Section § 80060

Explanation

Esta ley define lo que se considera un 'distrito' para los fines de este capítulo. Incluye distritos regionales de parques y distritos de espacios abiertos creados bajo ciertas secciones de la División 5, y cualquier distrito de recreación y parques bajo el Capítulo 4 de la misma división. También abarca cualquier autoridad formada bajo la División 26. Si una comunidad o área no incorporada no tiene un distrito o parques de la ciudad/condado, 'distrito' también puede significar cualquier entidad que gestione terrenos de parques bajo la División 20 del Código del Agua.

Para los fines de este capítulo, «distrito» significa cualquier distrito regional de parques, distrito regional de parques y espacios abiertos, o distrito regional de espacios abiertos constituido conforme al Artículo 3 (que comienza con la Sección 5500) del Capítulo 3 de la División 5, cualquier distrito de recreación y parques constituido conforme al Capítulo 4 (que comienza con la Sección 5780) de la División 5, o cualquier autoridad constituida conforme a la División 26 (que comienza con la Sección 35100). Con respecto a cualquier comunidad o región no incorporada que no esté incluida dentro de un distrito, y en la que ninguna ciudad o condado proporcione parques o áreas o instalaciones recreativas, «distrito» también significa cualquier otra entidad, incluyendo, pero no limitado a, un distrito que opere terrenos de parques de uso múltiple conforme a la División 20 (que comienza con la Sección 71000) del Código del Agua.

Section § 80061

Explanation

Esta ley destina $200 millones en subvenciones a gobiernos locales para mejorar, crear y rehabilitar parques locales, distribuidos según la población. Su objetivo es reparar infraestructuras y solucionar problemas de acceso a espacios al aire libre.

Además, se asignan $15 millones para servicios de parques y recreación en ciudades y distritos dentro de condados más grandes (con 500,000 habitantes o más) que tengan poblaciones de 200,000 habitantes o menos. Estos fondos también priorizan áreas con acceso limitado a espacios al aire libre.

Los beneficiarios de las subvenciones generalmente deben cubrir el 20% de los costos, a menos que el proyecto beneficie a una comunidad gravemente desfavorecida.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80061(a) La suma de doscientos millones de dólares ($200,000,000) estará disponible para el departamento, previa asignación de la Legislatura, para subvenciones a gobiernos locales destinadas a la rehabilitación, creación y mejora de parques locales, sobre una base per cápita. Se alentará a los beneficiarios de las subvenciones a utilizar los fondos para rehabilitar la infraestructura existente y para abordar las deficiencias en los vecindarios que carecen de acceso a espacios al aire libre.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80061(b) La suma de quince millones de dólares ($15,000,000) estará disponible para el departamento, previa asignación de la Legislatura, para subvenciones a ciudades y distritos en condados urbanizados que presten servicios de parques y recreación dentro de jurisdicciones de 200,000 habitantes o menos. Para los fines de esta subdivisión, "condado urbanizado" significa un condado con una población de 500,000 habitantes o más. Una entidad elegible para recibir fondos bajo esta subdivisión también será elegible para recibir fondos disponibles bajo la subdivisión (a).
(c)CA Recursos Públicos Code § 80061(c) A menos que el proyecto haya sido identificado como un servicio a una comunidad gravemente desfavorecida, una entidad que reciba una subvención conforme a esta sección deberá proporcionar una contrapartida del 20 por ciento como participación local.

Section § 80062

Explanation

Esta ley detalla cómo se asignan los fondos para parques y espacios recreativos en California. El sesenta por ciento de los fondos se distribuye a ciudades y distritos según su población en comparación con la población total del estado, y cada uno recibe al menos $200,000. Si los límites de una ciudad y un distrito se superponen, deben acordar un plan de distribución de fondos antes del 1 de abril de 2020, o el director del departamento decidirá por ellos. El 40% restante de los fondos se destina a condados y distritos regionales de parques, con asignaciones también basadas en la población y un mínimo de $400,000 para cada condado. Para las áreas dentro de los territorios de condados y distritos, los fondos se dividen según la población.

Los datos de población utilizados para estos cálculos deben provenir del censo más reciente y otras fuentes verificables. Los fondos están destinados a mejorar los ingresos locales existentes sin reemplazar la financiación actual de los parques. Los beneficiarios no deben disminuir sus niveles de financiación regular para parques al recibir esta asignación y deben proporcionar datos financieros de tres años si el Contralor lo solicita.

(a)Copy CA Recursos Públicos Code § 80062(a)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 80062(a)(1) El departamento asignará el 60 por ciento de los fondos disponibles conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80061 a las ciudades y distritos, que no sean un distrito regional de parques, un distrito regional de parques y espacios abiertos, una autoridad de espacios abiertos o un distrito regional de espacios abiertos. La asignación de cada ciudad y distrito se hará en la misma proporción en que la población de la ciudad o distrito se relacione con el total combinado de la población del estado que se incluye en las áreas incorporadas y no incorporadas dentro del condado, salvo que cada ciudad o distrito tendrá derecho a una asignación mínima de doscientos mil dólares ($200,000). Si el límite de una ciudad se superpone con el límite de un distrito, la población en el área superpuesta se atribuirá a cada jurisdicción en proporción a la medida en que cada una opere y administre parques y áreas e instalaciones recreativas para esa población. Si el límite de una ciudad se superpone con el límite de un distrito, y en el área de superposición la ciudad no opera ni administra parques y áreas e instalaciones recreativas, todos los fondos de subvención para esa área se asignarán al distrito.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80062(a)(2) A más tardar el 1 de abril de 2020, una ciudad y un distrito que estén sujetos al párrafo (1), y cuyos límites se superpongan, deberán desarrollar en colaboración y presentar al departamento un plan específico para la asignación de los fondos de subvención de acuerdo con la fórmula especificada en el párrafo (1). Si, para esa fecha, el plan no ha sido desarrollado y presentado al departamento, el director determinará la asignación de los fondos de subvención entre las jurisdicciones afectadas.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 80062(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 80062(b)(1) El departamento asignará el 40 por ciento de los fondos disponibles conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80061 a los condados y distritos regionales de parques, distritos regionales de parques y espacios abiertos, autoridades de espacios abiertos formadas conforme a la División 26 (que comienza con la Sección 35100), y distritos regionales de espacios abiertos formados conforme al Artículo 3 (que comienza con la Sección 5500) del Capítulo 3 de la División 5.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80062(b)(2) La asignación de cada condado conforme al párrafo (1) se hará en la misma proporción en que la población del condado se relacione con la población total del estado, salvo que cada condado tendrá derecho a una asignación mínima de cuatrocientos mil dólares ($400,000).
(3)CA Recursos Públicos Code § 80062(b)(3) En cualquier condado que abarque la totalidad o parte del territorio de un distrito regional de parques, un distrito regional de parques y espacios abiertos, una autoridad de espacios abiertos o un distrito regional de espacios abiertos, y cuya junta directiva no sea la junta de supervisores del condado, la cantidad asignada al condado se repartirá entre ese distrito y el condado en proporción a la población del condado que está incluida dentro del territorio del distrito y la población del condado que está fuera del territorio del distrito.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80062(c) A los efectos de realizar los cálculos requeridos por esta sección, la población será determinada por el departamento, en cooperación con el Departamento de Finanzas, sobre la base de los datos censales verificables más recientes y otros datos de población verificables que el departamento pueda requerir que sean proporcionados por la ciudad, condado o distrito solicitante.
(d)CA Recursos Públicos Code § 80062(d) La Legislatura tiene la intención de que todos los beneficiarios de fondos conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80061 utilicen esos fondos para complementar los ingresos locales existentes en la fecha de entrada en vigor de la ley que añade esta división. Para recibir una asignación conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80061, el beneficiario no deberá reducir la cantidad de fondos que de otro modo estarían disponibles para ser gastados en parques u otros proyectos elegibles para fondos bajo esta división en su jurisdicción. Una asignación única de otros fondos que se hayan gastado en parques u otros proyectos, pero que no esté disponible de forma continua, no se considerará al calcular los gastos anuales de un beneficiario. A los efectos de esta subdivisión, el Contralor podrá solicitar datos fiscales a los beneficiarios correspondientes a los tres ejercicios fiscales anteriores. Cada beneficiario deberá proporcionar los datos al Contralor a más tardar 120 días después de recibir la solicitud del Contralor.

Section § 80063

Explanation

Esta sección de la ley exige que el director del departamento cree reglas para evaluar las solicitudes de subvenciones relacionadas con proyectos de parques y recreación. Los solicitantes deben confirmar que su proyecto se alinea con los planes locales de parques y recreación. Además, anima a las jurisdicciones cercanas y a los grupos con objetivos similares a unir fuerzas en proyectos para usar el dinero de las subvenciones de manera efectiva. Pueden asignar fondos de subvención para proyectos regionales o estatales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80063(a) El director del departamento preparará y adoptará criterios y procedimientos para evaluar las solicitudes de subvenciones asignadas conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80061. La solicitud deberá ir acompañada de una certificación de que el proyecto es consistente con el elemento de parques y recreación del plan general aplicable de la ciudad o el condado o el plan de recreación de parques del distrito, según sea el caso.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80063(b) Para utilizar los fondos de subvención disponibles de la manera más efectiva posible, se anima a las jurisdicciones superpuestas y adyacentes y a los solicitantes con objetivos similares a combinar proyectos y presentar una solicitud conjunta. Un beneficiario puede asignar la totalidad o una parte de su cuota per cápita para un proyecto regional o estatal.

Section § 80065

Explanation

Esta ley destina $30 millones para que el departamento estatal los distribuya como subvenciones a distritos de parques, condados y organizaciones sin fines de lucro, con el fin de mejorar y crear parques e instalaciones relacionadas con parques. Estas subvenciones se otorgan de forma competitiva y priorizan proyectos que ofrecen nuevo uso y acceso público, beneficiando particularmente a jóvenes y comunidades de color.

Se favorecen los proyectos que incluyen senderos de usos múltiples sobre los de un solo uso. Además, $5 millones de los $30 millones se destinan específicamente a proyectos en parques estatales administrados por organizaciones sin fines de lucro con acuerdos existentes con el departamento.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80065(a) La suma de treinta millones de dólares ($30,000,000) estará disponible para el departamento, previa asignación de la Legislatura, para subvenciones a distritos regionales de parques, condados y distritos regionales de espacios abiertos, autoridades de espacios abiertos constituidas conforme a la División 26 (que comienza con la Sección 35100), autoridades de poderes conjuntos y organizaciones sin fines de lucro elegibles, sobre una base de subvenciones competitivas para crear, expandir, mejorar, rehabilitar o restaurar parques e instalaciones de parques, incluyendo, entre otros, senderos, redes de senderos regionales, complejos deportivos regionales, alojamientos de bajo costo en instalaciones de parques e instalaciones para visitantes, al aire libre e interpretativas que atienden a jóvenes y comunidades de color.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80065(b) Al otorgar fondos, el departamento alentará a los solicitantes que buscan fondos para proyectos de adquisición a realizar proyectos en conjunto con nuevas o mejoradas oportunidades de uso público y acceso público.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80065(c) Se podrá dar preferencia a los proyectos de senderos de usos múltiples sobre los proyectos de senderos de un solo uso.
(d)CA Recursos Públicos Code § 80065(d) No obstante el párrafo (a), del monto sujeto a esta sección, la suma de cinco millones de dólares ($5,000,000) estará disponible para proyectos en unidades del sistema de parques estatales que son administradas por organizaciones sin fines de lucro que han celebrado acuerdos operativos con el departamento.

Section § 80066

Explanation
Esta sección de la ley destina $40 millones para subvenciones a agencias locales que obtuvieron la aprobación de los votantes entre el 1 de noviembre de 2012 y el 30 de noviembre de 2018. Estas subvenciones están destinadas a proyectos para mejorar y realzar la infraestructura de parques. Las subvenciones se otorgarán en función de la población atendida por la agencia, y cada agencia recibirá al menos $250,000.