Section § 5750

Explanation

Esta ley se llama oficialmente la Ley de Parques Ribereños de California de 2004.

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como la Ley de Parques Ribereños de California de 2004.

Section § 5751

Explanation

Esta ley destaca los diversos beneficios de los parques fluviales en California. Los parques fluviales mejoran la calidad de vida al ofrecer espacios recreativos como parques para pícnics, deportes y actividades como la pesca y la natación. Ayudan a revitalizar las áreas urbanas y apoyan el crecimiento económico con zonas escénicas. Además, proporcionan protección contra inundaciones, mejoran la calidad del agua y preservan los hábitats naturales. Finalmente, la ley sugiere que apoyar el desarrollo de los parques fluviales puede beneficiar significativamente a las comunidades en todo el estado.

La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 5751(a) Los parques fluviales mejoran directamente la calidad de vida en California al proporcionar importantes beneficios recreativos, de espacio abierto, de vida silvestre, de gestión de inundaciones, de calidad del agua y de revitalización de la ribera urbana a las comunidades del estado.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5751(b) Los parques fluviales proporcionan a las comunidades lugares seguros para la recreación, incluyendo pícnics familiares; ciclismo y senderismo; áreas para el acceso al río para nadar, hacer piragüismo y pescar; y muchas otras actividades.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5751(c) Los parques fluviales ayudan a revitalizar los barrios urbanos deteriorados y proporcionan un ancla para el desarrollo económico al ofrecer importantes servicios recreativos y paisajísticos.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5751(d) Los parques fluviales proporcionan espacios abiertos accesibles que ayudan a remediar la grave escasez de áreas de parques y espacios abiertos que afectan a muchas comunidades urbanas y suburbanas, pueblos pequeños y áreas rurales.
(e)CA Recursos Públicos Code § 5751(e) Los parques fluviales proporcionan beneficios de protección contra inundaciones para las comunidades al ofrecer corredores más amplios a lo largo de nuestras vías fluviales que ayudan a almacenar y proporcionan corredores seguros para el paso de las aguas pluviales.
(f)CA Recursos Públicos Code § 5751(f) Los parques fluviales protegen y restauran el hábitat ribereño y fluvial.
(g)CA Recursos Públicos Code § 5751(g) Los parques fluviales mejoran o protegen la calidad del agua en nuestros ríos y arroyos.
(h)CA Recursos Públicos Code § 5751(h) Los parques fluviales proporcionan los componentes recreativos y ecosistémicos de la gestión integrada del agua regional y los planes de cuencas hidrográficas.
(i)CA Recursos Públicos Code § 5751(i) California puede mejorar la calidad de vida en este estado al ayudar a las agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro a establecer, desarrollar y restaurar parques fluviales.

Section § 5752

Explanation

Esta sección define los términos clave utilizados en el capítulo. "Adquisición" implica obtener la propiedad o un interés en un bien, como derechos de desarrollo o servidumbres. "Desarrollo" se refiere a acciones como mejorar o restaurar áreas. "Interpretación" implica crear servicios que ayuden a los visitantes a comprender y apreciar los recursos naturales y culturales. Una "organización sin fines de lucro" es aquella que tiene estatus de exención fiscal bajo la ley tributaria de EE. UU. El "programa de vías verdes" es una iniciativa específica relacionada con los ríos en California. Finalmente, "Secretario" se refiere al Secretario de la Agencia de Recursos.

A los efectos de este capítulo, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Recursos Públicos Code § 5752(a) “Adquisición” significa la obtención del título de propiedad plena o de un interés menor en bienes inmuebles, incluyendo servidumbres, derechos de desarrollo o derechos de agua.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5752(b) “Desarrollo” incluye, entre otros, la mejora, rehabilitación, restauración, realce, preservación, protección e interpretación.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5752(c) “Interpretación” incluye, entre otros, servicios para visitantes que comunican la importancia y el valor de los recursos naturales, históricos y culturales de una manera que aumenta la comprensión y el disfrute de dichos recursos.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5752(d) “Organización sin fines de lucro” significa una organización privada sin fines de lucro que califica para el estatus de exención bajo la Sección 501(c)(3) del Código de Rentas Internas de los Estados Unidos.
(e)CA Recursos Públicos Code § 5752(e) “Programa de vías verdes” significa el Programa de Vías Verdes Fluviales de California establecido de conformidad con la subdivisión (a) de la Sección 5753.
(f)CA Recursos Públicos Code § 5752(f) “Secretario” significa el Secretario de la Agencia de Recursos.

Section § 5753

Explanation

Esta ley crea el Programa de Vías Verdes Fluviales de California, administrado por el Secretario de la Agencia de Recursos. El programa ofrece subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para proyectos relacionados con vías verdes fluviales, utilizando fondos asignados al secretario. Estos proyectos pueden incluir la adquisición de terrenos o el desarrollo y la preservación de vías verdes fluviales.

Hasta el 10% de los fondos también puede destinarse a la restauración de arroyos urbanos. Todos los proyectos deben seguir las directrices ambientales y adquirir terrenos solo de vendedores voluntarios. Además, los proyectos elegibles deben garantizar el acceso público y cumplir al menos dos criterios, como ofrecer oportunidades recreativas, mejorar hábitats, gestionar espacios abiertos propensos a inundaciones, convertir espacios en vías verdes o añadir instalaciones para actividades de restauración.

(a)CA Recursos Públicos Code § 5753(a) Por la presente se establece el Programa de Vías Verdes Fluviales de California en la oficina del Secretario de la Agencia de Recursos, para ser administrado por el secretario.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5753(b) El secretario pondrá a disposición subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para proyectos de vías verdes fluviales con cargo a los fondos asignados al secretario. Dichos fondos también podrán utilizarse para cubrir los costos directamente relacionados con la ejecución del programa de vías verdes fluviales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5753(c) Se podrán otorgar subvenciones para la adquisición de terrenos para vías verdes fluviales o para la restauración, protección y desarrollo de vías verdes fluviales de conformidad con las disposiciones de este capítulo. No más del 10 por ciento de los fondos asignados al secretario para vías verdes fluviales podrá utilizarse para proyectos de restauración de arroyos urbanos de conformidad con la Sección 7048 del Código del Agua.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5753(d) Todos los proyectos deberán cumplir con la Ley de Calidad Ambiental de California (División 13 (que comienza con la Sección 21000)).
(e)CA Recursos Públicos Code § 5753(e) Todas las adquisiciones deberán realizarse a vendedores voluntarios.
(f)CA Recursos Públicos Code § 5753(f) Para ser elegible para una subvención, un proyecto deberá proporcionar acceso público o ser un componente de un plan de vía verde más amplio que proporcione acceso público y, como mínimo, cumpla dos de las siguientes condiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 5753(f)(1) Proporcionar oportunidades recreativas compatibles, incluyendo senderos para pasear, hacer senderismo, andar en bicicleta y usos ecuestres a lo largo de ríos y arroyos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5753(f)(2) Proteger, mejorar o restaurar el hábitat ribereño o de ribera, incluyendo beneficios para el hábitat de la vida silvestre y la calidad del agua.
(3)CA Recursos Públicos Code § 5753(f)(3) Mantener o restaurar el carácter de espacio abierto de los terrenos a lo largo de ríos y arroyos para que sean compatibles con las inundaciones periódicas como parte de un plan o proyecto de gestión de inundaciones.
(4)CA Recursos Públicos Code § 5753(f)(4) Convertir los usos existentes de terrenos ribereños desarrollados en usos consistentes con las vías verdes fluviales, según se identifica en este capítulo.
(5)CA Recursos Públicos Code § 5753(f)(5) Proporcionar instalaciones para apoyar o interpretar la restauración de ríos o arroyos u otras actividades de conservación.

Section § 5754

Explanation
Esta ley permite al secretario crear directrices para la planificación de parques fluviales y otorgar subvenciones para estos planes si hay dinero disponible.

Section § 5755

Explanation

Cada año, el secretario debe presentar un informe a la Legislatura detallando dónde se ubican los proyectos financiados bajo este capítulo, qué tipo de proyectos son y los beneficios que ofrecen.

El secretario informará anualmente a la Legislatura sobre la distribución geográfica, los tipos y los beneficios de los proyectos financiados conforme a este capítulo.

Section § 5756

Explanation

Esta ley nos dice que el secretario es responsable de crear las reglas y procedimientos necesarios para poner en marcha este capítulo. Estas reglas deben estar en línea con la Sección 5753, entre otros aspectos necesarios. Es importante destacar que las reglas y procedimientos que el secretario desarrolle no tienen que seguir el proceso habitual de elaboración de normas descrito en otra parte del código de gobierno, que normalmente incluye pasos formales para el desarrollo de reglas.

El secretario desarrollará reglamentos, criterios o directrices de procedimiento para la implementación de este capítulo que serán consistentes con, pero no limitados a, la Sección 5753. Todos los reglamentos, criterios y guías de procedimiento adoptados por el secretario para implementar este capítulo están exentos del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.