(a)CA Recursos Públicos Code § 71410(a) Para los fines de esta parte, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(1) Por “Agencia” se entiende la Agencia de Protección Ambiental de California.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(2) Por “comunidad desfavorecida” se entiende una comunidad identificada de conformidad con la Sección 39711 del Código de Salud y Seguridad.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(3) Por “calor extremo” se entienden temperaturas crecientes u otras condiciones meteorológicas que podrían resultar en cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(3)(A) Ola de calor extremo.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(3)(B) Evento de salud por calor.
(C)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(3)(C) Vigilancia, advertencia o aviso de calor del Servicio Meteorológico Nacional, la Oficina de Servicios de Emergencia o un funcionario de salud del condado.
(D)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(3)(D) Una proclamación de estado de emergencia por parte del Gobernador de conformidad con la Sección 8625 del Código de Gobierno.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(4) Por “ICARP” se entiende el Programa Integrado de Adaptación y Resiliencia Climática, establecido de conformidad con la Sección 71354, en la Oficina de Planificación e Investigación.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71410(a)(5) Por “comunidad vulnerable” se entiende lo mismo que se define en el subapartado (d) de la Sección 71340.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71410(b) A más tardar el 1 de enero de 2025, la agencia, en coordinación con el ICARP, el Departamento de Salud Pública del Estado y el Departamento de Seguros, desarrollará un sistema estatal de clasificación de calor extremo que se basará, entre otros, en todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71410(b)(1) Datos meteorológicos disponibles de fuentes gubernamentales y académicas, incluyendo la temperatura máxima, la temperatura mínima y la duración de los eventos de calor extremo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71410(b)(2) Información y datos sobre los impactos del calor en la salud establecidos a través de la mejor ciencia disponible o datos de eventos pasados de calor y calor extremo, incluyendo información disponible sobre mortalidad y morbilidad.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71410(b)(3) Medidas de la severidad del calor extremo, incluyendo la severidad del resultado del calor extremo en la salud humana.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71410(b)(4) Información relevante a nivel local, como los efectos de las islas de calor urbanas, o los efectos de enfriamiento de los doseles de árboles urbanos u otras medidas de enfriamiento.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71410(b)(5) Comentarios y sugerencias obtenidos de la participación pública recibida en un mínimo de un taller público, según corresponda.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71410(c) El sistema estatal de clasificación de calor extremo incluirá todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71410(c)(1) Recomendaciones sobre umbrales o desencadenantes para políticas públicas que reduzcan el riesgo de impactos del calor extremo y prioricen la reducción de los impactos del calor extremo en la salud humana.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71410(c)(2) Recomendaciones de métricas para medir los impactos a corto y largo plazo del calor extremo en la salud humana.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71410(c)(3) Una consideración de la información reportada por el Departamento de Seguros, incluyendo los resultados del estudio preparado de conformidad con el subapartado (f).
(d)CA Recursos Públicos Code § 71410(d) El sistema estatal de clasificación de calor extremo será adaptable para su uso a escalas localmente relevantes.
(e)CA Recursos Públicos Code § 71410(e) Una vez finalizado el sistema estatal de clasificación de calor extremo, el ICARP hará todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71410(e)(1) Desarrollar, en consulta con la Oficina de Servicios de Emergencia, el Departamento de Salud Pública del Estado, el Departamento de Seguros y otras agencias estatales, y con la aportación de gobiernos locales, departamentos de salud locales, organizaciones tribales, organizaciones laborales, organizaciones ambientales y grupos comunitarios de comunidades desfavorecidas y vulnerables, un plan de comunicación pública para el sistema estatal de clasificación de calor extremo con un enfoque en estrategias que dirijan las comunicaciones a las poblaciones con mayor riesgo de impactos en la salud pública y de emergencia por eventos de calor extremo, incluyendo, entre otras, las poblaciones más vulnerables. El plan de comunicación incluirá ambos de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71410(e)(1)(A) Planes de divulgación para llegar a poblaciones diversas y vulnerables.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71410(e)(1)(B) Recomendaciones para comunicaciones dirigidas por parte de los gobiernos locales que incluyan el uso de materiales culturalmente apropiados traducidos a múltiples idiomas basados en los idiomas comunes hablados en la localidad.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71410(e)(2) Recomendar asociaciones con departamentos de salud locales y gobiernos locales y tribales, y desarrollar una guía estatal para los gobiernos locales y tribales en la preparación y planificación de eventos de calor extremo.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71410(e)(3) Revisar el sistema de clasificación de calor extremo y, en consulta con el Departamento de Salud Pública del Estado, recomendar a los gobiernos locales medidas específicas y localmente relevantes de adaptación, preparación y resiliencia al calor que podrían vincularse al sistema estatal de clasificación de calor extremo e identificar cómo el sistema estatal de clasificación de calor extremo se alinea con políticas adicionales de adaptación al calor extremo de conformidad con la Sección 71354.
(f)CA Recursos Públicos Code § 71410(f) El Departamento de Seguros desarrollará un estudio que haga todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(1) Identifica eventos pasados de calor extremo con diferente duración, temperatura máxima, humedad e impactos medibles en la salud.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(2) Examina los eventos pasados de calor extremo identificados de conformidad con el párrafo (1) para determinar los costos económicos asegurados y no asegurados, las brechas de seguro entre grupos raciales y socioeconómicos que enfrentan impactos desproporcionados del calor extremo, y la efectividad de las coberturas de seguro, incluyendo entre diferentes tipos de pólizas de seguro y sus costos y pagos, para prevenir pérdidas o ayudar a las comunidades a planificar iniciativas de salud pública relacionadas con la lucha contra los efectos del calor extremo.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(3) Identifica opciones de seguro que apoyarán las medidas específicas de adaptación, preparación y resiliencia desarrolladas de conformidad con el párrafo (3) del subapartado (e).
(4)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(4) Extrae información de planes e iniciativas locales y regionales de mitigación del calor.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(5) Incorpora la aportación local para identificar los riesgos de calor locales que están o han estado históricamente sin asegurar y determinar las barreras encontradas por los gobiernos locales que intentan utilizar seguros u otras herramientas de financiación, incluyendo, entre otros, seguros paramétricos activados por el índice de calor, bonos de catástrofe y bonos de resiliencia, para financiar o apoyar estrategias de mitigación o adaptación al riesgo de calor.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71410(f)(6) Incluye recomendaciones para superar las barreras identificadas de conformidad con el párrafo (5) y detalla los elementos clave de posibles mecanismos modelo locales de transferencia de riesgo de calor.
(g)CA Recursos Públicos Code § 71410(g) A más tardar el 1 de julio de 2024, el Departamento de Seguros transmitirá los resultados del estudio preparado de conformidad con el subapartado (f) a la agencia, al ICARP y a los comités de política legislativa con jurisdicción sobre recursos naturales, calidad ambiental, seguros y el presupuesto, y publicará el estudio en su sitio web de internet.
(h)CA Recursos Públicos Code § 71410(h) El requisito de presentar un estudio impuesto en virtud del subapartado (g) quedará inoperante el 1 de enero de 2028, de conformidad con la Sección 10231.5 del Código de Gobierno.
(i)CA Recursos Públicos Code § 71410(i) La agencia, en coordinación con el ICARP, el Departamento de Salud Pública del Estado y el Departamento de Seguros, revisará y actualizará periódicamente el sistema de clasificación de calor extremo, según corresponda.
(Added by Stats. 2022, Ch. 264, Sec. 2. (AB 2238) Effective January 1, 2023.)