La suma de cuatrocientos cincuenta millones de dólares ($450,000,000) estará disponible para la protección y conservación de bosques y hábitat de vida silvestre de acuerdo con el siguiente cronograma:
(a)CA Recursos Públicos Code § 75055(a) No obstante la Sección 13340 del Código de Gobierno, la suma de ciento ochenta millones de dólares ($180,000,000) se asigna de forma continua a la junta para proyectos de conservación y protección forestal. El objetivo de este programa de subvenciones es promover la integridad ecológica y la estabilidad económica de los diversos bosques nativos de California para todos sus beneficios públicos a través de la conservación forestal, la preservación y restauración de tierras forestales productivas gestionadas, áreas de reserva forestal, bosques de secuoyas y otros tipos de bosques, incluida la conservación de los recursos hídricos y los hábitats naturales para peces, vida silvestre y plantas nativas que se encuentran en estas tierras.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 75055(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(1) No obstante la Sección 13340 del Código de Gobierno, la suma de ciento treinta y cinco millones de dólares ($135,000,000) se asigna por la presente de forma continua a la junta para el desarrollo, rehabilitación, restauración, adquisición y protección de hábitat que cumpla uno o más de los siguientes objetivos:
(A)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(1)(A) Promueve la recuperación de especies amenazadas y en peligro de extinción.
(B)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(1)(B) Proporciona corredores que unen áreas de hábitat separadas para evitar la fragmentación.
(C)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(1)(C) Protege paisajes naturales y ecosistemas significativos como secuoyas de crecimiento antiguo, bosques mixtos de coníferas y robledales, áreas ribereñas y humedales, y otras áreas de hábitat significativas.
(D)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(1)(D) Implementa las recomendaciones de la Estrategia Integral de Vida Silvestre de California, tal como se presentó en octubre de 2005 al Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(2) Los fondos autorizados por esta subdivisión podrán utilizarse para gastos directos o para subvenciones y para los costos administrativos estatales relacionados, de conformidad con la Ley de Conservación de la Vida Silvestre de 1947, el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1300) de la División 2 del Código de Pesca y Caza, la Ley de Conservación de Robledales, el Artículo 3.5 (que comienza con la Sección 1360) del Capítulo 4 de la División 2 del Código de Pesca y Caza, y la Ley de Protección de Pastizales, Tierras de Pastoreo y Praderas de California, que comienza con la Sección 10330 de la División 10.4. Los fondos programados en esta subdivisión podrán utilizarse para preparar planes de gestión para propiedades adquiridas por la Junta de Conservación de la Vida Silvestre y para el desarrollo de datos científicos, mapeo de hábitats y otra información de investigación necesaria para determinar las prioridades de restauración y adquisición en todo el estado.
(3)CA Recursos Públicos Code § 75055(b)(3) Se podrán otorgar hasta veinticinco millones de dólares ($25,000,000) a la Universidad de California para el Sistema de Reservas Naturales para subvenciones de contrapartida para la adquisición de tierras y para la construcción y desarrollo de instalaciones que se utilizarán para investigación y capacitación para mejorar la gestión de tierras naturales y la preservación de los recursos de vida silvestre de California.
(c)CA Recursos Públicos Code § 75055(c) La suma de noventa millones de dólares ($90,000,000) estará disponible para la junta para subvenciones destinadas a implementar o asistir en el establecimiento de Planes de Conservación de Comunidades Naturales, Capítulo 10 (que comienza con la Sección 2800) de la División 3 del Código de Pesca y Caza.
(d)CA Recursos Públicos Code § 75055(d) La suma de cuarenta y cinco millones de dólares ($45,000,000) estará disponible para la protección de ranchos, granjas y robledales de acuerdo con el siguiente cronograma:
(1)CA Recursos Públicos Code § 75055(d)(1) Protección de tierras de pastoreo de conformidad con la Ley de Protección de Pastizales, Tierras de Pastoreo y Praderas de California, que comienza con la Sección 10330 de la División 10.4 . . . $15,000,000.
(2)CA Recursos Públicos Code § 75055(d)(2) Preservación de Robledales de conformidad con el Artículo 3.5 (que comienza con la Sección 1360) del Capítulo 4 de la División 2 del Código de Pesca y Caza . . . $15,000,000.
(3)CA Recursos Públicos Code § 75055(d)(3) Preservación de tierras agrícolas de conformidad con la Ley del Programa de Conservación de Tierras Agrícolas de California de 1995, Artículo 1 (que comienza con la Sección 10200) de la División 10.2 . . . $10,000,000.
(4)CA Recursos Públicos Code § 75055(d)(4) A la junta para subvenciones para ayudar a los agricultores a integrar actividades agrícolas con la restauración de ecosistemas y la protección de la vida silvestre . . . $5,000,000.