Section § 71550

Explanation

Esta sección explica que, una vez que se nombra a la mayoría de los miembros de la junta, estos actuarán como fundadores de una dotación. Deben completar todos los pasos necesarios para crear esta dotación bajo la Ley de Corporaciones de Beneficio Público sin Fines de Lucro.

Además, la ley especifica que la dotación solo debe constituirse después de que la junta haya recibido una notificación inicial de solicitud del Departamento de Pesca y Caza.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71550(a) Los miembros de la junta nombrados por primera vez fungirán como fundadores de la dotación y tomarán todas las medidas necesarias para establecer la dotación de conformidad con la Ley de Corporaciones de Beneficio Público sin Fines de Lucro (Part 2 (commencing with Section 5110) of Division 2 of Title 1 of the Corporations Code) una vez que se haya nombrado a la mayoría de la junta.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71550(b) Es la intención de la Legislatura que la dotación no se constituya hasta que la junta de la dotación haya recibido su notificación inicial de solicitud del Departamento de Pesca y Caza, de conformidad con Section 6610 del Código de Pesca y Caza.

Section § 71551

Explanation

Esta sección establece que la Dotación de California para la Preservación Marina está designada para recibir el dinero que se recauda bajo la Ley del Legado de Recursos Marinos de California. Esta ley implica diversas regulaciones vinculadas a la conservación y gestión marina.

La Dotación de California para la Preservación Marina recibirá fondos generados de conformidad con la Ley del Legado de Recursos Marinos de California (Article 2 (commencing with Section 6420) of Chapter 5 of Part 1 of Division 6 of the Fish and Game Code).

Section § 71552

Explanation

La dotación está diseñada para proporcionar financiación continua a proyectos destinados a conservar y mejorar los recursos costeros y marinos de California. Las subvenciones pueden destinarse a agencias públicas u organizaciones sin fines de lucro para actividades como investigación, mejora del hábitat, programas de aplicación de la ley, iniciativas de pesca sostenible y más. Hasta el 10% de los fondos anuales pueden utilizarse para investigación, la cual debe aprovechar la experiencia académica local. El objetivo es fomentar actividades marinas sostenibles y proteger las aguas costeras abiertas.

La dotación no sustituye la financiación presupuestaria regular para estos esfuerzos. También puede obtener subvenciones o préstamos y asociarse con diversas agencias o instituciones para avanzar en su misión. Se debe crear y actualizar anualmente un plan de negocios, y se debe presentar un informe anual al Gobernador y a la Legislatura detallando las actividades del año anterior, la salud financiera y las subvenciones o préstamos específicos otorgados.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71552(a) El propósito de la dotación es crear una fuente permanente de financiación para proyectos y programas que conserven, protejan, restauren y mejoren los recursos costeros y marinos del estado, con énfasis en los recursos marinos costeros abiertos, y que mejoren la sostenibilidad de las actividades marinas y fomenten y apoyen actividades marinas ambientalmente sostenibles. Para lograr este objetivo, la junta de la dotación puede otorgar subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para apoyar cualquiera o todas las siguientes actividades:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(1) Investigación aplicada, incluyendo, entre otros, el monitoreo y la recopilación de datos en apoyo de proyectos para conservar, proteger, restaurar y mejorar los recursos marinos costeros abiertos del estado. Al hacerlo, la junta deberá aprovechar al máximo la experiencia en investigación científica disponible de la Universidad de California, la Universidad Estatal de California, otras instituciones de educación superior e instituciones de investigación de ciencias marinas con experiencia en cuestiones de recursos marinos. No más del 10 por ciento de los fondos otorgados por la dotación en cualquier año fiscal se destinarán a investigación.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(2) Proyectos en aguas costeras abiertas que mejoren las actividades marinas ambientalmente sostenibles.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(3) Proyectos en aguas costeras abiertas para mejorar el hábitat de la vida marina costera abierta, incluyendo, entre otros, la identificación, el monitoreo y la protección de áreas ecológicas importantes.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(4) Programas de aplicación de la ley que protejan, conserven y mejoren los recursos naturales y el hábitat marino en y adyacentes a aguas costeras abiertas, incluyendo la regulación de la captura de especies marinas costeras abiertas y el monitoreo de especies y hábitat marinos costeros abiertos con énfasis en enfoques innovadores.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(5) Programas para ayudar al establecimiento de niveles de pesca sostenibles, incluyendo, entre otros, la gestión basada en ecosistemas de especies forrajeras, y programas para reducir o prevenir el daño al hábitat en aguas costeras abiertas.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(6) Programas para monitorear la captura y la captura incidental y para reducir la captura incidental en pesquerías gestionadas por el Estado de California y por los Estados Unidos.
(7)CA Recursos Públicos Code § 71552(a)(7) Programas, proyectos y actividades directamente relacionados con la conservación, protección, restauración y mejora de los recursos costeros y marinos del estado, con énfasis en los recursos marinos costeros abiertos, y que estén autorizados por el párrafo (2) de la subdivisión (b) de la Sección 35650 o por la Sección 75060.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71552(b) Los fondos proporcionados por la dotación no están destinados, y no se utilizarán, para reemplazar la financiación proporcionada a través del proceso presupuestario anual para apoyar obligaciones y actividades existentes relacionadas con los recursos costeros y marinos.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71552(c) La junta de la dotación también puede hacer todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71552(c)(1) Obtener subvenciones de, y contratar con, individuos y con agencias, organizaciones e instituciones privadas, locales, estatales y federales.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71552(c)(2) Contratar con, o otorgar subvenciones a, organizaciones de conservación y educativas; institutos marinos; acuarios y museos; instituciones de educación superior; y agencias locales, estatales y federales para llevar a cabo los propósitos de este capítulo.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71552(c)(3) Prestar fondos a agencias, organizaciones e instituciones locales, estatales y federales para llevar a cabo los propósitos de este capítulo.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71552(d) La dotación deberá crear un plan de negocios para un período de cinco años. La dotación deberá actualizar el plan anualmente.
(e)CA Recursos Públicos Code § 71552(e) El 1 de febrero o antes de cada año siguiente a la constitución, la dotación deberá presentar un informe del año fiscal anterior al Gobernador y a los comités fiscales y de políticas apropiados de la Legislatura. El informe deberá incluir todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71552(e)(1) El plan de negocios actualizado creado de conformidad con la subdivisión (c).
(2)CA Recursos Públicos Code § 71552(e)(2) Un informe completo y detallado de las operaciones, actividades, condición financiera y logros de la dotación bajo esta sección.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71552(e)(3) Una lista de cada beneficiario de una subvención de la dotación y los propósitos y el monto de dicha subvención.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71552(e)(4) Una lista de cualquier préstamo que la dotación haya recibido y el plan para reembolsar el préstamo.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71552(e)(5) Un informe de cada auditoría independiente requerida de conformidad con la subdivisión (e) de la Sección 71560.

Section § 71553

Explanation
Esta ley establece que los miembros de la junta y el personal relevante deben estar preparados para declarar ante las comisiones legislativas apropiadas cuando se les solicite.

Section § 71554

Explanation
Esta ley establece que la dotación tiene prohibido dar dinero o apoyo de cualquier tipo a partidos políticos, candidatos que se postulan para cargos públicos o iniciativas en la boleta electoral.

Section § 71555

Explanation

Esta ley permite que la dotación contrate a sus propios empleados y obtenga asesoría legal, pero estos empleados no se consideran empleados estatales de California. Tampoco están cubiertos por ciertas leyes laborales estatales, según lo establecido en códigos gubernamentales específicos. Sin embargo, tienen derecho a representación bajo la ley laboral federal, específicamente la Ley Nacional de Relaciones Laborales.

La dotación puede contratar empleados y obtener asesoría legal. Ningún empleado de la dotación es empleado del Estado de California. Ningún empleado de la dotación está sujeto al Capítulo 10.3 (commencing with Section 3512) de, o al Capítulo 10.5 (commencing with Section 3525) de, la División 4 del Título 1 del Código de Gobierno. Los empleados de la dotación tienen derecho a representación consistente con la Ley Nacional de Relaciones Laborales federal (29 U.S.C. Sec. 151 et seq.).

Section § 71556

Explanation
Esta sección de la ley establece que la dotación debe colaborar con varias agencias estatales y federales involucradas en la conservación ambiental y la gestión marina, como el Departamento de Pesca y Caza y la Comisión Costera de California. También aclara que esta coordinación no reduce la autoridad ni las responsabilidades de dichas agencias.