(a)CA Recursos Públicos Code § 5079.80(a) Por la presente se crea el Fondo de Preservación de Recursos Naturales y Parques en la Tesorería del Estado, para ser administrado por el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales.
(b)CA Recursos Públicos Code § 5079.80(b) El fondo estará compuesto por los fondos depositados en el mismo de conformidad con cualquier ley.
(c)CA Recursos Públicos Code § 5079.80(c) Los fondos del fondo estarán disponibles, previa asignación por la Legislatura, para programas destinados a restaurar, preservar, proteger, gestionar o mejorar los recursos naturales, históricos o culturales de California o la calidad ambiental del estado.
(d)CA Recursos Públicos Code § 5079.80(d) Los programas elegibles para financiación incluyen, entre otros, programas que promoverían los propósitos de la Ley de Bonos de Agua Potable Segura, Calidad y Suministro de Agua, Control de Inundaciones, y Protección de Ríos y Costas de 2006 (División 43 (que comienza con la Sección 75001)) o la Ley de Mejora de la Calidad del Agua, Suministro e Infraestructura de 2014 (División 26.7 (que comienza con la Sección 79700) del Código del Agua).
(e)Copy CA Recursos Públicos Code § 5079.80(e)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 5079.80(e)(1) El Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno no se aplicará al desarrollo y la adopción de las directrices del programa y los criterios de selección adoptados para otorgar subvenciones del fondo. Este párrafo no se interpretará como una exención de otros usos del fondo de la aplicación de dicho capítulo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 5079.80(e)(2) Antes de adoptar las directrices del programa y los criterios de selección para otorgar subvenciones del fondo, la agencia llevará a cabo actividades de divulgación pública en reuniones y talleres, ofreciendo a todas las partes interesadas la oportunidad de comentar.
(Added by Stats. 2017, Ch. 26, Sec. 78. (SB 92) Effective June 27, 2017.)