Chapter 2
Section § 8752
Section § 8753
Esta sección exige que todas las normas, reglamentos y directrices necesarias basadas en este capítulo se adopten a más tardar el 1 de enero de 1992.
Section § 8754
Esta sección permite a un administrador estatal impedir que una terminal marítima maneje petróleo con buques tanque o barcazas si encuentra violaciones significativas y repetitivas que no han sido corregidas, especialmente si representan riesgos para la salud o el medio ambiente. Si problemas anteriores se resolvieron mediante un acuerdo, no pueden detener las operaciones a menos que presenten pruebas sólidas de que las violaciones ocurrieron, y la terminal puede refutar esto. Las operaciones pueden reanudarse una vez que la terminal demuestre que todos los problemas están resueltos y que se garantiza el cumplimiento.
Section § 8755
Esta ley ordena a los funcionarios estatales crear reglas para las terminales marítimas con el fin de prevenir derrames de petróleo. Explica cómo estas reglas deben mantener altos estándares sin entrar en conflicto con otras autoridades como la Guardia Costera. Las reglas deben garantizar la seguridad de la salud pública y el medio ambiente. La ley aclara que no se aplica a ciertos tanques de petróleo en tierra o a tuberías reguladas por el Jefe de Bomberos del Estado. La comisión también debe colaborar con agencias locales y federales para asegurar la coherencia. Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2012.
Section § 8756
Section § 8757
Esta ley exige que la comisión inspeccione regularmente las instalaciones marinas y su equipo, supervisando cómo las operaciones afectan la salud pública, la seguridad y el medio ambiente. Estas inspecciones deben coordinarse con agencias federales, estatales y locales, y se deben mantener registros de las actividades.
La ley fomenta la colaboración con agencias como la División de Petróleo y Gas y la Comisión Costera de California, permitiéndoles ayudar con las inspecciones. Sin embargo, esta ley no se aplica a las tuberías utilizadas únicamente para transportar productos derivados del petróleo si están supervisadas por el Jefe de Bomberos del Estado.
Section § 8758
Esta ley exige que los operadores de instalaciones marinas creen y mantengan un manual de operaciones. Este manual debe detallar el equipo y los procedimientos que usan para proteger la salud, la seguridad y el medio ambiente, y para evitar derrames de petróleo. Una comisión debe aprobar este manual, comparándolo con reglas y directrices específicas. Si la primera versión es rechazada, los operadores tienen 90 días para revisarla y volver a presentarla. El manual debe actualizarse periódicamente si hay cambios en las operaciones o en la tecnología. Si un manual es rechazado dos veces, esto podría resultar en sanciones bajo otras leyes. Todas las instalaciones marinas y embarcaciones deben cumplir con el manual aprobado. Esta norma no se aplica a ciertos oleoductos de petróleo que están bajo la supervisión del Jefe de Bomberos del Estado.
Section § 8759
Section § 8760
Esta sección requiere que la comisión trabaje en estrecha colaboración con varias agencias, incluyendo entidades estatales y federales como la Guardia Costera y el Departamento de Transporte, antes de tomar cualquier medida relacionada con esta parte de la ley.