Procedimientos de Embargo; Gravamen por Embargo; Administración y Disposición de Bienes EmbargadosAdministración y Disposición de Bienes Embargados
Section § 488.700
Esta sección de la ley explica cómo el tribunal puede gestionar bienes que han sido o están a punto de ser embargados como parte de un caso legal. Si los bienes corren el riesgo de perder valor o son perecederos, el tribunal puede nombrar a una persona, llamada depositario judicial, para que se encargue de ellos o puede ordenar su venta. El tribunal también puede permitir que el funcionario encargado de embargar los bienes tome medidas si la situación es urgente. Cuando los bienes se venden, el dinero se deposita en el tribunal hasta que se dicte una sentencia. Si se nombra un depositario judicial, el tribunal decide cómo se le paga, y esto podría provenir del dinero de la venta.
Section § 488.710
Section § 488.720
Si usted es un demandado y sus bienes han sido embargados en un caso judicial, puede pedir al tribunal que libere parte de ellos si su valor es mucho mayor que lo que debe. Esto se hace presentando una moción con sus razones y documentos de apoyo. En una audiencia, el tribunal decidirá el valor de los bienes y liberará cualquier excedente. Esta decisión puede incluir la consideración de otros bienes que podrían usarse para cubrir la deuda si fuera necesario. El tribunal utiliza los expedientes del caso, pero también puede examinar nuevas pruebas si es preciso.
Section § 488.730
Esta ley explica cómo y cuándo un oficial embargador debe liberar bienes que han sido embargados debido a un proceso legal para asegurar un reclamo. El oficial puede liberar la propiedad si lo indica el abogado del demandante o el demandante, si hay una orden judicial, o si lo exige la ley. Una vez liberado, el gravamen por embargo sobre la propiedad se elimina. Si la propiedad incautada estaba bajo custodia, debe ser devuelta al propietario original a menos que el tribunal ordene lo contrario. Si el propietario no la reclama, el oficial puede vender la propiedad después de 30 días y depositar el producto con el condado. Para la propiedad no puesta bajo custodia, se debe emitir un aviso de liberación por escrito. Si el gravamen se creó mediante la presentación de un auto judicial, se debe presentar un aviso de liberación en el mismo lugar. El oficial no es responsable por liberar correctamente un embargo de acuerdo con estas reglas, ni tampoco lo es ninguna otra persona por actuar basándose en la liberación.
Section § 488.740
Si el tribunal decide a favor del demandado, y no hay más mociones o apelaciones pendientes, cualquier activo o propiedad que se le haya quitado al demandado durante el proceso legal debe serle devuelto. El tribunal también cancelará cualquier reclamo o retención sobre la propiedad del demandado.