Section § 875

Explanation

Si se determina que más de una persona es responsable de causar un daño y se les ordena pagar dinero, pueden buscar compartir la carga del pago entre ellos basándose en la equidad. Esto solo puede ocurrir después de que una persona haya pagado más de lo que le corresponde, y se limita a la cantidad extra que pagó. Sin embargo, alguien que causó el daño intencionalmente no puede usar esta regla para reducir su pago. Las compañías de seguros que cubren el pago de alguien también pueden buscar compartir el costo. Esta ley no cambia otros derechos existentes para buscar un reembolso en diferentes situaciones, y no impide que la persona perjudicada cobre el monto total de cualquiera de los responsables.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 875(a) Cuando se haya dictado una sentencia monetaria de forma conjunta contra dos o más demandados en una acción por agravio, existirá un derecho de contribución entre ellos según se establece a continuación.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 875(b) Dicho derecho de contribución se administrará de conformidad con los principios de equidad.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 875(c) Dicho derecho de contribución podrá exigirse únicamente después de que un autor del agravio haya, mediante pago, saldado la sentencia conjunta o haya pagado más de su parte proporcional de la misma. Se limitará al exceso así pagado sobre la parte proporcional de la persona que realiza dicho pago y, en ningún caso, se obligará a ningún autor del agravio a realizar una contribución que exceda su propia parte proporcional de la sentencia total.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 875(d) No existirá derecho de contribución a favor de ningún autor del agravio que haya lesionado intencionadamente a la persona perjudicada.
(e)CA Procedimiento Civil Code § 875(e) Una aseguradora de responsabilidad civil que, mediante pago, haya saldado la responsabilidad de un autor del agravio deudor de la sentencia, se subrogará en su derecho de contribución.
(f)CA Procedimiento Civil Code § 875(f) Este título no menoscabará ningún derecho de indemnización conforme a la ley vigente, y cuando un autor del agravio deudor de la sentencia tenga derecho a indemnización de otro, no existirá derecho de contribución entre ellos.
(g)CA Procedimiento Civil Code § 875(g) Este título no menoscabará el derecho de un demandante a satisfacer una sentencia en su totalidad contra cualquier autor del agravio deudor de la sentencia.

Section § 876

Explanation

Esta ley explica cómo dividir la responsabilidad cuando varias personas son encontradas responsables de un acto ilícito. Cada persona culpable paga una parte igual de la sentencia total. Si algunas personas son responsables solo por su relación con la persona que realmente cometió el error, como un empleador por un empleado, entonces esas personas juntas pagan solo una parte igual, y podrían buscar un reembolso entre ellas.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 876(a) La cuota a prorrata de cada deudor de la sentencia por acto ilícito se determinará dividiendo la totalidad de la sentencia por igual entre todos ellos.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 876(b) Cuando una o más personas sean consideradas responsables únicamente por el acto ilícito de una de ellas o de otra, como en el caso de la responsabilidad de un principal por el acto ilícito de su dependiente, contribuirán con una única cuota a prorrata, respecto a la cual podrá haber indemnización entre ellas.

Section § 877

Explanation

Esta ley explica qué sucede cuando alguien involucrado en una demanda por un daño compartido (como un accidente) llega a un acuerdo con una de las personas o partes demandadas, llamadas 'responsables extracontractuales', antes de que se tome una decisión judicial. Básicamente, llegar a un acuerdo de buena fe con una parte no libera automáticamente a las demás de culpa, a menos que se especifique en el acuerdo. Sin embargo, el monto total que los demás deben podría reducirse por la cantidad del acuerdo. La persona que llega al acuerdo no tiene que ayudar a pagar ninguna reclamación por las otras personas involucradas. Esto no se aplica si los involucrados tienen un acuerdo escrito sobre cómo compartir la responsabilidad, o si un contrato de deuda es anterior a 1988.

Cuando una liberación, una desestimación con o sin perjuicio, o un pacto de no demandar o de no ejecutar sentencia se otorga de buena fe antes del veredicto o sentencia a uno o más de un número de responsables extracontractuales alegados como responsables del mismo ilícito civil, o a uno o más coobligados mutuamente sujetos a derechos de contribución, tendrá el siguiente efecto:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 877(a) No eximirá a ninguna otra parte de dicha responsabilidad a menos que sus términos así lo dispongan, pero reducirá las reclamaciones contra los demás en la cantidad estipulada por la liberación, la desestimación o el pacto, o en la cantidad de la contraprestación pagada por ella, la que sea mayor.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 877(b) Eximirá a la parte a quien se le otorga de toda responsabilidad por cualquier contribución a cualquier otra parte.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 877(c) Esta sección no se aplicará a los coobligados que hayan acordado expresamente por escrito una distribución de la responsabilidad por pérdidas o reclamaciones entre ellos.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 877(d) Esta sección no se aplicará a una liberación, desestimación con o sin perjuicio, o un pacto de no demandar o de no ejecutar sentencia otorgado a un coobligado por una supuesta deuda contractual cuando el contrato se celebró antes del 1 de enero de 1988.

Section § 877.5

Explanation

Esta ley trata sobre acuerdos llamados 'acuerdos de recuperación con escala móvil' en demandas que involucran a múltiples demandados acusados de un ilícito. Estos acuerdos permiten que uno o más demandados (pero no todos) limiten cuánto deben pagar en función de la cantidad de dinero que el demandante obtenga de los demandados que no forman parte del acuerdo. Cuando se celebra un acuerdo de este tipo, las partes deben informar rápidamente al tribunal sobre el mismo y sus detalles. Si el caso se lleva a juicio con jurado y un demandado que es parte del acuerdo testifica, se debe informar al jurado sobre el acuerdo, a menos que esto pueda causar confusión o perjuicio. Por último, estos acuerdos no son válidos a menos que se notifique a los demás demandados con 72 horas de antelación, aunque se pueden hacer excepciones por razones justificadas.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 877.5(a) Cuando se celebre un acuerdo o pacto que prevea un acuerdo de recuperación con escala móvil entre uno o más, pero no todos, los presuntos demandados causantes del daño y el demandante o demandantes:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 877.5(a)(1) Las partes que celebren dicho acuerdo o pacto informarán sin demora al tribunal en el que esté pendiente la acción sobre la existencia del acuerdo o pacto y sus términos y disposiciones.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 877.5(a)(2) Si la acción se juzga ante un jurado, y un demandado parte del acuerdo es llamado a declarar como testigo en el juicio, el tribunal, a solicitud de una parte, revelará al jurado la existencia y el contenido del acuerdo o pacto, a menos que el tribunal determine que esta revelación creará un peligro sustancial de perjuicio indebido, de confusión de los asuntos o de engaño al jurado.
La revelación al jurado aquí requerida no será más de lo necesario para informar al jurado de la posibilidad de que el acuerdo pueda sesgar el testimonio del testigo.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 877.5(b) Según se utiliza en esta sección, un “acuerdo de recuperación con escala móvil” significa un acuerdo o pacto entre un demandante o demandantes y uno o más, pero no todos, los presuntos demandados causantes del daño, que limita la responsabilidad de los demandados causantes del daño que son parte del acuerdo a una cantidad que depende de la cantidad de recuperación que el demandante pueda obtener del demandado o demandados que no son parte del acuerdo. Esto incluye, pero no se limita a, acuerdos dentro del ámbito de la Sección 877, y acuerdos en forma de préstamo de los demandados causantes del daño que son parte del acuerdo al demandante o demandantes, que es reembolsable total o parcialmente de la recuperación contra el demandado o demandados causantes del daño que no son parte del acuerdo.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 877.5(c) Ningún acuerdo de recuperación con escala móvil será efectivo a menos que, al menos 72 horas antes de celebrar el acuerdo, se haya notificado una intención de celebrar un acuerdo a todos los presuntos demandados causantes del daño que no sean signatarios. Sin embargo, previa demostración de causa justificada, el tribunal o un juez del mismo podrá permitir un plazo más corto. El incumplimiento de los requisitos de notificación de esta subdivisión no constituirá causa justificada para retrasar el inicio del juicio.

Section § 877.6

Explanation

Esta ley establece el proceso para determinar si un acuerdo se realiza de buena fe cuando hay varias partes involucradas en un caso, como cuando se culpa a dos o más personas de causar un daño o de deber dinero en un contrato. Si una de las partes llega a un acuerdo, puede pedir al tribunal que confirme que dicho acuerdo fue justo. Esto ayuda a proteger a la parte que llega al acuerdo de futuras reclamaciones por parte de las otras partes involucradas. Cualquier parte que impugne la buena fe del acuerdo tiene la carga de probar que no fue justo. Si alguien no está de acuerdo con la decisión del tribunal, puede apelar rápidamente. El tribunal da prioridad a estas apelaciones sobre la mayoría de los demás casos.

(a)Copy CA Procedimiento Civil Code § 877.6(a)
(1)Copy CA Procedimiento Civil Code § 877.6(a)(1) Cualquier parte en una acción en la que se alegue que dos o más partes son co-demandados por agravio o co-obligados en una deuda contractual tendrá derecho a una audiencia sobre la cuestión de la buena fe de un acuerdo transaccional celebrado por el demandante u otro reclamante y uno o más presuntos co-demandados por agravio o co-obligados, previa notificación en la forma prevista en la subdivisión (b) de la Sección 1005. Previa demostración de causa justificada, el tribunal podrá acortar el plazo para dar la notificación requerida a fin de permitir que la determinación de la cuestión se realice antes del inicio del juicio de la acción, o antes del veredicto o sentencia si el acuerdo se celebra después de que el juicio haya comenzado.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(a)(2) Alternativamente, una parte transigente podrá notificar el acuerdo a todas las partes y al tribunal, junto con una solicitud de determinación de acuerdo transaccional de buena fe y una orden propuesta. La solicitud deberá indicar las partes transigentes, y el fundamento, los términos y el monto del acuerdo. La notificación, la solicitud y la orden propuesta se entregarán por correo certificado con acuse de recibo, o mediante notificación personal. La prueba de notificación se presentará ante el tribunal. Dentro de los 25 días siguientes al envío por correo de la notificación, la solicitud y la orden propuesta, o dentro de los 20 días siguientes a la notificación personal, una parte no transigente podrá presentar un aviso de moción para impugnar la buena fe del acuerdo. Si ninguna de las partes no transigentes presenta una moción dentro de los 25 días siguientes al envío por correo de la notificación, la solicitud y la orden propuesta, o dentro de los 20 días siguientes a la notificación personal, el tribunal podrá aprobar el acuerdo. La notificación por una parte no transigente se realizará en la forma prevista en la subdivisión (b) de la Sección 1005. Sin embargo, este párrafo no se aplicará a los acuerdos en los que se haya celebrado un acuerdo de confidencialidad con respecto al caso o a los términos del acuerdo.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(b) La cuestión de la buena fe de un acuerdo transaccional podrá ser determinada por el tribunal basándose en las declaraciones juradas presentadas con el aviso de audiencia, y cualquier contra-declaración jurada presentada en respuesta, o el tribunal podrá, a su discreción, recibir otras pruebas en la audiencia.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(c) Una determinación del tribunal de que el acuerdo se realizó de buena fe impedirá a cualquier otro co-demandado por agravio o co-obligado presentar reclamaciones adicionales contra el co-demandado por agravio o co-obligado transigente por contribución comparativa equitativa, o indemnización parcial o comparativa, basada en negligencia comparativa o culpa comparativa.
(d)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(d) La parte que alegue la falta de buena fe tendrá la carga de la prueba sobre esa cuestión.
(e)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(e) Cuando se realice una determinación de la buena fe o la falta de buena fe de un acuerdo transaccional, cualquier parte agraviada por la determinación podrá solicitar al tribunal competente que revise la determinación mediante un recurso de mandamiento. La petición de recurso de mandamiento deberá presentarse dentro de los 20 días siguientes a la notificación por escrito de la determinación, o dentro de cualquier plazo adicional que no exceda los 20 días que el tribunal de primera instancia pueda permitir.
(1)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(e)(1) El tribunal, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de todos los materiales que deban presentar las partes, determinará si conocerá o no del recurso y notificará a las partes su determinación.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(e)(2) Si el tribunal concede una audiencia sobre el recurso, la audiencia tendrá precedencia especial sobre todos los demás asuntos civiles en el calendario del tribunal, excepto aquellos asuntos a los que la ley conceda una precedencia igual o mayor en el calendario.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 877.6(e)(3) El transcurso de cualquier período de tiempo después del cual una acción estaría sujeta a desestimación de conformidad con las disposiciones aplicables del Capítulo 1.5 (que comienza con la Sección 583.110) del Título 8 de la Parte 2 se suspenderá durante el período de revisión de una determinación de conformidad con esta subdivisión.

Section § 878

Explanation

Si alguien ha sido declarado responsable (un deudor de sentencia por acto ilícito) en una demanda y quiere que otras partes responsables compartan el pago de la sentencia, puede solicitar esto al tribunal mediante una moción. Deben informar a todos los involucrados en el caso sobre esta moción con al menos 10 días de antelación a la audiencia, incluyendo a la persona que presentó la demanda. También deben proporcionar información, como una declaración jurada, sobre cualquier bien que las otras partes puedan tener para ayudar a pagar la sentencia.

La sentencia de contribución puede ser dictada por un deudor de sentencia por acto ilícito contra otros deudores de sentencia por acto ilícito mediante moción previa notificación. La notificación de dicha moción deberá ser entregada a todas las partes en la acción, incluyendo al demandante o demandantes, con al menos 10 días de antelación a la audiencia correspondiente. Dicha notificación deberá ir acompañada de una declaración jurada que exponga cualquier información que la parte solicitante pueda tener sobre los bienes de los demandados disponibles para la satisfacción de la sentencia o la reclamación de contribución.

Section § 879

Explanation
Esta ley básicamente dice que si alguna parte de una norma legal se considera inválida o no se puede aplicar a alguien, eso no afecta al resto de la norma. Las otras partes que aún tienen sentido y funcionan pueden seguir utilizándose. Es como decir que cada parte de la norma puede mantenerse por sí misma.

Section § 880

Explanation

Esta sección significa que las reglas o acciones descritas en este título solo se aplican a situaciones que comiencen a partir del 1 de enero de 1958.

Este título entrará en vigor respecto a las causas de acción que surjan a partir del 1 de enero de 1958.