Section § 90000

Explanation

Esta sección establece el nombre de la ley como la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio de 2024.

Esta división se conocerá y podrá citarse como la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio de 2024.

Section § 90050

Explanation

Esta sección de la ley describe cómo las agencias estatales deben priorizar el gasto. Deben centrarse en proyectos que combinen financiación de múltiples fuentes, como fondos privados o federales, o aquellos que ofrezcan los mayores beneficios públicos.

Cuando sea posible, los proyectos financiados por este programa deben incluir letreros que informen al público que el proyecto fue financiado por la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio de 2024.

Además, estos proyectos deben incorporar planificación, monitoreo y presentación de informes para asegurar que cumplan eficazmente los objetivos de la división.

(a)CA Recursos Públicos Code § 90050(a) Al gastar fondos conforme a esta división, una agencia estatal administradora dará prioridad a los proyectos que aprovechen fondos privados, federales y locales o produzcan el mayor beneficio público.
(b)CA Recursos Públicos Code § 90050(b) En la medida de lo posible, un proyecto financiado conforme a esta división incluirá señalización que informe al público que el proyecto recibió financiación de la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio de 2024.
(c)CA Recursos Públicos Code § 90050(c) Los proyectos financiados conforme a esta división incluirán, cuando sea apropiado, la planificación, el monitoreo y la presentación de informes necesarios para asegurar la implementación exitosa de los objetivos de esta división.

Section § 90100

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en leyes relacionadas con el agua potable segura, la prevención de incendios, la preparación para la sequía y el aire limpio. Las definiciones clave incluyen: "comité" se refiere a un comité de finanzas específico; las definiciones de "comunidad" se alinean con ciertos códigos gubernamentales; la "infraestructura comunitaria crítica" cubre instalaciones esenciales como hospitales y refugios de emergencia; "comunidad desfavorecida" y "comunidad gravemente desfavorecida" se determinan por los niveles de ingresos familiares; las "áreas económicamente desfavorecidas" siguen las definiciones del código del agua; la "infraestructura natural" se basa en un código ambiental; y la "organización sin fines de lucro" debe calificar bajo las regulaciones federales y estatales.

Además, la "protección" implica acciones como el monitoreo y la restauración para prevenir daños, y la "restauración" incluye la mejora de sistemas naturales e instalaciones comunitarias. También aclara términos sobre comunidades en riesgo debido a problemas climáticos, señala estándares específicos para el "endurecimiento de estructuras" contra incendios forestales, explica las definiciones de "tribu" relacionadas con el estatus de nativo americano, e identifica a las "poblaciones vulnerables" como aquellas que enfrentan riesgos elevados por el cambio climático.

A los efectos de esta división, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Recursos Públicos Code § 90100(a) Por “Comité” se entiende el Comité de Finanzas de Bonos para Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio, creado de conformidad con la Sección 95002.
(b)CA Recursos Públicos Code § 90100(b) Por “Comunidad” se entiende lo mismo que se establece en el párrafo (1) de la subdivisión (a) de la Sección 65302.10 del Código de Gobierno.
(c)CA Recursos Públicos Code § 90100(c) Por “infraestructura comunitaria crítica” se entiende la infraestructura necesaria para proporcionar funciones comunitarias e individuales vitales, incluyendo, entre otras, infraestructura de agua potable y aguas residuales, refugios de emergencia, sistemas de comunicación y alerta, rutas de evacuación, energía de emergencia e instalaciones médicas públicas, escuelas, ayuntamientos, hospitales, clínicas de salud, centros comunitarios, instalaciones comunitarias sin fines de lucro que prestan servicios esenciales, bibliotecas, refugios para personas sin hogar, centros para personas mayores y jóvenes, guarderías, bancos de alimentos, supermercados y sitios de parques y recreación.
(d)CA Recursos Públicos Code § 90100(d) Por “comunidad desfavorecida” se entiende una comunidad con un ingreso familiar medio inferior al 80 por ciento del promedio del área o inferior al 80 por ciento del ingreso familiar medio estatal.
(e)CA Recursos Públicos Code § 90100(e) Por “áreas económicamente desfavorecidas” se entiende lo mismo que se establece en la Sección 79702 del Código del Agua.
(f)CA Recursos Públicos Code § 90100(f) Por “infraestructura natural” se entiende lo mismo que se establece en el párrafo (3) de la subdivisión (c) de la Sección 71154.
(g)CA Recursos Públicos Code § 90100(g) Por “organización sin fines de lucro” se entiende una corporación sin fines de lucro calificada para operar en California y calificada bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas.
(h)CA Recursos Públicos Code § 90100(h) Por “Protección” se incluyen aquellas acciones necesarias para prevenir daños a personas, propiedades o recursos naturales, culturales e históricos, acciones para mejorar el acceso a áreas públicas de espacio abierto, o acciones para permitir el uso y disfrute continuado de propiedades o recursos naturales, culturales e históricos. La Protección incluye el monitoreo del sitio, la adquisición, el desarrollo, la restauración, la preservación y la interpretación.
(i)Copy CA Recursos Públicos Code § 90100(i)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1) Por “Restauración” se incluye la mejora de estructuras o instalaciones físicas y, en el caso de sistemas naturales y características del paisaje, incluye, entre otros, cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(A) El control de la erosión.
(B)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(B) La captura, tratamiento, reutilización y almacenamiento de aguas pluviales, o para reducir de otro modo la contaminación por aguas pluviales.
(C)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(C) El control y la eliminación de especies invasoras y proliferaciones de algas nocivas.
(D)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(D) La plantación de especies nativas.
(E)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(E) La eliminación de residuos y escombros.
(F)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(F) Quemas prescritas y otras medidas de reducción de riesgos de combustible.
(G)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(G) Cercar para excluir amenazas a los recursos naturales existentes o restaurados.
(H)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(H) Mejorar las condiciones del hábitat en el cauce, ribereño, de llanura aluvial o de humedal.
(I)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(I) Otras mejoras del hábitat de plantas y vida silvestre para aumentar el valor del sistema natural de la propiedad o de los recursos costeros u oceánicos.
(J)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(1)(J) Actividades descritas en la subdivisión (b) de la Sección 79737 del Código del Agua.
(2)CA Recursos Públicos Code § 90100(i)(2) Por “Restauración” también se incluyen actividades, incluyendo la planificación, obtención de permisos, monitoreo e informes que sean necesarios para asegurar la implementación exitosa de los objetivos de restauración.
(j)CA Recursos Públicos Code § 90100(j) Por “comunidad gravemente desfavorecida” se entiende una comunidad con un ingreso familiar medio inferior al 60 por ciento del promedio del área o inferior al 60 por ciento del ingreso familiar medio estatal.
(k)CA Recursos Públicos Code § 90100(k) Por “agricultor o ganadero socialmente desfavorecido” se entiende lo mismo que se establece en la Sección 512 del Código de Alimentos y Agricultura. Esta disposición se aplicará en la medida permitida por la ley.
(l)CA Recursos Públicos Code § 90100(l) Por “Ley de Bonos de Obligación General del Estado” se entiende la Ley de Bonos de Obligación General del Estado (Capítulo 4 (que comienza con la Sección 16720) de la Parte 3 de la División 4 del Título 2 del Código de Gobierno), según pueda ser modificada ocasionalmente.
(m)CA Recursos Públicos Code § 90100(m) Por “endurecimiento de estructuras” se incluye la instalación, reemplazo o adaptación de materiales, sistemas o conjuntos de construcción utilizados en el diseño exterior y la construcción de estructuras no conformes existentes con características que cumplen con el Capítulo 7A (que comienza con la Sección 701A.1) de la Parte 2 del Título 24 del Código de Regulaciones de California, o cualquier código regulatorio sucesor apropiado, con el propósito principal de reducir el riesgo de incendios forestales en las estructuras o de ajustarse a la lista de adaptaciones de bajo costo, y las actualizaciones de dicha lista, desarrolladas de conformidad con el párrafo (1) de la subdivisión (c) de la Sección 51189 del Código de Gobierno.
(n)CA Recursos Públicos Code § 90100(n) Por “Tribu” se entiende una tribu nativa americana reconocida federalmente o una tribu nativa americana no reconocida federalmente que figure en la Lista de Consulta Tribal de California mantenida por la Comisión del Patrimonio Nativo Americano.
(o)CA Recursos Públicos Code § 90100(o) Por “población vulnerable” se entiende un subgrupo de población dentro de una región o comunidad que enfrenta un riesgo desproporcionadamente elevado o una mayor sensibilidad a los impactos del cambio climático y que carece de recursos adecuados para hacer frente, adaptarse o recuperarse de dichos impactos.
(p)CA Recursos Públicos Code § 90100(p) Por “junta de agua” se entiende la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos.

Section § 90105

Explanation
Esta ley establece que los fondos mencionados en esta sección particular no pueden utilizarse para pagar ningún esfuerzo de mitigación ambiental o necesidades de cumplimiento que sean legalmente requeridos.

Section § 90107

Explanation
Esta ley establece que el dinero proporcionado por esta división no puede usarse para cubrir ningún gasto relacionado con el diseño, la construcción, la operación, los impactos o el mantenimiento de canales de agua separados en el Delta. En su lugar, estos gastos deben ser pagados por las agencias de agua que se beneficiarán de estas instalaciones.

Section § 90110

Explanation

Esta sección de la ley enumera quiénes pueden solicitar un programa específico. Los solicitantes elegibles incluyen agencias públicas y locales, organizaciones sin fines de lucro, distritos especiales, autoridades de poderes conjuntos, tribus, servicios públicos, servicios públicos de propiedad local y compañías mutuas de agua.

Un solicitante elegible bajo esta división es una agencia pública, agencia local, organización sin fines de lucro, distrito especial, autoridad de poderes conjuntos, tribu, servicio público, servicio público de propiedad local o compañía mutua de agua.

Section § 90115

Explanation

Esta ley permite a la Legislatura crear cualquier ley necesaria para apoyar y llevar a cabo los programas que reciben fondos de esta división.

La Legislatura puede promulgar la legislación necesaria para implementar los programas financiados por esta división.

Section § 90120

Explanation
Esta ley significa que cualquier fondo obtenido de bonos no debe usarse para dar incentivos o ganancias a los accionistas de empresas privadas.

Section § 90130

Explanation
Esta ley permite a las agencias otorgar a un beneficiario de subvención para un proyecto un pago inicial del 25% del monto total de la subvención para ayudar a iniciar el proyecto rápidamente. Para asegurar que estos fondos se utilicen correctamente, la agencia establecerá reglas adicionales sobre cómo el beneficiario debe administrar y utilizar el pago anticipado.

Section § 90133

Explanation

Cuando se otorga una subvención para un proyecto, la agencia encargada puede reembolsar al beneficiario de la subvención ciertos costos generales, conocidos como costos indirectos. La agencia puede usar uno de varios métodos para determinar la tasa de reembolso, según lo que solicite el beneficiario.

Las opciones para establecer esta tasa incluyen usar una tasa de acuerdo establecida, una tasa federal estándar, una tasa previamente negociada con otra agencia estatal, o una tasa sugerida por el beneficiario si aún no ha establecido una con el estado.

Para las subvenciones otorgadas para proyectos bajo esta división, la agencia administradora podrá, al otorgar una subvención, reembolsar los costos indirectos del beneficiario. Al reembolsar a un beneficiario por costos indirectos, la agencia administradora aplicará una de las siguientes tasas según lo solicite el beneficiario:
(a)CA Recursos Públicos Code § 90133(a) La tasa de costos indirectos negociada del beneficiario de conformidad con su acuerdo de tasa de costos indirectos negociada.
(b)CA Recursos Públicos Code § 90133(b) La tasa de costos indirectos de minimis especificada en la Parte 200 del Título 2 del Código de Regulaciones Federales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 90133(c) Una tasa negociada por el beneficiario con otra agencia estatal en los últimos cinco años.
(d)CA Recursos Públicos Code § 90133(d) Una tasa propuesta por el beneficiario en la solicitud de programa del beneficiario ante la agencia estatal administradora si el beneficiario no tiene una tasa estatal existente.

Section § 90135

Explanation

Esta ley exige que el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales publique y ponga en línea una lista detallada de todos los programas y proyectos financiados al menos una vez al año. La lista debe incluir detalles como la ubicación de los proyectos, sus objetivos, estado, resultados esperados, beneficios públicos, costos y fuentes de financiación.

El Departamento de Finanzas organizará auditorías independientes de estos gastos. Las agencias estatales que otorgan subvenciones deben asegurar que se informe adecuadamente sobre cómo se gastan los fondos. Los ingresos de los bonos financiarán las auditorías y los gastos de publicación, y estos costos se dividirán entre los programas financiados.

Se pueden adoptar regulaciones de emergencia rápidamente para implementar las directrices de los programas, evitando algunos procedimientos habituales de elaboración de normas, con el fin de preservar de inmediato el bienestar público. Estas regulaciones de emergencia permanecen en vigor hasta que la agencia las modifique.

(a)CA Recursos Públicos Code § 90135(a) El Secretario de la Agencia de Recursos Naturales publicará una lista de todos los gastos de programas y proyectos conforme a esta división no menos de una vez al año, por escrito, y publicará una versión electrónica de la lista en el sitio web de la agencia en formato de hoja de cálculo descargable. La hoja de cálculo deberá incluir toda la siguiente información:
(1)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(1) Información sobre la ubicación y la huella de cada proyecto financiado.
(2)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(2) Los objetivos del proyecto.
(3)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(3) El estado del proyecto.
(4)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(4) Resultados previstos.
(5)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(5) Los beneficios públicos que se derivarán del proyecto, incluyendo si el proyecto tiene beneficios significativos y directos para poblaciones vulnerables, comunidades desfavorecidas o comunidades gravemente desfavorecidas.
(6)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(6) El costo total del proyecto, si se conoce.
(7)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(7) El monto de la financiación con bonos proporcionada.
(8)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(8) Cualquier fondo de contrapartida proporcionado para el proyecto por el beneficiario de la subvención u otros socios.
(9)CA Recursos Públicos Code § 90135(a)(9) El capítulo aplicable de esta división conforme al cual el beneficiario recibió los fondos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 90135(b) El Departamento de Finanzas dispondrá una auditoría independiente de los gastos conforme a esta división. Si una auditoría, exigida por ley, de cualquier entidad que reciba financiación autorizada por esta división se realiza conforme a la ley estatal y revela alguna irregularidad, el Auditor del Estado de California o el Contralor podrá realizar u organizar una auditoría completa de cualquiera o todas las actividades financiadas conforme a esta división. Cualquier auditoría de un centro de investigación y desarrollo del Departamento de Energía federal o de la Administración Nacional de Aeronáutica y el Espacio conforme a esta sección se realizará de acuerdo con la Ley de Contratación de Laboratorios Federales (Chapter 7 (commencing with Section 12500) of Part 2 of Division 2 of the Public Contract Code).
(c)CA Recursos Públicos Code § 90135(c) Una agencia estatal que emita cualquier subvención con financiación autorizada por esta división exigirá una presentación de informes adecuada de los gastos de la financiación de la subvención.
(d)CA Recursos Públicos Code § 90135(d) Los costos asociados con las publicaciones, auditorías, seguimiento de bonos a nivel estatal, gestión de efectivo y actividades de supervisión relacionadas previstas en esta sección se financiarán con los ingresos de los bonos autorizados por esta división. Estos costos serán compartidos proporcionalmente por cada programa financiado por esta división. Los costos reales incurridos para administrar programas no subvencionables autorizados por esta división se pagarán con los ingresos de los bonos autorizados por esta división.
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 90135(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 90135(e)(1) Una regulación con el propósito de desarrollar y adoptar directrices de programas y criterios de selección necesarios para hacer efectivos o implementar los programas incluidos en el Chapter 2 (commencing with Section 91000) to Chapter 9 (commencing with Section 94500), inclusive, of this division podrá adoptarse como una regulación de emergencia de acuerdo con el Chapter 3.5 (commencing with Section 11340) of Part 1 of Division 3 of Title 2 of the Government Code, y para los fines de ese capítulo, incluida la Section 11349.6 of the Government Code, la adopción de regulaciones es una emergencia y será considerada por la Oficina de Derecho Administrativo como necesaria para la preservación inmediata de la paz pública, la salud, la seguridad y el bienestar general, y una agencia estatal queda por la presente exenta del requisito de describir los hechos que demuestren la necesidad de una acción inmediata.
(2)CA Recursos Públicos Code § 90135(e)(2) No obstante el Chapter 3.5 (commencing with Section 11340) of Part 1 of Division 3 of Title 2 of the Government Code, una regulación de emergencia adoptada conforme a esta subdivisión se presentará ante, pero no será derogada por, la Oficina de Derecho Administrativo, y permanecerá en vigor hasta que sea derogada o modificada por la agencia estatal que la adopta.

Section § 90140

Explanation
Esta ley detalla cómo se deben distribuir ciertos fondos para proyectos comunitarios. Al menos el 40% de estos fondos deben ir a proyectos que beneficien a poblaciones vulnerables o a comunidades desfavorecidas. Además, un mínimo del 10% debe destinarse a proyectos que apoyen a comunidades gravemente desfavorecidas.

Section § 90150

Explanation
Si un proyecto solicita una subvención y planea utilizar el Cuerpo de Conservación de California o cuerpos de conservación comunitarios certificados, se le debe dar prioridad cuando sea posible.

Section § 90500

Explanation

Esta ley se refiere a la asignación de fondos provenientes de la venta de ciertos bonos en California. El dinero de estos bonos se deposita en un fondo especial llamado Fondo de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio. Este fondo se utiliza para diversos programas ambientales y relacionados con el clima.

Las asignaciones son las siguientes: $3.8 mil millones son para programas relacionados con el agua; $1.5 mil millones son para resiliencia ante incendios forestales y forestal; $1.2 mil millones son para resiliencia costera; $450 millones son para mitigación del calor extremo; $1.2 mil millones son para biodiversidad y soluciones climáticas; $300 millones son para agricultura sostenible; $700 millones son para creación de parques y acceso al aire libre; y $850 millones son para programas de aire limpio.

(a)CA Recursos Públicos Code § 90500(a) Los ingresos de los bonos emitidos y vendidos de conformidad con esta división, excluyendo los bonos de refinanciación emitidos y vendidos de conformidad con la Sección 95012, se depositarán en el Fondo de Agua Potable Segura, Prevención de Incendios Forestales, Preparación para la Sequía y Aire Limpio, que por la presente se crea en la Tesorería del Estado. Los fondos en el fondo estarán disponibles, previa asignación por la Legislatura, para los fines de esta división.
(b)CA Recursos Públicos Code § 90500(b) Los ingresos de los bonos emitidos y vendidos de conformidad con esta división se asignarán de acuerdo con el siguiente cronograma:
(1)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(1) Tres mil ochocientos millones de dólares ($3,800,000,000) para programas de agua potable segura, sequía, inundaciones y resiliencia hídrica, de conformidad con el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 91000).
(2)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(2) Mil quinientos millones de dólares ($1,500,000,000) para programas de resiliencia ante incendios forestales y forestal, de conformidad con el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 91500).
(3)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(3) Mil doscientos millones de dólares ($1,200,000,000) para programas de resiliencia costera, de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 92000).
(4)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(4) Cuatrocientos cincuenta millones de dólares ($450,000,000) para programas de mitigación del calor extremo, de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 92500).
(5)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(5) Mil doscientos millones de dólares ($1,200,000,000) para programas de protección de la biodiversidad y soluciones climáticas basadas en la naturaleza, de conformidad con el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 93000).
(6)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(6) Trescientos millones de dólares ($300,000,000) para programas de fincas, ranchos y tierras de trabajo inteligentes para el clima, sostenibles y resilientes, de conformidad con el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 93500).
(7)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(7) Setecientos millones de dólares ($700,000,000) para programas de creación de parques y acceso al aire libre, de conformidad con el Capítulo 8 (que comienza con la Sección 94000).
(8)CA Recursos Públicos Code § 90500(b)(8) Ochocientos cincuenta millones de dólares ($850,000,000) para programas de aire limpio, de conformidad con el Capítulo 9 (que comienza con la Sección 94500).

Section § 90600

Explanation

Esta ley explica cómo se pueden usar los fondos para los costos administrativos y la asistencia técnica en los programas de subvenciones. Primero, los costos administrativos de estos programas solo pueden usar hasta el 7% del total de los fondos, o $20 millones, la cantidad que sea menor. Segundo, hasta el 10% de los fondos de cada capítulo puede destinarse a ayuda técnica para comunidades desfavorecidas o vulnerables. Sin embargo, se puede asignar más del 10% si la agencia estatal a cargo decide que se necesita apoyo adicional para estas comunidades.

(a)CA Recursos Públicos Code § 90600(a) Una cantidad que no exceda el menor entre el 7 por ciento de los fondos o veinte millones de dólares ($20,000,000) asignados para un programa de subvenciones conforme a esta división podrá utilizarse para cubrir los costos administrativos de dicho programa.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 90600(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 90600(b)(1) Hasta el 10 por ciento de los fondos disponibles conforme a cada capítulo de esta división podrá asignarse para asistencia técnica a comunidades desfavorecidas, comunidades gravemente desfavorecidas o poblaciones vulnerables. La agencia que administre los fondos operará un programa multidisciplinario de asistencia técnica para comunidades desfavorecidas, comunidades gravemente desfavorecidas o poblaciones vulnerables.
(2)CA Recursos Públicos Code § 90600(b)(2) Los fondos utilizados para proporcionar asistencia técnica a comunidades desfavorecidas, comunidades gravemente desfavorecidas o poblaciones vulnerables podrán exceder el 10 por ciento de los fondos asignados bajo cada capítulo de esta división si la agencia estatal que administra los fondos determina que existe una necesidad de financiación adicional.

Section § 90610

Explanation
Esta ley fomenta que los proyectos que reciben financiación bajo esta división ofrezcan educación, capacitación y oportunidades de empleo a grupos vulnerables siempre que sea posible.

Section § 90620

Explanation
Esta ley permite a la Agencia de Recursos Naturales, junto con sus departamentos y organismos de conservación relacionados, utilizar los fondos asignados para cofinanciar proyectos a gran escala. Estos proyectos deben abarcar múltiples áreas y tener como objetivo ofrecer varios beneficios.