Fianzas y CompromisosFianzas a favor del Estado de California
Section § 995.810
Esta ley se aplica a cualquier fianza que se emita a nombre de o beneficie al Estado de California o a su pueblo. Esto incluye las fianzas requeridas para funcionarios.
Section § 995.820
Section § 995.830
Si una ley u orden judicial exige una fianza y no menciona quién debe beneficiarse de ella, el Estado de California se convierte automáticamente en el beneficiario.
Section § 995.840
Si se presenta una fianza durante un caso legal, el tribunal debe aprobarla. Además, cualquier parte que se beneficie de la fianza puede presentar objeciones a la misma.
Section § 995.850
Esta ley establece que si alguien otorga una fianza prometiendo hacer algo y no lo cumple, cualquier persona a la que la fianza debía proteger puede demandar para ser compensada por sus pérdidas. Pueden iniciar esta acción legal en su propio nombre sin necesidad de que se les transfiera la fianza primero.