Chapter 2
Section § 8720
Esta ley destaca que California reconoce los impactos financieros y ambientales de sus costos de energía y su dependencia del petróleo extranjero.
Señala el gran potencial del estado para fuentes de energía renovable como la solar y la eólica.
La Comisión de Tierras del Estado, que administra tierras escolares para el Fondo de Jubilación de Maestros del Estado, busca convertir estas tierras en recursos productivos. Dado que muchas tierras escolares están aisladas y no generan ingresos importantes, su consolidación podría mejorar los proyectos de energía renovable.
Al arrendar tierras escolares para energía renovable, California espera beneficios como menores emisiones de carbono, un medio ambiente más saludable, energía asequible, creación de empleo y mayor financiación para el fondo de jubilación. La política apoya el desarrollo de proyectos renovables mientras se protege el medio ambiente.
Section § 8721
Section § 8722
Esta ley exige que la comisión colabore con el Secretario del Interior de EE. UU. para crear un acuerdo de intercambio de terrenos que consolide las parcelas de terrenos escolares en terrenos más grandes aptos para proyectos de energía renovable. Este acuerdo, que debe estar vigente antes del 1 de abril de 2012, debe centrarse en facilitar el desarrollo de proyectos de energía renovable a gran escala y mitigar sus impactos.
Una vez establecido el acuerdo, la comisión tiene como objetivo fusionar todas las parcelas de terrenos escolares en el desierto de California para estos proyectos. La comisión debe informar anualmente a la Legislatura sobre su progreso antes del 1 de enero. Estos esfuerzos dependen de la cooperación del Secretario del Interior de EE. UU.
Section § 8723
Esta ley establece un proceso por el cual la comisión de California, dentro de los 240 días posteriores a un acuerdo, debe proponer intercambios de tierras al Secretario del Interior de EE. UU. El objetivo es crear parcelas más grandes y continuas en el desierto para proyectos de energía renovable. Estos intercambios deben ser de acre por acre, a menos que EE. UU. no pueda participar, en cuyo caso se podrían usar valores de tasación equivalentes. Para proteger los intereses del estado, los intercambios que no igualen el valor justo de mercado pueden ajustarse. La comisión también debe consultar con el Departamento de Pesca y Caza para asegurar que las áreas se alineen con los planes de conservación y no dañen los hábitats de especies amenazadas. Los costos relacionados con estos intercambios pueden cubrirse con los ingresos de los arrendamientos de energía renovable. Además, la comisión puede considerar y hacer propuestas alternativas para lograr los objetivos. Las aprobaciones finales de los intercambios requieren una reunión formal.