Las acciones civiles, sin excepción, solo pueden iniciarse dentro de los plazos prescritos en este título, después de que la causa de acción haya surgido, a menos que, en casos especiales, una limitación diferente sea prescrita por ley.
Del Plazo para el Inicio de Acciones CivilesEl Plazo para el Inicio de Acciones en General
Section § 312
Esta ley establece que debes iniciar cualquier demanda civil dentro de un plazo específico después de que surja tu motivo para demandar. Sin embargo, podría haber algunas situaciones únicas en las que otra ley establezca un límite de tiempo diferente.
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Section § 313
Si desea demandar al Estado de California o a sus entidades locales por dinero o daños y perjuicios, primero debe presentar una reclamación. Los pasos detallados para hacerlo se describen en otra parte del Código de Gobierno.
El procedimiento general para la presentación de reclamaciones como requisito previo para el inicio de acciones por dinero o daños y perjuicios contra el Estado de California, condados, ciudades, ciudades y condados, distritos, autoridades locales y otras subdivisiones políticas del Estado, y contra los funcionarios, empleados y servidores de los mismos, está prescrito por la División 3.6 (que comienza con la Sección 810) del Título 1 del Código de Gobierno.
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