Section § 681.010

Explanation

Esta ley describe cómo se hacen cumplir los diferentes tipos de sentencias judiciales. Las sentencias monetarias, u órdenes de pagar dinero, siguen reglas que comienzan en una sección específica. Si la sentencia trata sobre la posesión de bienes muebles o inmuebles, existen reglas separadas para cada tipo. Si hay una sentencia para vender una propiedad, hay un proceso diferente a seguir. Finalmente, si una sentencia exige que alguien haga o no haga algo que no se mencionó anteriormente, existe otro conjunto de pautas.

Salvo que la ley disponga lo contrario:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 681.010(a) Una sentencia monetaria es ejecutable según lo dispuesto en la División 2 (que comienza con la Sección 695.010).
(b)CA Procedimiento Civil Code § 681.010(b) Una sentencia de posesión de bienes muebles es ejecutable según lo dispuesto en el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 714.010) de la División 3.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 681.010(c) Una sentencia de posesión de bienes inmuebles es ejecutable según lo dispuesto en el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 715.010) de la División 3.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 681.010(d) Una sentencia de venta de bienes inmuebles o muebles es ejecutable según lo dispuesto en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 716.010) de la División 3.
(e)CA Procedimiento Civil Code § 681.010(e) Una sentencia que exige la realización de un acto no descrito en los incisos (a) a (d), ambos inclusive, o que exige la abstención de realizar un acto, es ejecutable según lo dispuesto en el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 717.010) de la División 3.

Section § 681.020

Explanation
Si a alguien se le ha otorgado una sentencia y quiere ejecutarla, necesita presentar oficialmente una prueba de que la sentencia le ha sido transferida, o ser reconocido como el cesionario en los registros oficiales según la Sección 673.

Section § 681.030

Explanation

Esta sección de la ley explica que el Consejo Judicial puede establecer las reglas sobre cómo deben llevarse a cabo los procedimientos legales bajo este título, incluyendo la creación de formularios obligatorios para solicitudes y otros documentos legales en cualquier idioma. Los formularios completados en otro idioma tienen el mismo efecto legal que los que están en inglés. Además, el Consejo Judicial debe proporcionar un formulario que enumere las exenciones de las sentencias monetarias, citando las leyes pertinentes y explicando dónde encontrar los montos de las exenciones.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(a) El Consejo Judicial podrá establecer por reglamento la práctica y el procedimiento en los procesos conforme a este título.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(b) El Consejo Judicial podrá prescribir el formato de las solicitudes, notificaciones, órdenes, autos judiciales y otros documentos que se utilizarán conforme a este título. El Consejo Judicial podrá prescribir formularios en idiomas distintos al inglés. La cumplimentación y devolución oportuna de un formulario del Consejo Judicial prescrito en un idioma distinto al inglés tendrá la misma fuerza y efecto que la cumplimentación y devolución oportuna de un formulario en idioma inglés.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(c) El Consejo Judicial preparará un formulario que contenga todo lo siguiente:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(c)(1) Una lista de cada una de las exenciones federales y de este estado de la ejecución de una sentencia monetaria contra una persona física.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(c)(2) Una cita al estatuto pertinente de los Estados Unidos o de este estado que crea cada una de las exenciones.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 681.030(c)(3) Información sobre cómo obtener la lista de los montos de exención publicada de conformidad con el inciso (f) de la Sección 703.150.

Section § 681.035

Explanation
Esta ley permite a la Comisión de Revisión de Leyes de California seguir revisando las normas para hacer cumplir las decisiones judiciales y sugerir mejoras al Gobernador y a la Legislatura.

Section § 681.040

Explanation

Esta ley establece que si usted necesita presentar un documento ante un oficial embargador, se considera oficialmente presentado cuando el oficial lo recibe realmente.

Si un escrito debe o puede presentarse ante un oficial embargador conforme a este título, el escrito se considera presentado cuando es efectivamente recibido por el oficial embargador.

Section § 681.050

Explanation

Esta sección establece que si una parte de esta ley se considera inválida o inaplicable, el resto de la ley sigue siendo válido. La ley está diseñada para que cada parte pueda funcionar de forma independiente, y cualquier parte inválida no afecte al resto.

Si alguna disposición o cláusula de este título o su aplicación a cualquier persona o circunstancia se declara inválida, la invalidez no afecta otras disposiciones o aplicaciones de este título que pueden tener efecto sin la disposición o aplicación inválida, y a tal fin las disposiciones de este título son separables.