Section § 80050

Explanation

Esta ley destina $725 millones para la creación y expansión de parques en vecindarios que no tienen muchos parques. El dinero se distribuye a través de un programa de subvenciones competitivo y debe ser aprobado por la Legislatura. Al decidir quién recibe el dinero, se pueden favorecer los proyectos que ayuden a capturar y almacenar el agua de lluvia o a reducir la contaminación.

El departamento encargado de gestionar estas subvenciones debe verificar cuidadosamente si un solicitante tiene la capacidad financiera y operativa para llevar a cabo el proyecto. Deben asegurarse de que el proyecto ofrezca los máximos beneficios públicos y se complete a tiempo.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80050(a) La suma de setecientos veinticinco millones de dólares ($725,000,000) estará disponible para el departamento, previa asignación por parte de la Legislatura, para la creación y expansión de parques vecinales seguros en vecindarios con pocos parques, de conformidad con el programa de subvenciones competitivo de la Ley de Desarrollo de Parques a Nivel Estatal y Revitalización Comunitaria de 2008, descrito en el Capítulo 3.3 (que comienza con la Sección 5640) de la División 5.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80050(b) Al desarrollar o revisar los criterios o las directrices para el programa de subvenciones, el departamento podrá otorgar consideración adicional a los proyectos que incorporen la captura y almacenamiento de aguas pluviales o que de otro modo reduzcan la contaminación por aguas pluviales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 80050(c) El departamento deberá realizar su debida diligencia mediante la realización de un riguroso proceso de precalificación para determinar la capacidad fiscal y operativa de un posible beneficiario de la subvención para gestionar un proyecto que cumpla con los dos puntos siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 80050(c)(1) Maximizar el beneficio público del proyecto.
(2)CA Recursos Públicos Code § 80050(c)(2) Implementar el proyecto de manera oportuna.

Section § 80051

Explanation
Esta ley exige que al menos el 20% de un presupuesto específico se utilice para rehabilitar, readaptar o mejorar significativamente la infraestructura de parques existente. El objetivo es aumentar el uso y mejorar la experiencia de los visitantes de los parques en comunidades de todo el estado.

Section § 80052

Explanation

Esta sección describe las asignaciones de fondos para mejorar parques locales y crear nuevos en comunidades específicas de California que históricamente han recibido poca inversión en estas áreas. Un total de $48 millones se destina a subvenciones para crear o mejorar parques en el Valle Central, Inland Empire, comunidades de entrada, rurales y desérticas, dirigidas a proyectos de salud, estado físico y recreación para jóvenes. Los proyectos que impliquen donaciones o colaboración entre diferentes grupos pueden recibir consideración especial.

Además, se reservan $22 millones para subvenciones a pueblos desérticos del Condado de San Bernardino que se incorporaron después de 1990 y tienen poblaciones inferiores a 22,000 habitantes. Estos pueblos deben tener un plan maestro para desarrollar instalaciones públicas, como centros acuáticos y de acondicionamiento físico, para recibir financiación.

(a)CA Recursos Públicos Code § 80052(a) Del monto disponible conforme a la subdivisión (a) de la Sección 80050, para corregir las subinversiones históricas en las comunidades del Valle Central, Inland Empire, de entrada, rurales y desérticas, la suma de cuarenta y ocho millones de dólares ($48,000,000) estará disponible para subvenciones de creación y mejora de parques locales a las comunidades identificadas por el departamento como deficientes en parques dentro de esas áreas para proyectos recreativos activos, incluidos centros acuáticos, para fomentar la salud, el estado físico y las actividades recreativas de los jóvenes. Los proyectos que incluyan la donación parcial o total de terrenos, materiales o servicios voluntarios y que demuestren colaboraciones de múltiples entidades y el aprovechamiento de recursos escasos podrán ser considerados. Las entidades que reciban una subvención en virtud de esta sección también podrán ser elegibles para recibir otras subvenciones en virtud de la subdivisión (a) de la Sección 80050.
(b)CA Recursos Públicos Code § 80052(b) Del monto sujeto a esta sección, veintidós millones de dólares ($22,000,000) estarán disponibles para el departamento, previa asignación por la Legislatura, para subvenciones a pueblos de comunidades desérticas en el Condado de San Bernardino, incorporados después de 1990, con una estimación de población inferior a 22,000 según las Estimaciones de Población de la Oficina del Censo de los Estados Unidos al 1 de julio de 2016, que hayan adoptado un plan maestro a partir de 2008 que incluya recomendaciones para el desarrollo de instalaciones públicas que ayuden a lograr proyectos recreativos activos, incluidos centros acuáticos y de acondicionamiento físico.