Section § 80110

Explanation

Esta sección de la ley detalla cómo se distribuirán y utilizarán $767 millones para diversos proyectos ambientales y de conservación en California. Los fondos se repartirán de la siguiente manera: $30 millones se destinarán a la Autoridad del Mar Salton para proyectos de calidad del aire y hábitat, incluyendo $10 millones para el Programa de Calidad del Agua del Río Nuevo. Se asignan $180 millones a varias conservaciones, con cantidades específicas para cada una, como $6 millones para la Conservación de Baldwin Hills y $30 millones para la Conservación de Sierra Nevada. Se destinan $137 millones a la Junta de Conservación de la Vida Silvestre. Además, se asignan $20 millones a la Conservación Costera Estatal para la restauración de la Bahía de San Francisco, con un requisito de subvenciones de contrapartida.

La suma de setecientos sesenta y siete millones de dólares ($767,000,000) estará disponible, previa asignación por parte de la Legislatura, según se describe en este capítulo.
(a)CA Recursos Públicos Code § 80110(a) Treinta millones de dólares ($30,000,000) estarán disponibles para la Autoridad del Mar Salton para proyectos de inversión de capital que proporcionen beneficios para la calidad del aire y el hábitat, y que implementen el Programa de Gestión del Mar Salton de la Agencia de Recursos Naturales. De esta cantidad, no menos de diez millones de dólares ($10,000,000) estarán disponibles para la Autoridad del Mar Salton para fines consistentes con el Programa de Calidad del Agua del Río Nuevo, Salud Pública y Desarrollo de la Vía Fluvial, según se describe en la Sección 71103.6.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80110(b) Ciento ochenta millones de dólares ($180,000,000) estarán disponibles para las siguientes conservaciones de acuerdo con sus estatutos rectores para sus propósitos específicos y conforme al siguiente cronograma:
(1)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(1) Conservación de Baldwin Hills, seis millones de dólares ($6,000,000).
(2)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(2) Conservación de California Tahoe, veintisiete millones de dólares ($27,000,000).
(3)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(3) Conservación de las Montañas del Valle de Coachella, siete millones de dólares ($7,000,000).
(4)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(4) Conservación del Delta Sacramento-San Joaquín, doce millones de dólares ($12,000,000).
(5)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(5) Conservación del Río San Diego, doce millones de dólares ($12,000,000).
(6)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(6) Conservación de los Ríos y Montañas de San Gabriel y del Bajo Los Ángeles, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(7)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(7) Conservación del Río San Joaquín, seis millones de dólares ($6,000,000).
(8)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(8) Conservación de las Montañas de Santa Mónica, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(9)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(9) Conservación de Sierra Nevada, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(10)CA Recursos Públicos Code § 80110(b)(10) Conservación Costera Estatal, veinte millones de dólares ($20,000,000) para subvenciones conforme a la Sección 66704.5 del Código de Gobierno con el propósito de la restauración de la Bahía de San Francisco de acuerdo con la Ley de la Autoridad de Restauración de la Bahía de San Francisco (Título 7.25 (que comienza con la Sección 66700) del Código de Gobierno). No obstante la subdivisión (e) de la Sección 66704.5 del Código de Gobierno, la Conservación Costera Estatal establecerá un requisito de subvención de contrapartida para una subvención otorgada conforme a este párrafo.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80110(c) Ciento treinta y siete millones de dólares ($137,000,000) estarán disponibles para la Junta de Conservación de la Vida Silvestre.

Section § 80111

Explanation

Esta ley describe cómo la Junta de Conservación de la Vida Silvestre asigna fondos para esfuerzos de conservación. Primero, se destinan $5 millones para estrategias regionales de conservación que no reciben financiación de otras leyes. Otros $52 millones se destinan a la adquisición y mejora de hábitats como parte de planes de conservación comunitarios para equilibrar la conservación con las actividades económicas. Este dinero no puede reemplazar la mitigación obligatoria, pero puede impulsar los esfuerzos de conservación.

Se pueden otorgar hasta $10 millones al Sistema de Reservas Naturales de la Universidad de California para la compra de tierras y la mejora de instalaciones de investigación, con la exigencia de fondos de contrapartida. El resto del dinero se destina a proyectos que protegen áreas recreativas cerca de ciudades o a la adquisición de tierras federales ofrecidas para la venta, y para otros proyectos de la Junta acordes con sus objetivos.

El monto disponible para la Junta de Conservación de la Vida Silvestre conforme a la subdivisión (c) de la Sección 80110 se asigna de la siguiente manera:
(a)CA Recursos Públicos Code § 80111(a) Cinco millones de dólares ($5,000,000) estarán disponibles para el desarrollo de estrategias regionales de inversión en conservación que no estén financiadas de otra manera conforme a la Sección 800 del Código de Calles y Carreteras o cualquier otra ley.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80111(b) Al menos cincuenta y dos millones de dólares ($52,000,000) estarán disponibles para la adquisición, desarrollo, rehabilitación, restauración, protección y expansión de hábitat que promueva la implementación de planes de conservación de comunidades naturales adoptados conforme a la Ley de Planificación de la Conservación de Comunidades Naturales (Capítulo 10 (que comienza con la Sección 2800) de la División 3 del Código de Pesca y Caza) para ayudar a resolver conflictos de recursos al equilibrar la conservación, la planificación y las actividades económicas a nivel comunitario, u otros planes de conservación de hábitat a gran escala que resuelvan conflictos de recursos con disposiciones para la conservación, la planificación y las actividades económicas. Los fondos conforme a este párrafo no se utilizarán para compensar obligaciones de mitigación requeridas de otra manera, pero pueden utilizarse como parte de una asociación de financiación para mejorar, expandir o aumentar los esfuerzos de conservación requeridos por la mitigación.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80111(c) Se podrán otorgar hasta diez millones de dólares ($10,000,000) al Sistema de Reservas Naturales de la Universidad de California para subvenciones de contrapartida para la adquisición de tierras, la construcción y el desarrollo de instalaciones de investigación para mejorar la gestión de tierras naturales, para la preservación de los recursos de vida silvestre de California y para promover la investigación relacionada con el cambio climático. La Junta de Conservación de la Vida Silvestre establecerá un requisito de subvención de contrapartida para las subvenciones otorgadas conforme a esta subdivisión.
(d)CA Recursos Públicos Code § 80111(d) El resto del monto disponible estará a disposición de la Junta de Conservación de la Vida Silvestre para proporcionar financiación para los siguientes proyectos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 80111(d)(1) Proyectos para proteger y mejorar áreas de recreación nacionales que sirven a áreas densamente urbanizadas o, en coordinación con la Comisión de Tierras del Estado, para adquirir un interés en tierras públicas federales que puedan ser propuestas para venta o disposición.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80111(d)(2) Proyectos de acuerdo con los estatutos que rigen la Junta de Conservación de la Vida Silvestre para sus propósitos específicos.

Section § 80112

Explanation

Las entidades especificadas en la Sección 80110(b) deben crear un plan maestro estratégico. Este plan debe describir las prioridades y los criterios para elegir qué proyectos recibirán financiación. Además, el plan debe incluir estrategias para asegurar el acceso público a las tierras conservadas, siempre que sea factible, y alinearse con los objetivos y metas del proyecto.

Una entidad receptora enumerada en la subdivisión (b) de la Sección 80110 desarrollará y adoptará un plan maestro estratégico que identifique prioridades y criterios específicos para la selección de proyectos para financiación. El plan estratégico incluirá estrategias para proporcionar acceso público a tierras conservadas siempre que sea factible y será consistente con los objetivos y metas del proyecto.

Section § 80113

Explanation

Esta ley fomenta que las entidades que utilicen fondos de este capítulo colaboren con gobiernos locales, organizaciones sin fines de lucro y otras organizaciones para obtener espacios abiertos y desarrollar corredores verdes urbanos siempre que sea posible.

Las entidades, al gastar los fondos disponibles bajo este capítulo, procurarán, cuando sea factible, asociarse con ciudades, condados, organizaciones sin fines de lucro, autoridades de poderes conjuntos y organizaciones no gubernamentales para adquirir espacios abiertos y crear corredores verdes urbanos.

Section § 80114

Explanation

Esta ley asigna 200 millones de dólares a la Agencia de Recursos Naturales para apoyar proyectos voluntarios destinados a mejorar la calidad y el suministro de agua, así como la protección de las cuencas hidrográficas en toda California. El objetivo es combinar los esfuerzos regulatorios y voluntarios, al tiempo que se actualizan los controles de calidad del agua en la Bahía de San Francisco/Delta del Sacramento-San Joaquín para beneficiar al medio ambiente.

Los fondos pueden utilizarse para una variedad de proyectos, como la restauración de humedales y ríos, la mejora de hábitats para peces o el aumento de los caudales de los arroyos. Los proyectos deben ser colaborativos, involucrando a agencias federales, estatales y locales, así como a otras organizaciones, para generar beneficios ecológicos y de suministro de agua.

Los fondos no deben utilizarse para la construcción de instalaciones de transporte del Delta. Si no se presenta ningún acuerdo voluntario antes del 1 de junio de 2018, los fondos restantes podrán ser redirigidos a otros proyectos hídricos relacionados. También existe un requisito de presentación de informes financieros anuales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80114(a) Del monto disponible conforme a la Sección 80110, doscientos millones de dólares ($200,000,000) están disponibles para la Agencia de Recursos Naturales para la implementación de acuerdos voluntarios que proporcionen calidad del agua, suministro de agua y protección y restauración de cuencas hidrográficas con múltiples beneficios para las cuencas del estado, a fin de lograr los objetivos de integrar los esfuerzos regulatorios y voluntarios, implementar un Plan de Control de Calidad del Agua del Estuario de la Bahía de San Francisco/Delta del Sacramento-San Joaquín actualizado de la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos y garantizar beneficios ecológicos. El gasto de los fondos proporcionados en esta sección se realizará de acuerdo con lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 80114(a)(1) Para los fines de esta sección, la restauración de cuencas hidrográficas incluye actividades para financiar hábitats de humedales, beneficios para el salmón, la trucha arcoíris (steelhead) y la pesca, mejorar y restaurar la salud de los ríos, modernizar los cruces de arroyos, alcantarillas y puentes, reconectar llanuras aluviales históricas, instalar o mejorar rejillas para peces, proporcionar pasos para peces, restaurar cauces de ríos, restaurar o mejorar el hábitat ribereño, acuático y terrestre, mejorar las funciones ecológicas, adquirir de vendedores voluntarios servidumbres de conservación para franjas de amortiguación ribereñas, mejorar la gestión local de cuencas hidrográficas, la gestión de la depredación, la gestión de criaderos y eliminar sedimentos o basura.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80114(a)(2) Para los fines de esta sección, los fondos pueden utilizarse para proyectos que mejoren de manera medible los caudales de los arroyos en un momento y lugar necesarios para proporcionar beneficios para la pesca o el ecosistema, o mejoras que superen las condiciones de flujo existentes. Los tipos de proyectos que pueden ser elegibles incluyen, entre otros, transacciones de agua como arrendamiento, compra o intercambio, peticiones de cambio de uso para beneficiar a peces y vida silvestre, almacenamiento superficial para ser utilizado para mejorar el caudal de los arroyos, abstención del ejercicio de derechos de agua, cambios en la gestión del agua, almacenamiento de agua subterránea y uso conjunto, proyectos de restauración de hábitat que modifican el hidrograma del arroyo, eficiencia hídrica en general, eficiencia de riego y mejoras en la infraestructura hídrica que ahorran agua y permiten la modificación del hidrograma del arroyo, la reconexión de los flujos de inundación con llanuras aluviales restauradas y las reoperaciones de embalses tanto en sitios de almacenamiento existentes como nuevos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80114(b) Los fondos autorizados por esta sección están disponibles para gastos directos y subvenciones de asistencia local por parte de la Agencia de Recursos Naturales, en consulta con el Departamento de Pesca y Vida Silvestre, que cumplan con todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 80114(b)(1) Implementar acuerdos voluntarios ejecutados por el Departamento de Pesca y Vida Silvestre con agencias federales y estatales, gobiernos locales, distritos y agencias de agua, y organizaciones no gubernamentales que mejoren los flujos ecológicos y el hábitat para las especies, creen certeza en el suministro de agua y regulatoria para los usuarios del agua, y fomenten un enfoque colaborativo para facilitar la implementación del Plan de Control de Calidad del Agua de la Bahía-Delta de la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80114(b)(2) Implementar un acuerdo voluntario presentado por el Departamento de Pesca y Vida Silvestre a la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos el 1 de junio de 2018 o antes, para su consideración.
(3)CA Recursos Públicos Code § 80114(b)(3) Implementar un acuerdo voluntario que sea de importancia a nivel estatal, restaure funciones acuáticas o ribereñas naturales o hábitat de humedales para aves y especies acuáticas, proteja o promueva la restauración de especies en peligro de extinción o amenazadas, mejore la fiabilidad de los suministros de agua a nivel regional o interregional, y proporcione beneficios económicos regionales o estatales significativos.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80114(c) Los fondos proporcionados por esta sección no se gastarán para pagar los costos de diseño, construcción, operación, mitigación o mantenimiento de las instalaciones de transporte del Delta.
(d)CA Recursos Públicos Code § 80114(d) Si el Departamento de Pesca y Vida Silvestre presenta un acuerdo voluntario que cumple con el párrafo (2) de la subdivisión (b), los fondos no comprometidos disponibles conforme a esta sección para implementar ese acuerdo voluntario dejarán de estar disponibles 15 años después de la fecha en que la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos apruebe el acuerdo presentado, momento en el cual los fondos restantes disponibles conforme a esta sección pasarán a estar disponibles para la Agencia de Recursos Naturales para los fines de las Secciones 79732 y 79736 del Código del Agua. Si no se presentan acuerdos voluntarios el 1 de junio de 2018 o antes, los fondos restantes estarán disponibles para la Agencia de Recursos Naturales para los fines de las Secciones 79732 y 79736 del Código del Agua. El Secretario de la Agencia de Recursos Naturales garantizará un informe anual de los fondos conforme a la Sección 80012.

Section § 80115

Explanation

Esta sección de la ley asigna $50 millones al Departamento de Pesca y Vida Silvestre de California para solucionar problemas de mantenimiento atrasados. Se alienta al departamento a trabajar con organizaciones sin fines de lucro y otras organizaciones para ayudar a decidir cómo gastar el dinero, mejorar las experiencias de los visitantes y fomentar la participación de jóvenes y comunidades desfavorecidas.

Del monto disponible conforme a la Sección 80110, cincuenta millones de dólares ($50,000,000) estarán disponibles para el Departamento de Pesca y Vida Silvestre para mejoras de capital que aborden el atraso del Departamento de Pesca y Vida Silvestre en el mantenimiento diferido. Cuando sea práctico, el Departamento de Pesca y Vida Silvestre se asociará con organizaciones sin fines de lucro y organizaciones no gubernamentales para informar el gasto de estos fondos, mejorar la experiencia del visitante y, cuando sea factible, aumentar la participación de jóvenes y comunidades desfavorecidas.

Section § 80116

Explanation
Esta ley asigna $170 millones a la Agencia de Recursos Naturales para proyectos de restauración en el Mar de Salton, específicamente los detallados en el Plan de 10 Años del Programa de Gestión del Mar de Salton de marzo de 2017 y cualquier actualización de dicho plan.