Section § 95000

Explanation

Esta ley permite a California emitir y vender hasta 10 mil millones de dólares en bonos, sin incluir los bonos emitidos para refinanciar deudas bajo una sección específica. Los bonos están destinados a financiar proyectos específicos y a reembolsar un fondo gubernamental. Estos bonos son una obligación legalmente vinculante para California, lo que significa que el estado se compromete a devolver el capital y los intereses a tiempo. El Tesorero del estado se encargará de la venta de estos bonos, decidiendo cuánto emitir según las necesidades identificadas por un comité. Los términos para la emisión de estos bonos se detallan en una resolución adoptada por el comité.

(a)CA Recursos Públicos Code § 95000(a) Bonos por un monto total de diez mil millones de dólares ($10,000,000,000), sin incluir el monto de cualesquiera bonos de refinanciamiento emitidos de conformidad con la Sección 95012, podrán emitirse y venderse para llevar a cabo los fines expresados en esta división y para reembolsar el Fondo Rotatorio de Gastos de Bonos de Obligación General de conformidad con la Sección 16724.5 del Código de Gobierno. Los bonos, una vez vendidos, emitidos y entregados, serán y constituirán una obligación válida y vinculante del Estado de California, y la plena fe y crédito del Estado de California quedan por la presente comprometidos para el pago puntual tanto del principal como de los intereses de los bonos a medida que el principal y los intereses venzan y sean pagaderos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 95000(b) El Tesorero dispondrá la emisión y venta de los bonos autorizados por el comité de conformidad con el apartado (a) por el monto que el comité determine como necesario o deseable de conformidad con la Sección 95003. Los bonos se emitirán y venderán bajo los términos y condiciones especificados en una resolución que será adoptada por el comité de conformidad con la Sección 16731 del Código de Gobierno.

Section § 95001

Explanation

Esta ley explica que cualquier bono emitido bajo esta división debe seguir las reglas establecidas en la Ley de Bonos de Obligación General del Estado. Todas las reglas de esa ley se aplican aquí, excepto por partes específicas de otra ley, la Sección 16727 del Código de Gobierno. Esto significa que la forma en que se manejan los bonos —desde su creación hasta su amortización— debe adherirse a esas pautas establecidas.

Los bonos autorizados por esta división serán preparados, ejecutados, emitidos, vendidos, pagados y amortizados según lo dispuesto en la Ley de Bonos de Obligación General del Estado, y todas las disposiciones de dicha ley, excepto las subdivisiones (a) y (b) de la Sección 16727 del Código de Gobierno, se aplican a los bonos y a esta división y por la presente se incorporan en esta división como si estuvieran establecidos íntegramente en esta división.

Section § 95002

Explanation

Esta ley crea el Comité de Finanzas de Bonos para Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio. El comité se encarga de gestionar la emisión y venta de bonos para fines específicos de medio ambiente y seguridad, conforme a la Ley de Bonos de Obligación General del Estado.

El comité está formado por altos funcionarios estatales, como el Director de Finanzas, el Tesorero, el Contralor, el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales y el Secretario de Protección Ambiental. Estos miembros pueden nombrar representantes para que actúen en su nombre. El Tesorero preside el comité, y las decisiones pueden tomarse por mayoría de sus miembros.

(a)CA Recursos Públicos Code § 95002(a) Únicamente con el propósito de autorizar la emisión y venta, de conformidad con la Ley de Bonos de Obligación General del Estado, de los bonos autorizados por esta división, se crea por la presente el Comité de Finanzas de Bonos para Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio. Para los fines de esta división, el Comité de Finanzas de Bonos para Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio es el "comité", tal como se utiliza ese término en la Ley de Bonos de Obligación General del Estado.
(b)CA Recursos Públicos Code § 95002(b) El comité está compuesto por el Director de Finanzas, el Tesorero, el Contralor, el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales y el Secretario de Protección Ambiental. No obstante cualquier otra ley, cualquier miembro podrá designar un representante para que actúe en lugar de dicho miembro para todos los fines, como si el miembro estuviera presente en persona.
(c)CA Recursos Públicos Code § 95002(c) El Tesorero fungirá como presidente del comité.
(d)CA Recursos Públicos Code § 95002(d) Una mayoría del comité podrá actuar en nombre del comité.

Section § 95003

Explanation

El comité decide si necesita emitir y vender bonos para financiar las tareas descritas en esta división. Pueden elegir cuánto emitir y vender. Los bonos se pueden vender por etapas, por lo que no tienen que venderlos todos a la vez.

El comité determinará mediante resolución si es necesario o deseable emitir y vender bonos autorizados por esta división para llevar a cabo las acciones especificadas en esta división y, en tal caso, la cantidad de bonos a emitir y vender. Se podrán autorizar y vender emisiones sucesivas de bonos para llevar a cabo esas acciones progresivamente, y no es necesario que todos los bonos autorizados para su emisión se vendan en un solo momento.

Section § 95004

Explanation
Esta sección de la ley especifica que, dentro del contexto de la Ley de Bonos de Obligación General del Estado, el término "junta" se refiere al Secretario de la Agencia de Recursos Naturales, según la Sección 16722 del Código de Gobierno.

Section § 95005

Explanation

Cada año, se debe recaudar dinero adicional junto con los impuestos estatales regulares para cubrir el pago del capital y los intereses de los bonos que venzan ese año. Es responsabilidad de todos los funcionarios pertinentes asegurarse de que esta cantidad adicional se recaude correctamente.

Se recaudará cada año y de la misma manera y al mismo tiempo que se recaudan otros ingresos estatales, además de los ingresos ordinarios del estado, una suma en la cantidad requerida para pagar el capital y los intereses de los bonos que venzan en ese año. Es deber de todos los funcionarios encargados por ley de cualquier deber relacionado con la recaudación de ingresos realizar y ejecutar todos y cada uno de los actos necesarios para recaudar esa suma adicional.

Section § 95006

Explanation

Esta ley establece un flujo continuo de dinero del Fondo General del estado para cubrir dos obligaciones financieras principales. Primero, asegura que siempre haya suficiente dinero para pagar cualquier bono, incluidos los intereses, que se emitan bajo esta división a medida que venzan. Segundo, permite que se disponga de los fondos necesarios para apoyar las actividades dictadas por la Sección 95009.

No obstante la Sección 13340 del Código de Gobierno, por la presente se asigna de forma continua del Fondo General de la Tesorería del Estado, para los fines de esta división, y sin consideración de los años fiscales, una cantidad que será igual al total de lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 95006(a) La suma anualmente necesaria para pagar el capital y los intereses de los bonos emitidos y vendidos de conformidad con esta división, a medida que el capital y los intereses venzan y sean pagaderos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 95006(b) La suma que sea necesaria para llevar a cabo la Sección 95009.

Section § 95007

Explanation
Esta ley permite a la junta solicitar un préstamo a la Junta de Inversiones de Dinero Mancomunado para financiar actividades bajo esta división. El monto del préstamo no debe exceder el monto autorizado de bonos no vendidos, menos cualquier préstamo aún no reembolsado o fondos retirados del Fondo General y no devueltos. La junta debe completar la documentación necesaria para obtener y reembolsar el préstamo, y los montos prestados se añaden al fondo para su uso de conformidad con esta división.

Section § 95008

Explanation
Esta ley permite al Tesorero vender bonos que están exentos de impuestos bajo la ley federal, lo que significa que los intereses de esos bonos no están sujetos a impuestos federales. El Tesorero puede mantener cuentas separadas para el dinero obtenido de la venta de estos bonos y para cualquier ganancia de la inversión de ese dinero. Puede usar estos fondos para hacer pagos exigidos por la ley federal o tomar las medidas necesarias para mantener el estatus de exención fiscal de los bonos y obtener otros beneficios fiscales federales para el estado.

Section § 95009

Explanation

Esta sección permite al Director de Finanzas pedir prestado temporalmente dinero del Fondo General hasta el monto de los bonos no vendidos aprobados para la venta, excluyendo ciertos tipos de bonos. El dinero prestado debe usarse para fines específicos descritos en esta división y eventualmente ser devuelto al Fondo General con intereses, del dinero recibido cuando se vendan estos bonos.

A los efectos de llevar a cabo esta división, el Director de Finanzas podrá autorizar el retiro del Fondo General de una cantidad o cantidades que no excedan el monto de los bonos no vendidos que hayan sido autorizados por el comité para ser vendidos con el propósito de llevar a cabo esta división, excluyendo los bonos de refinanciamiento autorizados conforme a la Sección 95012, menos cualquier cantidad prestada conforme a la Sección 95007 y aún no reembolsada y cualquier cantidad retirada del Fondo General conforme a esta sección y aún no devuelta al Fondo General. Cualquier cantidad retirada se depositará en el fondo para ser asignada de acuerdo con esta división. Cualquier dinero puesto a disposición bajo esta sección se devolverá al Fondo General, con intereses a la tasa obtenida por el dinero en la Cuenta de Inversión de Fondos Mancomunados, de los ingresos recibidos de la venta de bonos con el propósito de llevar a cabo esta división.

Section § 95010

Explanation
Esta ley establece que el dinero en un fondo específico, generado por primas de bonos e intereses, debe reservarse principalmente para cubrir los costos de intereses de los bonos del estado. Sin embargo, las primas pueden usarse primero para pagar el costo de emisión de los bonos antes de que el resto se transfiera para cubrir los gastos de intereses de los bonos.

Section § 95011

Explanation
Esta ley, en el marco de la Ley de Bonos de Obligación General del Estado, establece que los gastos relacionados con la emisión de bonos deben cubrirse con los fondos obtenidos de la venta de dichos bonos. Si hay primas (fondos adicionales) de la venta de los bonos, estas también pueden cubrir los costos. Si las primas no cubren todos los gastos, los costos restantes deben dividirse entre los programas que los bonos apoyan.

Section § 95012

Explanation
Esta sección de la ley establece que los bonos emitidos bajo esta división pueden ser refinanciados de acuerdo con ciertas reglas estatales. Cuando los votantes aprueban la emisión de estos bonos, también aprueban su refinanciamiento si es necesario. Básicamente, refinanciar un bono significa reemplazarlo con un nuevo bono para gestionar mejor la deuda. El proceso de refinanciamiento debe seguir las pautas específicas aprobadas con el bono y solo puede eliminar legalmente la deuda según lo permita la ley.

Section § 95013

Explanation
Esta ley permite que los fondos se utilicen para otorgar subvenciones y préstamos a organizaciones sin fines de lucro. Estos fondos pueden ayudar a reembolsar ciertos tipos de financiamiento, siempre y cuando los proyectos se alineen con los objetivos de la división.

Section § 95014

Explanation
Esta ley establece que el dinero de la venta de ciertos bonos no se considera 'ingresos de impuestos' según el Artículo XIII B de la Constitución de California. Por lo tanto, el gasto de este dinero de bonos no está restringido por las reglas que se aplican al gasto de dinero de impuestos bajo ese artículo.

Section § 95015

Explanation

Cuando se emiten bonos bajo esta división, deberían, siempre que sea posible, adherirse a los estándares conocidos y las prácticas recomendadas para financiar proyectos cuyo objetivo sea la mitigación, adaptación o resiliencia al cambio climático.

Los bonos emitidos conforme a esta división podrán, siempre que sea práctico, alinearse con los principios generalmente reconocidos y las directrices de mejores prácticas para la financiación de proyectos de mitigación, adaptación o resiliencia climática.