Section § 71150

Explanation

Esta ley define términos clave para una parte específica de la legislación ambiental. La 'Agencia' se refiere a la Agencia de Recursos Naturales, el 'Consejo' es el Consejo de Crecimiento Estratégico, y la 'Oficina' es la Oficina de Planificación e Investigación. El 'Plan' es el Plan de Salvaguardia de California, y las 'comunidades vulnerables' se refieren a una definición que se encuentra en otra ley, específicamente en la Sección 71340(d).

Para los fines de esta parte, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Recursos Públicos Code § 71150(a) Por «Agencia» se entiende la Agencia de Recursos Naturales.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71150(b) Por «Consejo» se entiende el Consejo de Crecimiento Estratégico.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71150(c) Por «Oficina» se entiende la Oficina de Planificación e Investigación.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71150(d) Por «Plan» se entiende el Plan de Salvaguardia de California.
(e)CA Recursos Públicos Code § 71150(e) Por «comunidades vulnerables» se entiende lo mismo que se establece en el apartado (d) de la Sección 71340.

Section § 71152

Explanation

Esta ley subraya que la estrategia climática de California debe centrarse en proteger a las comunidades, ecosistemas y sectores económicos más vulnerables del estado de los impactos del cambio climático, como fenómenos meteorológicos extremos e incendios forestales. Se anima a las agencias estatales a identificar y prepararse con precisión para estos desafíos, asegurando que cuenten con los recursos suficientes para responder eficazmente.

La ley destaca la necesidad de políticas que aborden los impactos del cambio climático con un enfoque en la justicia y la equidad. Estas políticas deben incluir procesos de planificación transparentes e inclusivos, priorizar los recursos para las comunidades en riesgo y tener como objetivo reducir las disparidades sociales y raciales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71152(a) Es la intención de la Legislatura priorizar las comunidades, ecosistemas y sectores económicos más vulnerables del estado en la estrategia de adaptación y resiliencia climática establecida en el Plan de Salvaguarda de California, asegurando que todos los departamentos y agencias estatales identifiquen con precisión, se preparen de manera colaborativa y cuenten con recursos suficientes para responder adecuadamente a los impactos del cambio climático, tales como eventos climáticos extremos, el efecto de isla de calor urbana, la pérdida de hábitat, los incendios forestales, el aumento del nivel del mar y la sequía.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71152(b) También es la intención de la Legislatura que la agencia considere desarrollar políticas para abordar los impactos del cambio climático y la adaptación climática con un enfoque en la equidad y que las acciones tomadas para abordar la adaptación climática sean consistentes con el plan. Al desarrollar estas políticas y tomar estas acciones, deberá ocurrir todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71152(b)(1) La creación de procesos de planificación que sean transparentes, justos e inclusivos en las fases de desarrollo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71152(b)(2) La priorización de recursos e inversiones para comunidades y poblaciones vulnerables.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71152(b)(3) La adopción de estrategias que busquen abordar y, como mínimo, evitar el empeoramiento de las desigualdades sociales y raciales.

Section § 71153

Explanation

Esta ley exige la actualización de la estrategia de adaptación climática de California cada tres años, comenzando el 1 de julio de 2024. La estrategia debe abordar las vulnerabilidades al cambio climático en diversos sectores como el agua, la energía y la salud pública, así como las vulnerabilidades en comunidades específicas. Es necesaria una definición clara de 'resiliencia climática' para crear planes y estrategias eficaces. Las actualizaciones identificarán acciones para reducir riesgos, ofrecer protecciones a las comunidades vulnerables y buscarán mejorar la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno. Se establecen cronogramas y métricas para evaluar el progreso.

Antes de finalizar el plan climático, se requieren audiencias públicas en diferentes regiones para recopilar comentarios de la comunidad. El plan incluye aportes de agencias locales y utiliza investigaciones científicas recientes sobre el clima. Se requiere un informe anual a la Legislatura, detallando las acciones tomadas bajo el plan.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71153(a) A más tardar el 1 de julio de 2024, y cada tres años a partir de entonces, la agencia actualizará la estrategia de adaptación climática del estado, conocida como el plan. Como parte de la actualización, la agencia coordinará con la oficina y otras agencias estatales para identificar una agencia principal o grupo de agencias que lidere los esfuerzos de adaptación en cada sector. Las actualizaciones del plan incluirán todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1) Vulnerabilidades al cambio climático por sector, según lo identifique la agencia principal o grupo de agencias, y regiones, incluyendo, como mínimo, los siguientes sectores:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(A) Agua.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(B) Energía.
(C)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(C) Transporte.
(D)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(D) Salud pública.
(E)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(E) Agricultura.
(F)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(F) Servicios de emergencia.
(G)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(G) Silvicultura.
(H)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(H) Biodiversidad y hábitat.
(I)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(I) Recursos oceánicos y costeros.
(J)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(1)(J) Recursos financieros.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(2) Vulnerabilidades al cambio climático para comunidades vulnerables, según lo identifique la oficina, a través del Programa Integrado de Adaptación y Resiliencia Climática.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(3) Una definición operativa de “resiliencia climática” para cada sector y para las comunidades vulnerables, según lo identifique la agencia principal o grupo de agencias, para que los costos totales, los planes de financiación y otras estrategias para prepararse adecuadamente ante las interrupciones, recuperarse de los choques y tensiones, y adaptarse y crecer a partir de diversas interrupciones, especialmente en las comunidades más vulnerables, sean analizados e informados.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(4) Acciones prioritarias necesarias para reducir riesgos y lograr resiliencia climática en esos sectores y comunidades vulnerables, según lo identifique la agencia principal o grupo de agencias, con énfasis en maximizar la mitigación de riesgos para el mayor número de personas que viven en comunidades vulnerables.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(5) Protecciones especiales para comunidades e industrias vulnerables que son desproporcionadamente afectadas por el cambio climático.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(6) Oportunidades para mejorar la coordinación de políticas y presupuestos entre jurisdicciones, incluyendo jurisdicciones federales y locales.
(7)CA Recursos Públicos Code § 71153(a)(7) Cronogramas para plazos a corto, mediano y largo plazo, y métricas específicas para medir y evaluar el progreso del estado en la implementación del plan, según lo identifique la agencia o la oficina. Las métricas para evaluar el progreso hacia el cumplimiento de los objetivos pueden modelarse para los años 2030, 2050, 2080, 2100 y posteriores.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 71153(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71153(b)(1) A más tardar el 1 de enero de 2024, y cada tres años a partir de entonces, la agencia publicará un borrador del plan. Entre la publicación del borrador del plan y la publicación de la actualización final del plan, la agencia realizará al menos tres audiencias públicas con el propósito de brindar una oportunidad al público para revisar y presentar comentarios escritos y orales sobre el borrador del plan. Las audiencias públicas se llevarán a cabo en el norte de California, el valle central de California y el sur de California.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71153(b)(2) Al preparar el borrador del plan, la agencia colaborará con entidades locales y regionales, incluyendo agencias y comunidades locales, para mejorar la coordinación de políticas y financiación y promover soluciones e implementación regionales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71153(c) Al identificar las vulnerabilidades de conformidad con los párrafos (1) y (2) de la subdivisión (a), cada agencia principal o grupo de agencias deberá, como mínimo, informarse por la Evaluación del Cambio Climático de California más reciente, los programas de investigación científica del clima administrados por el consejo y la Comisión de Conservación y Desarrollo de Recursos Energéticos del Estado, los Indicadores de Vulnerabilidad al Cambio Climático y la Salud para California producidos por la Sección de Equidad en Salud y Cambio Climático del Departamento de Salud Pública del Estado, y otras investigaciones científicas del clima revisadas por pares relevantes para California.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71153(d) La agencia informará anualmente a la Legislatura, de conformidad con la Sección 9795 del Código de Gobierno, sobre las acciones tomadas por cada agencia aplicable para implementar el plan.

Section § 71154

Explanation

Esta ley instruye a las agencias estatales de California a enfocarse en educar al público sobre los impactos del cambio climático y a mantener un repositorio de datos científicos para apoyar las decisiones políticas. Se alienta a las agencias a utilizar infraestructura natural en la planificación y a considerar los impactos climáticos en las inversiones estatales. Se enfatiza la colaboración en estrategias climáticas regionales y la promoción de la resiliencia hídrica y ante la sequía, junto con la creación de entornos urbanos sostenibles. La protección de los hábitats de la vida silvestre y la garantía de suelos saludables y agricultura sostenible también son prioridades. La ley subraya la importancia de la equidad al priorizar a las comunidades vulnerables en los esfuerzos de adaptación al cambio climático.

Para abordar las vulnerabilidades identificadas en el plan, las agencias estatales deberán trabajar para maximizar, cuando sea aplicable y factible, todos los siguientes objetivos:
(a)CA Recursos Públicos Code § 71154(a) Educar al público sobre las consecuencias del cambio climático, como el aumento del nivel del mar, los fenómenos meteorológicos extremos, el efecto isla de calor urbano, la pérdida de hábitat, los incendios forestales, la sequía, las amenazas a la infraestructura y la agricultura, el empeoramiento de la calidad del aire y del agua, y los impactos en la salud pública.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71154(b) Asegurar que exista un repositorio continuo de datos científicos sobre el cambio climático y la adaptación climática en el estado para facilitar decisiones políticas estatales y locales informadas y para ayudar a identificar los riesgos primarios del cambio climático para los residentes, la propiedad, las comunidades y los sistemas naturales en todo el estado.
(c)Copy CA Recursos Públicos Code § 71154(c)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71154(c)(1) Promover el uso del plan para informar las decisiones de planificación y asegurar que las inversiones estatales consideren los impactos del cambio climático, así como promover el uso de sistemas naturales e infraestructura natural, al desarrollar infraestructura física para abordar la adaptación.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71154(c)(2) Al desarrollar infraestructura para abordar la adaptación, cuando sea factible, se debe desarrollar una alternativa de proyecto que utilice características naturales y procesos ecosistémicos existentes o la restauración de características naturales y procesos ecosistémicos para cumplir con los objetivos del proyecto.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71154(c)(3) Para los fines de esta subdivisión, "infraestructura natural" significa el uso de sistemas o procesos ecológicos naturales para reducir la vulnerabilidad a los peligros relacionados con el cambio climático, u otros efectos relacionados con el cambio climático, al tiempo que se aumenta la capacidad de adaptación a largo plazo de las zonas costeras e interiores mediante la perpetuación o restauración de los servicios ecosistémicos. Esto incluye, entre otros, la conservación, preservación o gestión sostenible de cualquier forma de espacio abierto vegetado acuático o terrestre, como playas, dunas, marismas, arrecifes, pastos marinos, acuíferos, parques, jardines de lluvia y doseles arbóreos urbanos. También incluye sistemas y prácticas que utilizan o imitan procesos naturales, como pavimentos permeables, bioswales y otros sistemas de ingeniería, como diques que se combinan con sistemas naturales restaurados, para proporcionar agua limpia, conservar los valores y funciones del ecosistema, y proporcionar una amplia gama de beneficios a las personas y la vida silvestre.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71154(d) Fomentar los esfuerzos de planificación colaborativa regional para abordar los impactos regionales del cambio climático y las estrategias de adaptación.
(e)CA Recursos Públicos Code § 71154(e) Promover la resiliencia a la sequía a través de un sistema integrado de suministro, entrega y captación de agua que esté coordinado y que pueda ser resiliente a un escenario de sequía de varios años, al tiempo que protege la calidad del agua y la salud pública. Establecer tanto programas de preparación para la sequía, que ayudarán a crear sistemas hídricos sostenibles en el futuro, como programas de respuesta inmediata a la sequía, que reducirán la demanda de agua o aumentarán el suministro dentro de uno a cinco años de cualquier sequía declarada.
(f)CA Recursos Públicos Code § 71154(f) Construir comunidades resilientes mediante el desarrollo de proyectos de reverdecimiento urbano que reduzcan la contaminación del aire y la reflexión del calor en las áreas urbanas y creen comunidades habitables y sostenibles en los núcleos urbanos para promover el desarrollo de relleno y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
(g)CA Recursos Públicos Code § 71154(g) Proteger y mejorar el hábitat, los bastiones de especies y los corredores de vida silvestre que son críticos para la preservación de las especies en riesgo por las consecuencias del cambio climático.
(h)CA Recursos Públicos Code § 71154(h) Promover acciones para asegurar suelos saludables y agricultura sostenible; informar la planificación de transporte confiable; mejorar la respuesta de gestión de emergencias en todos los sectores; asegurar energía suficiente, confiable y segura; mejorar la capacidad para reducir y responder a las amenazas a la salud pública; abordar los impactos del cambio climático en las comunidades desfavorecidas; y proteger los recursos culturales de los impactos del cambio climático.
(i)CA Recursos Públicos Code § 71154(i) Priorizar la equidad asegurando que los gastos públicos que abordan la adaptación al cambio climático prioricen la protección de las comunidades vulnerables, rectifiquen las inequidades interseccionales y sistémicas, y mejoren la capacidad de las comunidades de bajos ingresos y vulnerables para soportar los impactos del cambio climático.

Section § 71155

Explanation

Esta ley exige que las agencias estatales de California consideren los impactos del cambio climático al planificar y gestionar proyectos de infraestructura estatal. Establece el Grupo de Trabajo de Infraestructura Segura ante el Clima, que tiene la tarea de determinar cómo utilizar la ciencia climática para influir en el diseño y la inversión en infraestructura. El grupo incluye ingenieros, científicos y arquitectos con experiencia relevante. Colaborarán con otros esfuerzos climáticos estatales y se basarán en evaluaciones y planes climáticos existentes.

El grupo de trabajo investigará temas como las barreras para integrar datos climáticos en la infraestructura, la información necesaria para los ingenieros y cómo diseñar para diversos escenarios climáticos futuros. Sus actividades dependen de los recursos disponibles.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71155(a) De conformidad con esta parte, las agencias estatales deberán tener en cuenta los impactos actuales y futuros del cambio climático, incluidos los daños económicos y las responsabilidades financieras asociadas con dichos impactos, al planificar, diseñar, construir, operar, mantener e invertir en infraestructura estatal.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 71155(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(1) Se establece el Grupo de Trabajo de Infraestructura Segura ante el Clima bajo la agencia con el propósito de examinar cómo integrar datos científicos relativos a los impactos proyectados del cambio climático en la ingeniería de infraestructura estatal, incluyendo la supervisión, inversión, diseño y construcción.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(2) El grupo de trabajo estará compuesto por los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(2)(A) Ingenieros profesionales registrados de conformidad con el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 6700) de la División 3 del Código de Negocios y Profesiones con experiencia relevante en el diseño de infraestructura estatal del Departamento de Transporte, el Departamento de Recursos Hídricos, el Departamento de Servicios Generales y otras agencias estatales relevantes, según corresponda.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(2)(B) Científicos de la Universidad de California, la Universidad Estatal de California y otras instituciones que tengan experiencia en proyecciones e impactos del cambio climático en California.
(C)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(2)(C) Arquitectos con licencia con experiencia relevante en el diseño de infraestructura estatal, según corresponda.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(3) Los dos grupos especificados en los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (2) estarán representados equitativamente en la composición del grupo de trabajo, en la medida en que sea razonable y apropiado.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(4) El grupo de trabajo colaborará con otros esfuerzos estatales de planificación de adaptación climática y considerará y se basará en la información existente producida por el estado, incluida la información de la Evaluación del Cambio Climático de California más reciente realizada de conformidad con la Orden Ejecutiva S-3-05, el plan, el plan quinquenal de infraestructura desarrollado de conformidad con el Artículo 2 (que comienza con la Sección 13100) del Capítulo 2 de la Parte 3 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno, y el Documento de Orientación sobre el Aumento del Nivel del Mar del Estado de California completado de conformidad con la Orden Ejecutiva S-13-08, entre otros recursos.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71155(b)(5) El grupo de trabajo colaborará con otras agencias estatales que promueven la sostenibilidad en la infraestructura, incluyendo el consejo y la Agencia de Operaciones Gubernamentales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71155(c) El grupo de trabajo considerará e investigará, como mínimo, los siguientes asuntos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71155(c)(1) Las barreras informativas e institucionales actuales para integrar los impactos proyectados del cambio climático en el diseño de la infraestructura estatal.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71155(c)(2) La información crítica que los ingenieros responsables del diseño y la construcción de infraestructura necesitan para abordar los impactos del cambio climático.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71155(c)(3) Cómo seleccionar un diseño de ingeniería apropiado para una variedad de escenarios climáticos futuros en relación con la planificación e inversión en infraestructura.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71155(d) El grupo de trabajo solo se reunirá y desempeñará sus funciones en la medida en que se disponga de recursos para financiar el apoyo del grupo de trabajo y sus actividades.

Section § 71155.5

Explanation
Esta ley permite al Tesorero y a las autoridades de financiación que lidera apoyar a las agencias estatales utilizando inversiones tanto públicas como privadas. El objetivo es ayudar a proporcionar préstamos y otros incentivos para lograr ciertos objetivos establecidos por esta ley.

Section § 71160

Explanation

Esta ley busca mejorar cómo se revisan y aprueban en California los proyectos de adaptación costera que usan infraestructura natural. Para el 1 de julio de 2023, la agencia debe presentar un informe a la Legislatura con ideas para agilizar la coordinación entre las distintas agencias para estos proyectos. La ley define estos proyectos como aquellos que emplean sistemas ecológicos naturales para combatir los efectos del cambio climático, como la restauración de ecosistemas o el uso de prácticas inspiradas en la naturaleza. Destaca estrategias como la restauración de dunas y estructuras híbridas para proteger la costa, que además ofrecen beneficios ecológicos. El requisito de presentar informes finaliza en 2027, y el informe debe seguir reglas específicas de presentación gubernamental.

(a)CA Recursos Públicos Code § 71160(a) La agencia explorará y podrá implementar opciones dentro de la jurisdicción de la agencia para establecer un proceso de revisión regulatoria y permisos más coordinado y eficiente para proyectos de adaptación costera que utilizan infraestructura natural.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 71160(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71160(b)(1) A más tardar el 1 de julio de 2023, la agencia informará a la Legislatura sobre sugerencias y recomendaciones para mejorar y agilizar la coordinación entre las agencias apropiadas en su proceso de revisión regulatoria y permisos para proyectos de adaptación costera que utilizan infraestructura natural.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71160(b)(2) El requisito de presentar un informe impuesto en virtud de esta subdivisión deja de tener efecto el 1 de julio de 2027, de conformidad con la Sección 10231.5 del Código de Gobierno.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71160(b)(3) El informe que se presentará de conformidad con esta subdivisión se presentará en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.
(c)Copy CA Recursos Públicos Code § 71160(c)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71160(c)(1) Para los fines de esta sección, «proyectos de adaptación costera que utilizan infraestructura natural» significa desarrollo, según se define en la Sección 30106, que se basa en sistemas o procesos ecológicos naturales para reducir la vulnerabilidad a los peligros relacionados con el cambio climático, u otros efectos relacionados con el cambio climático, mientras aumenta la capacidad de adaptación a largo plazo de las zonas costeras e interiores al perpetuar o restaurar los servicios ecosistémicos. Esto incluye, entre otros, la conservación, preservación o gestión sostenible de cualquier forma de espacio abierto vegetado acuático o terrestre, como playas, dunas, marismas, arrecifes, pastos marinos, parques, jardines de lluvia y doseles arbóreos urbanos. También incluye sistemas y prácticas que utilizan o imitan procesos naturales, como pavimentos permeables, bioswales y otros sistemas de ingeniería, como diques que se combinan con sistemas naturales restaurados, para proporcionar agua limpia, conservar los valores y funciones de los ecosistemas y ofrecer una amplia gama de beneficios a las personas y la vida silvestre.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71160(c)(2) Los proyectos de adaptación costera que utilizan infraestructura natural también pueden incluir, entre otros, los dos siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71160(c)(2)(A) Estrategias blandas que evitan fijar la costa con estructuras duras y en su lugar se basan en el uso de sistemas dinámicos para atenuar los peligros costeros, como la restauración de dunas o humedales.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71160(c)(2)(B) Blindaje híbrido que combina la fijación de la costa en cierta medida limitada, como con un revestimiento enterrado u otro dispositivo de protección costera, con una característica basada en la naturaleza para proporcionar beneficios ecológicos.