Fianzas y CompromisosAseguradoras de Fianzas Admitidas
Section § 995.610
Section § 995.620
Esta sección permite que varias compañías de seguros aprobadas para emitir fianzas cubran colectivamente el monto total de una fianza. Cada compañía es responsable de la parte de la fianza que acepta cubrir, pero también pueden ser consideradas responsables por el monto total si así se requiere.
Section § 995.630
Si una compañía de fianzas oficialmente reconocida emite una fianza, el tribunal la acepta automáticamente si la fianza se firma bajo pena de perjurio o se reconoce oficialmente. La compañía de fianzas debe cumplir una de dos condiciones: presentar prueba de autoridad en la oficina del secretario del condado correspondiente o adjuntar un poder notarial a la fianza.
Section § 995.640
Esta ley establece que, si usted lo solicita, el secretario del condado debe expedir certificados sobre ciertos detalles de las afianzadoras. En primer lugar, pueden confirmar si una afianzadora está autorizada para operar o si su permiso ha sido revocado o si se han realizado cambios en su estado. Obtienen esta información del Departamento de Seguros. En segundo lugar, pueden verificar si documentos como poderes notariales u otros registros importantes para el titular de una fianza están archivados y son válidos.
Section § 995.650
Si alguien cree que una compañía de seguros de fianzas, que garantiza las obligaciones de otra persona, no es lo suficientemente sólida o suficiente, debe presentar pruebas. Esto podría ser un certificado del secretario del condado que demuestre que la aseguradora no está oficialmente admitida o que su autorización tiene problemas, como haber sido cancelada o suspendida. Alternativamente, podría presentar una declaración jurada explicando por qué la aseguradora no es adecuada.
Section § 995.660
Si se cuestiona la validez de una compañía de seguros que actúa como fiador (una parte que garantiza el cumplimiento de las obligaciones) en una fianza, se deben presentar documentos específicos ante el tribunal. Estos incluyen pruebas de autorización para quienes firmaron la fianza y certificados que demuestren la autoridad y la salud financiera de la aseguradora. Estos documentos deben presentarse dentro de los 10 días siguientes a una solicitud. Si todo está en orden, la fianza se considera válida, siempre que la compañía esté legalmente autorizada para operar en California y tenga suficientes activos para cubrir sus compromisos.
Section § 995.670
Esta sección establece que cuando se entrega una fianza como garantía para un requisito gubernamental, una agencia pública no puede imponer exigencias adicionales a una aseguradora de fianzas admitida más allá de lo establecido en otra sección específica, la 995.660, si hay objeciones sobre la idoneidad de la aseguradora o si la fianza necesita aprobación. También aclara que "agencia pública" incluye diversas entidades gubernamentales estatales y locales.