EjecuciónVenta y Cobro
Section § 701.510
Esta ley explica que si un oficial toma control de la propiedad de alguien para saldar una deuda, generalmente tiene que venderla toda. Sin embargo, hay excepciones: los artículos físicos no pueden venderse hasta que el oficial los tenga en su posesión, y el dinero en efectivo solo puede venderse si vale más que su valor numérico.
Section § 701.520
Esta sección explica qué sucede cuando ciertos tipos de bienes son embargados para saldar una deuda. En lugar de vender activos valiosos como cuentas por cobrar o sentencias monetarias firmes, estos suelen ser cobrados por el acreedor. Si el acreedor desea vender los bienes en lugar de cobrarlos, debe notificar a la persona que debe la deuda. El deudor tiene 10 días para convencer al tribunal de que permita que los bienes sean cobrados en lugar de vendidos. En una audiencia, el tribunal puede decidir si los bienes deben venderse o cobrarse, basándose en la situación. Si el tribunal permite el cobro, el deudor podría tener que ceder oficialmente los derechos al acreedor.
Section § 701.530
Esta ley de California explica cómo notificar correctamente a alguien sobre la venta de sus bienes muebles. El aviso debe ser por escrito, indicar cuándo y dónde se realizará la venta, y describir lo que se venderá. Al menos 10 días antes de la venta, este aviso debe fijarse en tres lugares públicos alrededor de la ubicación donde ocurrirá la venta. Si la venta es dentro de una ciudad, debe fijarse en esa ciudad; si no, en el condado. El aviso también debe enviarse a la persona que debe dinero, ya sea personalmente o por correo, para darle la oportunidad de reclamar cualquier exención legal antes de que se vendan sus bienes.
Section § 701.540
Esta ley describe los procedimientos para notificar la venta de un interés en una propiedad inmobiliaria. Exige un aviso por escrito que detalle la fecha, hora y lugar de la venta, así como una descripción de la propiedad. El aviso debe entregarse al menos 20 días antes de la venta, y debe ser proporcionado al deudor y fijado en lugares públicos, incluyendo la propia propiedad. Si no se puede notificar a nadie en persona en la propiedad, no se requieren intentos adicionales. El aviso también debe publicarse en un periódico local. Además, 30 días después del embargo, el acreedor debe identificar a todos los titulares de gravámenes a través de los registros del condado y asegurarse de que reciban los avisos de la venta.
Section § 701.545
Section § 701.547
Cuando hay una subasta pública de una propiedad, el aviso de venta debe indicar a los postores que consulten las normas de California (Secciones 701.510 a 701.680). Estas secciones explican los términos y las condiciones de la venta, y qué sucede si alguien gana la puja pero no paga.
Section § 701.550
Esta ley explica cómo las personas pueden solicitar notificaciones sobre la venta de propiedades que han sido embargadas para saldar una deuda. Si alguien desea ser informado sobre dicha venta, debe presentar una solicitud por escrito antes de que se emita el mandamiento judicial (una orden oficial), proporcionando detalles como el título del tribunal, el número de caso y su dirección postal. Si alguien quiere saber sobre la venta de una propiedad específica que ha sido embargada, puede presentar una solicitud al oficial que gestiona la venta, incluyendo cualquier información que el oficial necesite para cumplir con la solicitud.
Section § 701.555
Además del aviso de venta obligatorio, la persona a la que se le debe dinero (acreedor de la sentencia) también puede optar por anunciar la venta en periódicos u otras publicaciones para llegar a más personas. Pueden recuperar los costos razonables de esta publicidad. Por otro lado, la persona que debe el dinero (deudor de la sentencia) también puede colocar sus propios anuncios, pero debe pagarlos por su cuenta.
Section § 701.560
Esta ley establece que si no se da el aviso de venta necesario antes de vender una propiedad, la venta en sí sigue siendo válida. Sin embargo, el oficial responsable de la venta podría tener que pagar daños y perjuicios a las partes afectadas si se produjo algún perjuicio debido a la falta de aviso.
Section § 701.570
Esta sección de la ley describe cómo debe llevarse a cabo la venta de una propiedad para satisfacer una sentencia judicial. Especifica que la venta debe realizarse en una fecha, hora y lugar específicos, generalmente en el condado donde se encuentra la propiedad, entre las 9 a.m. y las 5 p.m. La propiedad se subasta al mejor postor. Los bienes personales deben estar a la vista de los asistentes, a menos que un tribunal ordene lo contrario. La propiedad puede agruparse o venderse por separado para obtener el mejor precio, y el deudor puede solicitar cómo debe venderse. Una vez que se haya vendido suficiente propiedad para cubrir el monto de la sentencia, no se venderá más.
Section § 701.580
Si alguien debe dinero por una sentencia judicial, tanto la persona que debe (el deudor) como la persona a la que se le debe (el acreedor) pueden pedir que se retrase una venta programada a una nueva fecha y hora que ambos acuerden. Deben informar por escrito al oficial encargado de la venta. El oficial anunciará la nueva fecha y hora públicamente en el momento y lugar originales de la venta, y hará lo mismo para cualquier retraso adicional. La venta se realizará en el mismo lugar previsto, solo que en una fecha posterior.
Section § 701.590
Cuando alguien compra una propiedad en una venta, normalmente debe pagar en efectivo o con un cheque certificado. Si la persona a la que se le debe dinero (el acreedor de la sentencia) está pujando, a veces puede usar un crédito para pagar en su lugar. Sin embargo, cualquier tarifa restante o reclamación específica debe pagarse en efectivo o con un cheque certificado. Si la oferta ganadora por bienes inmuebles supera los $5,000, el comprador puede optar por financiar el resto, comenzando con un depósito de $5,000 o el 10% de la oferta, lo que sea mayor. Deben pagar el resto y cualquier interés dentro de los 10 días. Para bienes muebles valorados en más de $2,500, las reglas son similares, con un depósito mínimo de $2,500 o el 10%. Los compradores no pueden tomar posesión de la propiedad hasta que todo esté pagado.
Section § 701.600
Si la persona que gana la subasta de una propiedad no paga, el oficial a cargo ofrecerá la propiedad al siguiente mejor postor o realizará una nueva subasta de inmediato. Si el incumplimiento de la oferta ocurre después de la venta, la propiedad se vende de nuevo al mejor postor. Cualquier depósito realizado se utiliza primero para cubrir los costos e intereses. La persona que no pagó es responsable de cubrir la diferencia entre su oferta y el monto de la nueva venta, además de cualquier costo adicional, intereses y honorarios de abogados. Además, el oficial puede rechazar cualquier oferta futura de esta persona.
Section § 701.610
Section § 701.620
Antes de que cierta propiedad pueda venderse en una subasta, la oferta debe ser superior a varios costos específicos. Debe cubrir las reclamaciones laborales adeudadas según la Sección 1206, los gravámenes fiscales estatales prioritarios y cualquier depósito realizado si el comprador no es el acreedor. Además, si la propiedad es un vehículo motorizado, bienes del hogar o herramientas de trabajo con derechos de exención, la oferta también debe superar esos montos de exención. Si no se alcanza la oferta mínima requerida, el oficial a cargo debe liberar la propiedad sin venderla.
Section § 701.630
Cuando una propiedad se vende de acuerdo con esta ley, cualquier reclamo o deuda vinculada a la propiedad, aquellos que tienen una prioridad menor que el que se está abordando, y ciertos reclamos de impuestos estatales sobre la propiedad son eliminados.
Section § 701.640
Si compras una propiedad en una subasta para saldar una deuda, obtienes todos los derechos de propiedad que tenía la persona que debía el dinero cuando se inició el gravamen y cualquier derecho que haya adquirido sobre esa propiedad hasta que se vendió en la subasta.
Section § 701.650
Esta ley explica qué sucede cuando alguien compra bienes muebles que han sido incautados por el gobierno para saldar una deuda. Si la propiedad puede ser entregada físicamente, el oficial a cargo se la entregará al comprador. Si el comprador lo desea, también recibirá un certificado que prueba la compra. Si la propiedad no puede ser entregada físicamente, como artículos digitales o derechos, el comprador solo recibirá el certificado. Además, el oficial debe firmar o endosar cualquier documento relacionado para demostrar que el comprador ahora posee la propiedad o tiene derecho a poseerla.
Section § 701.660
Cuando alguien compra un inmueble en una venta legal, debe pagar al oficial embargador el monto total adeudado, incluyendo un impuesto de transferencia. Una vez pagado, el oficial le entrega al comprador una escritura de venta y registra una copia con el registrador del condado. El oficial también envía el impuesto de transferencia al condado o a la ciudad.
Section § 701.670
Esta sección explica qué información debe incluirse en un certificado o escritura cuando una propiedad se ha vendido debido a una sentencia judicial. Exige el nombre del tribunal, los detalles de la sentencia, los nombres y direcciones de las partes involucradas, una descripción de la propiedad y la fecha de la venta.
Section § 701.680
Esta ley establece que, una vez que una propiedad se vende como parte de un proceso legal para saldar una deuda, la venta suele ser definitiva y no puede anularse. Sin embargo, si la sentencia judicial original es cancelada, la persona que debía la deuda puede recuperar el dinero obtenido de la venta, más intereses. Si hubo problemas en la forma en que se llevó a cabo la venta, como irregularidades legales o la venta de una propiedad incorrecta, la persona que debía la deuda tiene 90 días para impugnar la venta si el comprador fue el mismo acreedor. Si la venta se invalida, cualquier deuda y gravamen se restablecen como si la venta nunca hubiera ocurrido. La persona que debía la deuda también puede reclamar daños y perjuicios. Pero tenga en cuenta que el comprador de la propiedad no se considera un sucesor en interés, y esta ley no elimina el derecho del deudor a rescatar la propiedad bajo ciertas condiciones.