Section § 762.010

Explanation

Esta ley establece que si usted está iniciando una demanda para resolver quién es el verdadero propietario de un bien inmueble, debe incluir como demandados a cualquier persona que pueda alegar tener derechos sobre la misma propiedad.

El demandante deberá nombrar como demandados en la acción a las personas que tengan reclamaciones adversas sobre el título del demandante contra las cuales se busca una determinación.

Section § 762.020

Explanation

Si alguien debe ser nombrado como demandado en un caso pero se desconoce su nombre, la persona que inicia la demanda (el demandante) debe indicarlo en su escrito de demanda y nombrar a las partes 'desconocidas' según lo establecido por otra norma. Si los detalles sobre la reclamación de alguien o su parte en una reclamación no están claros o dependen de ciertas condiciones o eventos futuros, el demandante debe explicar esto en su demanda. Si esta confusión surge porque una reclamación podría ir a alguien que aún no ha nacido o no ha sido identificado, o implica intereses legales futuros complejos, el demandante debe proporcionar detalles sobre cualquier persona viva que podría beneficiarse si las condiciones ya se hubieran cumplido.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 762.020(a) Si el nombre de una persona que debe ser nombrada como demandado no es conocido por el demandante, el demandante lo declarará así en la demanda y nombrará como partes a todas las personas desconocidas de la manera prevista en la Sección 762.060.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 762.020(b) Si la reclamación o la cuota o cantidad de la reclamación de una persona que debe ser nombrada como demandado es desconocida, incierta o contingente, el demandante lo declarará así en la demanda. Si la falta de conocimiento, incertidumbre o contingencia es causada por una transferencia a un beneficiario o miembro de clase no nacido o no determinado, o por una transferencia en forma de un derecho de reversión contingente, un derecho de reversión consolidado sujeto a anulación, un interés ejecutorio o una disposición similar, el demandante también declarará en la demanda, en la medida en que le sea conocido, el nombre, la edad y la incapacidad legal (si la hubiere) de la persona existente que tendría derecho a la reclamación si la contingencia de la que depende la reclamación hubiera ocurrido antes del inicio de la acción.

Section § 762.030

Explanation

Esta ley explica qué hacer cuando alguien que debería ser demandado ha fallecido. Si tienen un representante personal, como un albacea de una herencia, debes incluirlos en tu demanda. Si no conoces a ningún representante y la persona ha fallecido o crees que podría haber fallecido, debes escribir estos detalles en un documento llamado declaración jurada que presentas con tu demanda. Si han fallecido, puedes nombrar a sus sucesores, como herederos o cualquier persona con reclamaciones vinculadas a ellos, como demandados. Si solo crees que podrían haber fallecido, puedes nombrarlos a ellos junto con sus posibles sucesores como demandados, solo para cubrir todas las bases.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 762.030(a) Si una persona que debe ser nombrada como demandado ha fallecido y el demandante tiene conocimiento de un representante personal, el demandante deberá incluir al representante personal como demandado.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 762.030(b) Si una persona que debe ser nombrada como demandado ha fallecido, o el demandante cree que ha fallecido, y el demandante no tiene conocimiento de ningún representante personal:
(1)CA Procedimiento Civil Code § 762.030(b)(1) El demandante deberá declarar estos hechos en una declaración jurada presentada con la demanda.
(2)CA Procedimiento Civil Code § 762.030(b)(2) Cuando se declare en la declaración jurada que dicha persona ha fallecido, el demandante podrá incluir como demandados a “los sucesores testamentarios e intestados de ____ (nombrando a la persona fallecida), fallecido, y a todas las personas que reclamen por, a través de, o bajo dicho difunto”, nombrándolos de esa manera.
(3)CA Procedimiento Civil Code § 762.030(b)(3) Cuando se declare en la declaración jurada que se cree que dicha persona ha fallecido, el demandante podrá incluir a la persona como demandado, y también podrá incluir a “los sucesores testamentarios e intestados de ____ (nombrando a la persona) que se cree ha fallecido, y a todas las personas que reclamen por, a través de, o bajo dicha persona”, nombrándolos de esa manera.

Section § 762.040

Explanation

Esta ley permite a un tribunal dictar las órdenes necesarias en un caso. Estas órdenes pueden incluir añadir más partes al caso si es necesario y exigir al demandante que obtenga un informe de título, el cual debe estar disponible para que todas las partes lo inspeccionen y copien.

El tribunal por iniciativa propia podrá, y a solicitud de cualquiera de las partes deberá, dictar las órdenes que considere apropiadas:
(a)CA Procedimiento Civil Code § 762.040(a) Para la acumulación de las partes adicionales que sean necesarias o apropiadas.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 762.040(b) Exigir al demandante que obtenga un informe de título y designe un lugar donde se mantendrá para su inspección, uso y copia por las partes.

Section § 762.050

Explanation

Cualquier persona que crea tener un derecho sobre la propiedad mencionada en una demanda legal puede unirse al caso legal. Aunque no se les haya nombrado originalmente en la demanda, deben participar como demandados.

Cualquier persona que tenga un derecho sobre la propiedad descrita en la demanda puede comparecer en el procedimiento. Independientemente de si la persona es nombrada como demandada en la demanda, la persona deberá comparecer como demandada.

Section § 762.060

Explanation

En un caso legal relacionado con una propiedad, la persona que presenta el caso (el demandante) también puede nombrar a personas desconocidas que puedan reclamar derechos, títulos o intereses sobre la propiedad. Esto se conoce como una "nube" sobre el título de propiedad. El demandante debe incluir a cualquier persona con una reclamación legal que pueda encontrarse en registros públicos, que le sea conocida o que pueda observarse al inspeccionar físicamente la propiedad. Si el demandante está de acuerdo en que alguna de estas reclamaciones es válida, debe indicarlo en su demanda legal.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 762.060(a) Además de las personas que deben ser nombradas como demandados en la acción, el demandante podrá nombrar como demandados a «todas las personas desconocidas que reclamen cualquier derecho legal o equitativo, título, propiedad, gravamen o interés en el bien descrito en la demanda que sea adverso al título del demandante, o cualquier gravamen sobre el título del demandante», nombrándolos de esa manera.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 762.060(b) En una acción conforme a esta sección, el demandante deberá nombrar como demandados a las personas que tengan reclamaciones adversas que consten en registro, sean conocidas por el demandante o sean razonablemente evidentes a partir de una inspección del bien.
(c)CA Procedimiento Civil Code § 762.060(c) Si el demandante admite la validez de cualquier reclamación adversa, la demanda deberá indicarlo.

Section § 762.070

Explanation

Si alguien es demandado como 'demandado desconocido', tiene los mismos derechos legales y es tratado igual que cualquier otro demandado que sea nombrado específicamente en el caso. Esto significa que los procedimientos legales se llevarán a cabo de la misma manera y tendrán los mismos resultados como si su nombre fuera conocido.

Una persona nombrada y notificada como demandado desconocido tiene los mismos derechos que los provistos por ley en casos de todos los demás demandados nombrados y notificados, y la acción procederá contra los demandados desconocidos de la misma manera que contra otros demandados nombrados y notificados, y con el mismo efecto.

Section § 762.080

Explanation

El tribunal puede decidir por sí mismo o si lo solicita alguien involucrado en un caso, nombrar un tutor especial, llamado tutor ad litem, para velar por los intereses de alguien si es necesario.

El tribunal por iniciativa propia podrá, y a solicitud de cualquiera de las partes deberá, dictar las órdenes para el nombramiento de tutores ad litem que parezcan necesarias para proteger los intereses de cualquiera de las partes.

Section § 762.090

Explanation

Esta ley permite que el estado sea incluido en los casos relacionados con este capítulo, pero no modifica ninguna ley existente; simplemente aclara lo que ya está en vigor.

(a)CA Procedimiento Civil Code § 762.090(a) El estado puede ser parte en una acción conforme a este capítulo.
(b)CA Procedimiento Civil Code § 762.090(b) Esta sección no constituye un cambio en la ley existente, sino que es declaratoria de ella.