CompromisosCompromiso para Obtener la Liberación de Embargo o de Orden de Protección
Section § 489.310
Esta ley permite a un demandado cuyos bienes están en riesgo de ser embargados pedir al tribunal que los reemplace por una garantía financiera, llamada fianza. El demandado debe presentar una declaración jurada sobre los bienes y aceptar pagar al demandante si pierde el caso en el tribunal. El monto de la garantía debe ser el menor entre el valor de los bienes o la cantidad especificada en el mandamiento judicial. Si hay varios demandados, cualquiera de ellos puede solicitar la sustitución, pero esto no afecta los derechos de propiedad de ningún otro demandado. Si varios demandados comparten los mismos bienes, deben presentar una solicitud conjunta.
Section § 489.320
Esta ley permite que un demandado, que ha recibido una orden de protección temporal y ha comparecido ante el tribunal, solicite que el tribunal anule esa orden en su contra. Para hacerlo, el demandado debe notificar al tribunal y presentar una garantía para pagar cualquier sentencia que el demandante pueda ganar. La garantía debe ser igual al monto que el demandante desea asegurar con la orden. Si el demandado cumple estas condiciones, el tribunal anulará la orden de protección temporal.