(a)CA Recursos Públicos Code § 71131(a) Por la presente se establece un programa colaborativo climático regional, que será administrado por el consejo para asistir a las comunidades con recursos insuficientes dentro de una región a acceder a fondos públicos estatales y otras subvenciones.
(b)CA Recursos Públicos Code § 71131(b) El consejo deberá hacer todo lo siguiente al identificar comunidades elegibles con recursos insuficientes y al seleccionar colaborativos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(1) Adoptar directrices del programa que establezcan criterios para la selección de comunidades elegibles para asistencia en el desarrollo de un colaborativo.
Las directrices del programa deberán priorizar la diversidad geográfica a nivel estatal y deberán considerar la proporción de comunidades con recursos insuficientes en la región y el éxito previo de la región en la recepción de fondos estatales competitivos para la mitigación y adaptación al cambio climático.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(2) Publicar las directrices que describen los criterios en el sitio web del consejo y solicitar comentarios públicos.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(3) Celebrar al menos una audiencia pública antes de seleccionar una comunidad.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(4) Permitir al menos tres meses entre el anuncio de la convocatoria y la selección de un colaborativo por parte del consejo.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(5) Realizar al menos tres actividades de divulgación entre el anuncio de la convocatoria y la selección de un colaborativo por parte del consejo para proporcionar información y asistencia a un colaborativo potencial. Las actividades de divulgación deberán estar disponibles utilizando formas avanzadas de tecnología en la medida de lo posible.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71131(b)(6) Establecer colaborativos un mínimo de dos veces a lo largo del programa establecido de conformidad con esta sección.
(c)CA Recursos Públicos Code § 71131(c) Después de seleccionar comunidades para colaborativos, el consejo otorgará subvenciones anuales a medida que la Legislatura asigne fondos al consejo para los fines de esta parte.
(d)CA Recursos Públicos Code § 71131(d) Los solicitantes elegibles para un colaborativo incluyen, entre otros, cualquiera de los siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(1) Organizaciones comunitarias.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(2) Organizaciones sin fines de lucro y fundaciones.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(3) Pequeñas empresas.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(4) Agencias gubernamentales locales.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(5) Autoridades de poderes conjuntos.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(6) Gobiernos tribales.
(7)CA Recursos Públicos Code § 71131(d)(7) Otras organizaciones con un historial de proporcionar
divulgación comunitaria y asistencia técnica.
(e)CA Recursos Públicos Code § 71131(e) Los solicitantes elegibles formarán una estructura de partes interesadas colaborativa regional y presentarán colectivamente una solicitud basada en una visión compartida. Con la solicitud, los solicitantes presentarán colectivamente un memorando de entendimiento que describa la gobernanza y organización de la estructura de partes interesadas colaborativa.
(f)CA Recursos Públicos Code § 71131(f) Al seleccionar un colaborativo, el consejo dará prioridad a las propuestas que demuestren asociaciones sólidas y diversas, incluyendo con organizaciones comunitarias y otros grupos de partes interesadas.
(g)CA Recursos Públicos Code § 71131(g) Después de ser seleccionado por el consejo, un colaborativo proporcionará servicios de desarrollo de capacidades para ayudar a construir el liderazgo, conocimiento, habilidades, experiencia y recursos impulsados por la comunidad para identificar y acceder a financiación pública para proyectos de mitigación y adaptación al cambio climático dentro de la comunidad con recursos insuficientes. Cuando sea factible, un colaborativo aprovechará, complementará y se basará en los esfuerzos y recursos regionales existentes para el desarrollo de capacidades y la asistencia técnica. Excepto si el consejo, en consulta con un colaborativo, determina que una actividad es innecesaria, un colaborativo realizará al menos todas las siguientes actividades para la región a la que sirve:
(1)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(1) Realizar divulgación
y
crear conciencia sobre los programas de subvenciones competitivas.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(2) Convocar a las partes interesadas para discutir las necesidades de la comunidad con respecto a posibles proyectos de mitigación y adaptación al cambio climático elegibles para programas de subvenciones competitivas a nivel estatal con asignaciones específicas para comunidades con recursos insuficientes.
(3)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(3) Desarrollar planes comunitarios y de proyectos,
incluyendo planes de acción climática, que demuestren las necesidades locales e identifiquen proyectos de múltiples beneficios para su implementación.
(4)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(4) Apoyar el desarrollo de asociaciones entre las partes interesadas y posibles fuentes de financiación públicas y privadas.
(5)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(5) Proporcionar asesoramiento político, programático y técnico a las partes interesadas para desarrollar y alinear proyectos de múltiples beneficios con posibles fuentes de financiación.
(6)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(6) Servir como intermediario entre las partes interesadas de la comunidad y los programas de asistencia técnica dentro de las agencias relevantes y coordinar el apoyo científico y técnico de expertos externos.
(7)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(7) Coordinar e implementar asistencia y capacitación a las partes interesadas en el desarrollo de solicitudes de subvención, gestión de proyectos, implementación y monitoreo.
(8)CA Recursos Públicos Code § 71131(g)(8) Asistir en el desarrollo de programas y políticas locales de capacitación laboral y anti-desplazamiento.
(h)CA Recursos Públicos Code § 71131(h) Cada colaborativo seleccionará una parte interesada gestora que pueda demostrar la capacidad organizacional para completar proyectos y la capacidad financiera para recibir y rendir cuentas por los fondos proporcionados de conformidad con esta parte. Una parte interesada gestora puede incluir, entre otros, una agencia gubernamental local, una organización comunitaria,
una fundación, una pequeña empresa, una autoridad de poderes conjuntos, un gobierno tribal u otra organización con un historial de proporcionar divulgación comunitaria y asistencia técnica.
(i)CA Recursos Públicos Code § 71131(i) El consejo proporcionará pagos anticipados de las subvenciones, por un período no mayor de tres años, a los beneficiarios para iniciar e implementar los colaborativos de manera oportuna. En consulta con el Departamento de Finanzas, el consejo adoptará directrices que impongan requisitos adicionales relacionados con la provisión de pagos anticipados y el uso de los pagos anticipados por parte del beneficiario de la subvención para asegurar que los fondos se utilicen correctamente.
(j)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(j)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1) Los colaborativos presentarán al consejo un informe anual que incluye, entre otros, todo lo
siguiente:
(A)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(A) Los miembros del colaborativo.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(B) Poblaciones atendidas.
(C)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(C) Un resumen de todas las actividades realizadas, incluyendo, entre otros, todo lo siguiente:
(i)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(C)(i) Asistencia técnica.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(C)(ii) Desarrollo de capacidades.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(C)(iii) Desarrollo, solicitud y finalización de proyectos y subvenciones.
(D)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(D) Reuniones y acciones tomadas por el colaborativo.
(E)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(E) Una contabilidad de la administración y los gastos realizados por el colaborativo.
(F)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(F) El
resultado de cada actividad, incluyendo, entre otros, todo lo siguiente:
(i)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(F)(i) La eficacia del desarrollo de capacidades dentro de la región.
(ii)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(F)(ii) Asistencia técnica proporcionada.
(iii)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(F)(iii) Éxito de las subvenciones solicitadas.
(iv)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(1)(F)(iv) Proyectos iniciados y completados.
(2)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(2)
(A)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(2)(A) El consejo publicará los informes anuales en su sitio web y proporcionará los informes a los comités de política y fiscales relevantes de la Legislatura.
(B)CA Recursos Públicos Code § 71131(j)(2)(A)(B) Un informe que se presente de conformidad con esta subdivisión se presentará en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.
(k)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(k)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 71131(k)(1) A más tardar el 1 de octubre de 2019, el consejo adoptará directrices para implementar esta sección.
(2)CA Recursos Públicos Code § 71131(k)(2) La Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno) no se aplicará a esta sección.
(l)CA Recursos Públicos Code § 71131(l) Esta sección dejará de estar operativa el 1 de octubre de 2029, y, a partir del 1 de enero de 2030, queda derogada.
(Added by Stats. 2018, Ch. 377, Sec. 2. (SB 1072) Effective January 1, 2019. Section inoperative October 1, 2029. Repealed as of January 1, 2030, by its own provisions.)