Part 2.5
Section § 71100
Esta sección define los términos utilizados en las leyes relacionadas con la región alrededor de la frontera entre California y Baja California. Explica que la 'región fronteriza California-Baja California' es el área alrededor de la frontera, según se detalla en el Acuerdo de La Paz de 1983. El término 'Consejo' se refiere al Consejo de Relaciones Fronterizas California-México. 'Fondo' es la abreviatura del Fondo de Protección Ambiental y de Salud Pública de la Frontera de California.
Section § 71101
El Fondo de Protección Ambiental y de Salud Pública de la Frontera de California se establece para recaudar dinero de diversas fuentes para proyectos ambientales en la región fronteriza de California. Este fondo puede recibir dinero de asignaciones del presupuesto estatal, ingresos de bonos y organizaciones como el Banco de Desarrollo de América del Norte o la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos.
El dinero del fondo es administrado por el Consejo de Relaciones Fronterizas California-México y debe usarse para abordar problemas ambientales y de salud pública que amenazan a los residentes de California o a los recursos naturales. No puede usarse para ayudar a entidades a cumplir con las leyes ambientales o para reparar daños ambientales.
En cambio, el fondo apoya proyectos relacionados con problemas como aguas residuales, emisiones atmosféricas, residuos peligrosos, gestión de riesgos y eliminación de residuos sólidos municipales que afectan la salud y la calidad ambiental en esta área.
Section § 71102
Los fondos de esta sección están destinados a ayudar a los gobiernos locales a abordar problemas ambientales y de salud pública que representan riesgos directos para los californianos o las áreas sensibles del estado, especialmente a lo largo de la frontera de California. Estos proyectos se centran en diversas cuestiones ambientales como las aguas residuales, las emisiones atmosféricas y la eliminación de residuos.
Los fondos también proporcionan orientación técnica a las entidades que trabajan en la protección del medio ambiente, la salud pública y los recursos naturales. Además, se dispone de fondos limitados para emergencias relacionadas con problemas ambientales causados por contaminantes de Baja California.
Asimismo, las agencias del área fronteriza pueden usar estos fondos para adquirir equipo científico necesario para rastrear y analizar las amenazas ambientales provenientes de contaminantes y toxinas transfronterizos.
Section § 71103
Esta sección de la ley describe las responsabilidades del Consejo de Relaciones Fronterizas California-México en la provisión de fondos y recursos para abordar problemas ambientales y de salud pública en la frontera California-Baja California. En primer lugar, exige que el consejo informe a los gobiernos locales y a las organizaciones sin fines de lucro en la zona fronteriza sobre la financiación disponible según la Sección 71102. En segundo lugar, el consejo debe priorizar la asignación de subvenciones basándose en la gravedad de los problemas de contaminación transfronteriza, dando primera prioridad a las entidades que pueden abordar activamente estas amenazas. Por último, el Secretario de Protección Ambiental puede aceptar donaciones de equipo para estos esfuerzos si contribuyen a proteger el medio ambiente, la salud pública o los recursos naturales de la región.
Section § 71103.5
Esta sección destaca el grave problema de contaminación que presenta el Río Nuevo, que afecta la salud pública en Calexico y el Condado de Imperial, California. La contaminación proviene de altos niveles de bacterias dañinas y otros contaminantes, lo que hace que el río sea inseguro y perjudica al Mar Salton. La ley describe la necesidad de un plan coordinado para limpiar el río y mejorarlo para uso público. El plan estratégico implica evaluar la contaminación, priorizar las acciones para limpiar el río e identificar la financiación y las agencias responsables de la implementación. El Consejo de Relaciones Fronterizas California-México es responsable de desarrollar este plan con la aportación de un comité asesor técnico y diversas organizaciones. La Cuenta del Proyecto de Mejora del Río Nuevo se establece para financiar estos esfuerzos sin alterar las responsabilidades legales existentes de las partes involucradas.
Section § 71103.6
Esta sección establece un programa llamado Programa de Desarrollo de la Calidad del Agua, Salud Pública y Parque Ribereño del Río Nuevo. Su objetivo principal es gestionar la financiación y ejecutar proyectos destinados a mejorar la calidad del agua, la salud pública y el desarrollo del río, basándose en planes estratégicos descritos en secciones relacionadas. También exige que cualquier entidad del gobierno estatal que proporcione apoyo financiero a este programa alinee sus procesos de financiación para cumplir con los objetivos del programa.
Section § 71104
Esta sección de la ley especifica que sus disposiciones se aplican solo durante los años fiscales en que haya fondos disponibles. Los fondos pueden provenir del presupuesto estatal o de donaciones y contribuciones especificadas en otra sección (Sección 71101). El Secretario de Protección Ambiental debe notificar al Secretario de Estado cuando los fondos de estas contribuciones o donaciones estén disponibles.