partes más pequeñas, siempre y cuando estos términos no excedan lo que se debía originalmente.

Section § 724.080

Explanation

Si ganas un caso legal bajo este capítulo específico, el tribunal hará que la parte perdedora pague tus honorarios razonables de abogado.

En una acción o procedimiento mantenido conforme a este capítulo, el tribunal concederá honorarios razonables de abogado a la parte vencedora.

Section § 724.090

Explanation
Esta ley establece que si usted tiene derecho a ciertos daños bajo este capítulo, eso no le quita el derecho a daños adicionales o sanciones a los que podría tener derecho bajo otras leyes.

Section § 724.100

Explanation

Si una sentencia ha sido satisfecha y registrada, puede solicitar un certificado al secretario judicial pagando una tarifa. Este certificado confirmará que la sentencia está saldada e incluirá detalles como el nombre del tribunal, el número de caso, los nombres de las personas involucradas, y las fechas y lugares donde se registraron la sentencia y su satisfacción.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(a)Si la satisfacción de una sentencia ha sido asentada en el registro de acciones, el secretario judicial expedirá un certificado de satisfacción de sentencia previa solicitud y el pago de la tarifa según lo dispuesto en el apartado (a) de la Sección 70626 del Código de Gobierno.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b) El certificado de satisfacción de sentencia deberá contener la siguiente información:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b)(1) La denominación del tribunal.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b)(2) La causa y el número de la acción.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b)(3) Los nombres del acreedor de la sentencia y del deudor de la sentencia.
(4)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b)(4) La fecha de asiento de la sentencia y de cualquier renovación de la sentencia y dónde se asentó en los registros del tribunal.
(5)CA Procedimiento Civil Code § 724.100(b)(5) La fecha de asiento de la satisfacción de la sentencia y dónde se asentó en el registro de acciones.