Section § 75260

Explanation

Esta ley establece el Programa de Capital para el Tránsito de Cero Emisiones, administrado por la Agencia de Transporte, para financiar proyectos de tránsito ecológicos. Los fondos del programa se dividen entre diferentes agencias regionales de planificación del transporte. Estas agencias pueden usar los fondos para comprar vehículos de cero emisiones e infraestructura o para mantener los servicios de tránsito y aumentar el número de usuarios. Las agencias deben seguir las directrices financieras e informar cómo utilizan los fondos, detallando los gastos en operaciones y las compras de vehículos de cero emisiones y estaciones de reabastecimiento de combustible. El objetivo es apoyar financieramente a los operadores de tránsito mientras se promueve un tránsito sostenible y se prioriza el transporte para quienes dependen de él.

(a)CA Recursos Públicos Code § 75260(a) Por la presente se establece el Programa de Capital para el Tránsito de Cero Emisiones, el cual será administrado por la Agencia de Transporte.
(b)CA Recursos Públicos Code § 75260(b) Los fondos asignados para el Programa de Capital para el Tránsito de Cero Emisiones serán distribuidos por la Agencia de Transporte a las agencias regionales de planificación del transporte, destinándose el 50 por ciento de los fondos disponibles para el programa de conformidad con el párrafo (1) del apartado (a) de la Sección 99312.1 del Código de Servicios Públicos y el otro 50 por ciento de conformidad con el párrafo (2) del apartado (a) de la Sección 99312.1 del Código de Servicios Públicos.
(c)CA Recursos Públicos Code § 75260(c) La Agencia de Transporte asignará fondos bajo este programa a las agencias regionales de planificación del transporte sujetas a los requisitos de la Sección 13987 del Código de Gobierno y a las directrices adoptadas de conformidad con dicha sección.
(d)CA Recursos Públicos Code § 75260(d) Una agencia regional de planificación del transporte podrá utilizar los fondos asignados bajo el programa para los siguientes fines:
(1)CA Recursos Públicos Code § 75260(d)(1) Financiar equipos de tránsito de cero emisiones, incluyendo, entre otros, vehículos de cero emisiones e infraestructura de reabastecimiento de combustible.
(2)CA Recursos Públicos Code § 75260(d)(2) Financiar gastos de operaciones de tránsito que eviten la reducción o eliminación del servicio con el fin de mantener o aumentar el número de usuarios del transporte público.
(e)CA Recursos Públicos Code § 75260(e) Una agencia regional de planificación del transporte solo podrá utilizar los fondos para el fin especificado en el párrafo (2) del apartado (d) si el gasto es consistente con un plan financiero regional a corto plazo o un plan financiero a largo plazo, según corresponda, aprobado de conformidad con la Sección 13987 del Código de Gobierno.
(f)CA Recursos Públicos Code § 75260(f) Al permitir que los fondos del programa estén disponibles para costos operativos, la intención de la Legislatura es que dichos gastos cumplan con todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 75260(f)(1) Proporcionar financiación puente única y plurianual para que los operadores de tránsito aborden los costos operativos hasta que se identifiquen soluciones de sostenibilidad del tránsito a largo plazo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 75260(f)(2) Ayudar a los operadores de tránsito a prevenir recortes de servicio y aumentar el número de usuarios.
(3)CA Recursos Públicos Code § 75260(f)(3) Priorizar la disponibilidad del tránsito para los usuarios que dependen del transporte público.
(4)CA Recursos Públicos Code § 75260(f)(4) Priorizar a las agencias de tránsito que representan un porcentaje significativo del número de usuarios de la región.
(g)CA Recursos Públicos Code § 75260(g) A más tardar el 31 de octubre de cada año, una agencia regional de planificación del transporte que haya recibido fondos bajo el programa deberá presentar un informe a la Agencia de Transporte sobre el uso de dichos fondos durante el año fiscal anterior. El informe deberá incluir toda la siguiente información:
(1)CA Recursos Públicos Code § 75260(g)(1) Cuánto financiamiento se utilizó para costos operativos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 75260(g)(2) El número, tipo, fecha y ubicación de los autobuses, trenes u otros vehículos de cero emisiones adquiridos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 75260(g)(3) El número, tipo, datos y ubicación de las estaciones de carga eléctrica o estaciones de reabastecimiento de hidrógeno instaladas.
(4)CA Recursos Públicos Code § 75260(g)(4) La capacidad nominal del equipo instalado en kilovatios para las estaciones de carga eléctrica y en kilogramos por día para las estaciones de reabastecimiento de hidrógeno.
(5)CA Recursos Públicos Code § 75260(g)(5) Los costos totales y la fuente de financiación de los vehículos y equipos adquiridos utilizando estos fondos.
(h)CA Recursos Públicos Code § 75260(h) Para los fines de esta sección, "agencia regional de planificación del transporte" significa un receptor de fondos descrito en los párrafos (1) y (2) del apartado (a) de la Sección 99312.1 del Código de Servicios Públicos.