El tribunal tendrá jurisdicción continua para modificar o enmendar una sentencia definitiva en una adjudicación integral en respuesta a nueva información, circunstancias cambiadas, los intereses de la justicia, o para asegurar que se cumplan los criterios del inciso (a) de la Sección 850. Si es factible, el juez que conoció de la adjudicación integral original presidirá las acciones o mociones para modificar o enmendar la sentencia definitiva.
Acciones Relativas a Derechos de Aguas SubterráneasJurisdicción continua
Section § 852
Esta ley permite que un tribunal cambie una decisión final en un caso legal si hay información nueva, si las circunstancias han cambiado o si la justicia lo requiere. Idealmente, el mismo juez que tomó la decisión original debería encargarse de cualquier ajuste.
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