Chapter 1.5
Section § 5094
Esta ley permite que las agencias públicas estatales y locales de California colaboren con el gobierno federal en instalaciones de recreación y vida silvestre en proyectos federales de agua, si se consideran necesarias y beneficiosas. El estado puede intervenir si un proyecto es de importancia para todo el estado y las agencias locales no pueden o no quieren participar, siempre y cuando la Legislatura proporcione los fondos. Tanto el estado como las agencias locales pueden unirse cuando beneficia a ambas partes.
Section § 5094.1
Esta ley permite al Secretario de la Agencia de Recursos indicar la intención de California de gestionar áreas de proyectos federales de agua para recreación o para mejorar la pesca y la vida silvestre, pero solo con la aprobación del Director de Finanzas y la autorización de la Legislatura. Antes de hacer esto, el Secretario debe asegurarse de que el proyecto se alinee con los planes estatales de agua, recreación, pesca y vida silvestre, y debe presentar los materiales pertinentes a la Legislatura.
Además, incluso si el estado no asume el rol de administración, el Departamento de Pesca y Caza aún puede coordinar las características de mejora de la pesca y la vida silvestre de estos proyectos federales con los planes estatales.
Section § 5094.2
Cuando se ha emitido una carta de intención para un proyecto, la Agencia de Recursos de California, en colaboración con los Departamentos de Parques y Recreación y de Pesca y Caza, debe investigar y estudiar el proyecto. Esto incluye la preparación de planes sobre cómo participará el estado. Estos planes se comparten luego con las agencias públicas locales que podrían verse afectadas para que puedan revisarlos y comentarlos. Las agencias locales tienen un período establecido de 30 a 60 días para enviar sus comentarios a la agencia.
Section § 5094.3
El Departamento de Parques y Recreación de California y el Departamento de Pesca y Caza pueden colaborar con el gobierno federal en proyectos que mejoren la recreación y la vida silvestre en torno a proyectos federales de agua, siempre que la legislatura estatal lo apruebe. Un departamento, elegido por la Agencia de Recursos, liderará como contacto principal para estos proyectos, requiriendo la aprobación del otro departamento.
Los dos departamentos pueden administrar tierras para fines recreativos o de vida silvestre, firmar contratos para el mantenimiento, cubrir los costos y aceptar tierras o instalaciones bajo términos que mejor sirvan al interés público. Pueden compartir los costos con el gobierno federal para desarrollar estas características recreativas o de vida silvestre en los proyectos, lo que puede incluir fondos de tarifas de usuario o asignaciones legislativas. Cualquier dinero obtenido específicamente para este propósito debe revisarse cada cinco años y guardarse en un fondo estatal especial para reembolsos.