EjecuciónDisposiciones Generales
Section § 699.010
Section § 699.020
Section § 699.030
Esta ley explica qué sucede cuando alguien a quien se le debe dinero (un acreedor judicial) quiere tomar bienes personales de un deudor (la persona que debe dinero) que se encuentran dentro del espacio privado del deudor. Primero, el oficial encargado debe pedir al deudor que entregue los bienes y advertirle que podría tener que pagar costos adicionales si el oficial tiene que regresar. Si el deudor se niega, el oficial deja de intentar obtener los bienes e informa al acreedor. Luego, el acreedor puede solicitar al tribunal un permiso para tomar los bienes por la fuerza. El tribunal solo lo permitirá si hay motivos fundados para creer que los bienes están allí. Incluso con permiso, el oficial debe identificarse claramente y explicar su propósito. Si los bienes no se entregan voluntariamente, pueden forzar la entrada a la propiedad con el menor daño posible. Sin embargo, si esto representa un peligro grave para cualquier persona, el oficial evitará entrar e informará al tribunal, que decidirá los pasos a seguir.
Section § 699.040
Esta ley explica el proceso que un acreedor judicial puede seguir para obtener una orden judicial que exija a una persona que le debe dinero (el deudor judicial) entregar bienes o documentos que prueben la titularidad de propiedades o deudas. Esto forma parte de la ejecución de una decisión judicial cuando alguien debe dinero. El acreedor puede solicitar esta orden sin que la otra parte esté presente o con notificación, dependiendo de las normas del tribunal. El tribunal puede conceder esta orden si hay una razón válida, y se informará al deudor que el incumplimiento de la orden podría llevar a su arresto u otras sanciones.
Section § 699.060
Esta ley explica cuándo y cómo un oficial embargador debe liberar la propiedad que ha sido incautada para saldar una deuda. La propiedad se libera cuando el acreedor o su abogado dan instrucciones por escrito, o una orden judicial lo exige. Una vez liberada, cualquier gravamen sobre esa propiedad se cancela. Si la propiedad ha sido tomada físicamente, se devuelve al propietario original, a menos que un tribunal diga lo contrario. Si el propietario no recoge su propiedad dentro de los 30 días de ser notificado, puede ser vendida. Las ganancias de una venta, menos los costos, van a un fondo del condado si no se reclaman en cinco años. Si la propiedad no fue tomada pero se registró un aviso de embargo, el oficial emite una liberación donde se presentó el aviso. Los oficiales no son responsables por liberar la propiedad correctamente, y las instrucciones para liberar pueden enviarse electrónicamente.
Section § 699.070
Esta ley permite que un tribunal nombre a un administrador o le ordene a un funcionario que tome las medidas necesarias para evitar que ciertos bienes pierdan valor si es probable que se dañen o disminuyan de valor rápidamente. Esto puede incluir la venta de los bienes, y puede ser solicitado por la persona a quien se le debe dinero, la persona que debe dinero, o cualquier otra persona con un interés legal en la propiedad. Si el tiempo es limitado, el funcionario puede actuar sin esperar la orden del tribunal. Cualquier acción que el funcionario tome para proteger los bienes de una rápida pérdida de valor se considera de buena fe y no generará responsabilidad. Si los bienes se venden, debe hacerse siguiendo procedimientos legales específicos, y los fondos de la venta se destinan a saldar la deuda. Si se nombra a un administrador, se le paga una tarifa diaria fijada por el tribunal, y sus gastos pueden cubrirse con el producto de la venta de los bienes o ser adelantados por el acreedor. Reglas específicas describen lo que un administrador puede y no puede hacer.
Section § 699.080
Esta ley explica cómo un notificador registrado puede hacer cumplir una sentencia judicial embargando diferentes tipos de bienes de alguien que debe dinero, conocido como deudor de sentencia. Enumera varias propiedades que pueden ser reclamadas, como bienes inmuebles, artículos personales y cuentas bancarias. Antes de tomar estas acciones, el notificador debe seguir ciertos pasos, incluyendo depositar una copia de la documentación legal con un oficial embargador y pagar una tarifa. El notificador tiene requisitos específicos para notificar a otras personas involucradas, y si estos no se cumplen, el intento de embargar la propiedad no tendrá efecto. Finalmente, el costo de los servicios del notificador puede añadirse a la cuenta del deudor.
Section § 699.090
Si alguien intenta embargar la propiedad de un deudor porque cree que le pertenece, basándose en los registros oficiales, no tendrá problemas si los registros resultan ser incorrectos. Siempre y cuando el acreedor haya actuado de buena fe basándose en lo que creía de esos registros, no es responsable de los problemas causados por la incautación de la propiedad.