Chapter 4
Section § 5930
Esta sección autoriza la emisión y venta de bonos por un total de hasta $768,670,000 para financiar esfuerzos de conservación en California. Hasta $726 millones del dinero de los bonos se destinarán al Fondo de Conservación de Tierras Silvestres, Costeras y Parques de California para fines de conservación, mientras que hasta $50 millones se dirigirán al Fondo de Conservación de Áreas Silvestres y Naturales. Estos bonos son una obligación legal del estado, y California promete pagar el capital y los intereses a tiempo.
Section § 5931
Section § 5932
Esta sección de la ley crea el Comité de Finanzas del Programa de Conservación de Tierras Silvestres, Costeras y Parques de California de 1988 para gestionar la emisión y venta de bonos relacionados con proyectos de conservación de vida silvestre y tierras. El comité está compuesto por el Contralor, el Director de Finanzas y el Tesorero, quien actúa como presidente. Toman decisiones por mayoría de votos.
Además, varias agencias como la Junta de Conservación de la Vida Silvestre y el Departamento de Parques y Recreación son designadas con roles específicos en relación con diferentes programas de conservación. Estas agencias son referidas colectivamente como 'la junta' y tienen jurisdicción dependiendo del área de enfoque.
Section § 5933
Section § 5934
Cada año, el estado debe recaudar una cantidad adicional de dinero, junto con los impuestos regulares, para pagar el capital y los intereses de los bonos estatales. Todos los funcionarios involucrados en la recaudación de ingresos deben hacer todo lo necesario para reunir este dinero adicional.
Section § 5935
Esta ley establece que, independientemente de otras normas, cada año se reserva automáticamente dinero del Fondo General de California para cubrir ciertos costos relacionados con los bonos. Esto incluye el pago del monto prestado (capital) y los intereses de esos bonos cuando vencen. También proporciona fondos para apoyar acciones específicas descritas en otra sección, la 5936, sin preocuparse por el año fiscal.
Section § 5936
Section § 5936.5
Esta ley permite al Tesorero del Estado mantener cuentas separadas para los bonos si estos tienen una opinión legal que establece que sus intereses están exentos de impuestos bajo la ley federal. El Tesorero puede usar estos fondos para cumplir con los requisitos federales y mantener este estatus de exención de impuestos, como pagar multas o realizar otros pagos necesarios.
Section § 5937
Section § 5938
Esta ley establece que el dinero generado por la venta de bonos, autorizados bajo esta división, no se considera ingresos fiscales. Debido a esto, no hay límites de gasto para estos fondos según lo definido por el Artículo XIII B de la Constitución de California.