Section § 452

Explanation
Esta ley establece que al interpretar un documento legal, el objetivo es entender su significado de una manera que garantice la equidad entre las partes involucradas. Las afirmaciones del documento deben leerse de forma generosa para lograr una verdadera justicia.

Section § 454

Explanation

En los casos legales, no es necesario que detalles todos los elementos de una cuenta financiera en tus documentos iniciales. Sin embargo, si la otra parte lo solicita por escrito, debes entregar una copia en un plazo de diez días, o no podrás usarla como prueba. Si la cuenta proporcionada es demasiado vaga o tiene problemas, el tribunal puede solicitar una más detallada. Si tus documentos originales están juramentados (verificados), la cuenta financiera también debe jurarse como verdadera, ya sea por ti, o por tu abogado o agente si no estás disponible.

No es necesario que una parte exponga en un escrito las partidas de una cuenta allí alegadas, pero debe entregar a la parte contraria, dentro de los diez días siguientes a una solicitud por escrito de la misma, una copia de la cuenta, o se le impedirá presentar pruebas al respecto. El tribunal o el juez del mismo podrá ordenar una cuenta adicional cuando la entregada sea demasiado general o sea defectuosa en algún aspecto.
Si el escrito está verificado, la cuenta debe ser verificada mediante la declaración jurada de la parte en el sentido de que cree que es verdadera; o si los hechos son de conocimiento personal del agente o abogado de la parte, o la parte no se encuentra dentro del condado donde el abogado tiene su oficina o por alguna causa no puede hacer la declaración jurada, mediante la declaración jurada del agente o abogado.

Section § 455

Explanation
Si presentas una demanda para recuperar una propiedad inmobiliaria, debes describir claramente la propiedad en tu demanda para que un oficial pueda encontrarla e identificarla fácilmente al hacer cumplir la decisión del tribunal.

Section § 456

Explanation

Esta ley establece que, al redactar un documento legal sobre la decisión de un tribunal o una determinación oficial, no es necesario incluir todos los detalles sobre cómo el tribunal tenía la autoridad para tomar esa decisión. Simplemente se puede decir que la decisión fue tomada correctamente y es firme. Sin embargo, si alguien impugna esto, tendrá que probar en el tribunal por qué el tribunal tenía la autoridad para tomar esa decisión y que es verdaderamente firme.

Al alegar una sentencia u otra determinación de un tribunal, funcionario o junta, no es necesario exponer los hechos que confieren jurisdicción, pero dicha sentencia o determinación puede declararse como debidamente dictada o emitida y que ha adquirido firmeza. Si dicha alegación fuere controvertida, la parte que alega debe establecer en el juicio los hechos que confieren jurisdicción y que crean la firmeza.

Section § 457

Explanation

Cuando afirmas haber cumplido todas las condiciones necesarias en un contrato, no tienes que detallar cada cosa que hiciste en tu declaración inicial. En su lugar, puedes simplemente decir que hiciste todo lo requerido. Sin embargo, si la otra parte lo disputa, necesitarás presentar pruebas durante el juicio para demostrar cómo cumpliste realmente esas condiciones.

Al alegar el cumplimiento de condiciones precedentes en un contrato, no es necesario exponer los hechos que demuestren dicho cumplimiento, sino que puede declararse de forma general que la parte cumplió debidamente todas las condiciones por su parte, y si dicha alegación fuere controvertida, la parte que alega deberá establecer, en el juicio, los hechos que demuestren dicho cumplimiento.

Section § 458

Explanation
Cuando se usa la Prescripción como defensa en una demanda, no tienes que enumerar todos los detalles de inmediato. En su lugar, puedes decir de forma general que la demanda está fuera de plazo según una sección específica de la ley. Sin embargo, si alguien objeta esta afirmación, entonces necesitas probar en el tribunal que esta defensa es válida.

Section § 459

Explanation

Esta sección explica cómo referirse a un estatuto privado o una ordenanza local en documentos legales. Solo necesita mencionar su nombre y la fecha en que fue aprobada. Si afirma haber cumplido con todos los pasos necesarios según dicha ley, puede simplemente declararlo, sin tener que detallar cada uno. Sin embargo, si alguien cuestiona su afirmación, tendrá que probar en el juicio que realmente hizo lo que se requería.

Al alegar un estatuto privado, o una ordenanza de un condado o corporación municipal, o un derecho derivado de los mismos, es suficiente referirse a dicho estatuto u ordenanza por su título y la fecha de su aprobación. Al alegar el cumplimiento de condiciones precedentes conforme a un estatuto o una ordenanza de un condado o corporación municipal, o de un derecho derivado de los mismos, no es necesario exponer los hechos que demuestren dicho cumplimiento, pero puede afirmarse de manera general que la parte cumplió debidamente todas las condiciones que le eran exigidas; si tales alegaciones son controvertidas, la parte que alega debe probar en el juicio los hechos que demuestren dicho cumplimiento.

Section § 460

Explanation

Cuando demandas a alguien por difamación o calumnia, no necesitas explicar todos los detalles de fondo sobre por qué la declaración es difamatoria en tu demanda inicial. Es suficiente con afirmar que la declaración dañina se hizo sobre ti. Si el demandado no está de acuerdo con tu afirmación, te corresponde a ti probar en el tribunal que la declaración realmente se hizo sobre ti.

En una acción por libelo o calumnia no es necesario exponer en la demanda ningún hecho extrínseco con el propósito de demostrar la aplicación al demandante de la materia difamatoria de la cual surgió la causa de acción; pero es suficiente declarar, de manera general, que la misma fue publicada o dicha con respecto al demandante; y si dicha alegación fuere controvertida, el demandante deberá establecer en el juicio que fue así publicada o dicha.

Section § 460.5

Explanation

Esta ley describe el proceso para manejar casos de difamación o calumnia que implican difamación continua. Si un demandante puede demostrar que hay una buena razón, puede solicitar que el demandado tenga solo 20 días para responder después de ser notificado. Esta solicitud debe incluir pruebas de que la difamación es recurrente y es probable que continúe. Si el tribunal está de acuerdo, este plazo más corto se indicará en la citación. Además, el tribunal dará prioridad a estos casos y evitará demoras. Normalmente, el demandado tendrá un máximo de 10 días para responder o modificar su respuesta, a menos que el tribunal decida lo contrario por una buena razón. La ley define 'publicado continuamente' como al menos tres publicaciones en un plazo de 15 días.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 460.5(a) En cualquier acción por libelo o calumnia, por causa justificada demostrada mediante solicitud escrita ex parte, el tribunal podrá ordenar que el plazo para responder a la demanda sea de 20 días después de la notificación de la citación al demandado. La solicitud deberá estar respaldada por una declaración jurada que exponga hechos que demuestren, entre otras cosas, que el asunto presuntamente difamatorio ha sido publicado continuamente y que existe una probabilidad razonable de que la publicación continúe. La orden instruirá al secretario para que anote en la citación que el plazo para responder ha sido acortado conforme a esta sección. Una copia de la solicitud, la declaración jurada y la orden deberá ser notificada junto con la citación.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 460.5(b) En cualquier acción de este tipo, a menos que el tribunal ordene lo contrario por causa justificada, el plazo permitido al demandado para responder a la demanda o modificar la contestación según la Sección 586 no excederá de 10 días.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 460.5(c) El tribunal dará a cualquier acción de este tipo precedencia sobre todas las demás acciones civiles, excepto aquellas a las que la ley otorga precedencia especial, en lo que respecta a la fijación de la fecha para la audiencia o el juicio, y en la tramitación del caso, con el fin de que todas dichas acciones sean rápidamente escuchadas y resueltas. Salvo por causa justificada, el tribunal no concederá una prórroga que exceda de 10 días sin el consentimiento de la parte contraria.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 460.5(d) Para los fines de esta sección, “publicado continuamente” significa tres o más publicaciones dentro de un plazo de 15 días.

Section § 460.7

Explanation

Esta ley trata sobre la rapidez con la que deben tramitarse ciertos casos legales relacionados con difamación o calumnia durante campañas electorales. Si un candidato o excandidato demanda a alguien por declaraciones falsas hechas en una campaña, la persona acusada (el demandado) debe responder en un plazo de 20 días. Los tribunales también deben dar prioridad a estos casos para que se resuelvan rápidamente, generalmente sin aplazamientos de más de 10 días, a menos que exista una causa realmente justificada. En general, esto ayuda a asegurar que los casos de difamación relacionados con elecciones se resuelvan con prontitud.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 460.7(a) En cualquier acción interpuesta por un candidato o excandidato a un cargo público de elección popular contra un titular de un cargo público de elección popular o un candidato opositor por difamación o calumnia que se alega que ocurrió durante el curso de una campaña electoral, el tribunal ordenará que el plazo para responder a la demanda sea de 20 días después de la notificación de la citación al demandado. La orden indicará al secretario que refrende la citación para mostrar que el plazo para responder ha sido acortado de conformidad con esta sección. Una copia de la declaración jurada y la orden se notificará junto con la citación.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 460.7(b) En cualquier acción descrita en la subdivisión (a), a menos que el tribunal ordene lo contrario por causa justificada, el plazo permitido al demandado para responder a la demanda o modificar la contestación según la Sección 586 no excederá de 10 días.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 460.7(c) El tribunal dará a cualquier acción descrita en la subdivisión (a) precedencia sobre todas las demás acciones civiles, excepto aquellas acciones a las que la ley otorga precedencia especial, en lo que respecta a la fijación de la fecha de la audiencia o el juicio, y en la tramitación del caso, con el fin de que todas las acciones descritas en la subdivisión (a) se conozcan y resuelvan rápidamente. Salvo que se demuestre causa justificada, el tribunal no concederá una prórroga superior a 10 días sin el consentimiento de la parte contraria.

Section § 461

Explanation
Esta ley permite que un demandado acusado de difamación argumente que lo que dijo era cierto y también presente cualquier hecho que pueda disminuir los daños, o el dinero que podría deber. Incluso si no se puede probar la verdad, aún puede compartir estos hechos adicionales para intentar reducir las sanciones.

Section § 464

Explanation

Esta sección permite tanto al demandante como al demandado actualizar sus quejas o respuestas legales para incluir nuevos hechos que hayan surgido desde que presentaron sus documentos originales. Esto se conoce como una demanda suplementaria. Específicamente, en casos que involucran la manutención de menores, cualquiera de las partes puede presentar una solicitud para abordar cuestiones de paternidad o manutención incluso después de la sentencia inicial sin necesidad de permiso del tribunal. Una vez que se presenta una demanda suplementaria, el tribunal emite una citación actualizada, la cual debe ser notificada de la misma manera que la original.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 464(a) El demandante y el demandado, respectivamente, podrán, a solicitud, presentar una demanda o contestación suplementaria, alegando hechos materiales para el caso ocurridos después de la demanda o contestación anterior.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 464(b) El demandante y el demandado, o el peticionario y el demandado, podrán, en cualquier acción en la que la manutención de los hijos sea un asunto en cuestión, presentar una demanda suplementaria solicitando una sentencia u orden de paternidad o manutención para un hijo de la madre y el padre del hijo cuya paternidad y manutención ya están en cuestión ante el tribunal. Una demanda suplementaria de paternidad o manutención de menores podrá presentarse sin permiso del tribunal ya sea antes o después de la sentencia definitiva en la acción subyacente.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 464(c) Tras la presentación de una demanda suplementaria, el secretario del tribunal emitirá una citación modificada o suplementaria de conformidad con la Sección 412.10. La notificación de la citación y demanda suplementarias se realizará de la manera prevista para la notificación inicial de una citación por este código.

Section § 465

Explanation

Esta ley establece que, una vez presentada la demanda inicial en un caso legal, cualquier otro documento legal (conocido como 'escritos' o 'alegatos') debe presentarse ante el secretario o juez del tribunal y también enviarse a la otra parte involucrada o a su abogado. La única excepción a esto es si el tribunal otorga un permiso especial para hacer lo contrario.

Salvo con autorización del tribunal, todos los escritos posteriores a la demanda, junto con la prueba de notificación, a menos que sea necesario emitir una citación, deberán presentarse ante el secretario o juez, y las copias de los mismos se notificarán a la parte contraria o a su abogado.