Part 9
Section § 49650
Esta ley define términos relacionados con la regulación de ciertas toallitas desechables en California. Especifica que una 'entidad cubierta' incluye a fabricantes, mayoristas, proveedores o minoristas responsables del etiquetado o envasado de estos productos. Un 'producto cubierto' se refiere a tipos específicos de toallitas desechables no tejidas, especialmente aquellas que podrían desecharse por el inodoro, como las toallitas para bebé o las toallitas de limpieza.
La ley exige que estos productos muestren un aviso de etiqueta de 'No Desechar por el Inodoro'. El tamaño del aviso debe ser al menos el 2% de la superficie del panel de visualización y cumplir con criterios específicos si las toallitas están reguladas por agencias federales.
'Alto contraste' en el etiquetado significa usar colores claramente contrastantes. El 'panel de visualización principal' se define como el lado de un producto más visible en entornos minoristas, y se proporcionan detalles para medir esto en diferentes tipos de envases. El símbolo 'No Desechar por el Inodoro' también debe mostrarse de manera destacada de acuerdo con las directrices de la industria.
Section § 49651
Esta ley exige que los envases de toallitas en California tengan un etiquetado claro y visible a partir del 1 de julio de 2022. Para los envases cilíndricos, las etiquetas deben ser visibles al usarse, colocadas en el panel principal o en la tapa. Los envases flexibles necesitan símbolos tanto en el panel principal como en el de dispensación; solo se necesita un símbolo si son el mismo. Los recipientes rellenables deben tener símbolos en el panel principal. El envase debe asegurar que los símbolos no estén ocultos y que destaquen visualmente sobre el fondo. Para las ventas a granel, tanto los envases exteriores como los interiores deben cumplir, excepto aquellos sin etiquetas minoristas o si el envase exterior no oculta las etiquetas interiores. Si las toallitas se combinan con otro producto en envases pequeños, las etiquetas pueden colocarse de forma más visible en el envase de múltiples productos. Se prohíbe la comercialización de estos productos como desechables por el inodoro a menos que esté realmente justificado. Los productos que requieran registros específicos deben presentar etiquetas conformes antes del 1 de enero de 2023. Se pueden usar términos descriptivos adicionales si están alineados con los objetivos de la ley.
Section § 49652
El Programa de Educación y Divulgación para el Consumidor de California busca educar al público sobre cómo desechar correctamente ciertos productos. Esto incluye trabajar con agencias de aguas residuales para estudiar cómo se comportan los consumidores, hacer encuestas para saber cuánto entienden sobre las formas de desecho, y lanzar una campaña multimedia. El programa exige que la información se dé en inglés y español, y que los mensajes no promocionen productos que no sean relevantes ni choquen con otras iniciativas. Las entidades cubiertas deben informar anualmente sobre sus actividades. El programa finalizará el 31 de diciembre de 2026, y la sección legal que lo establece quedará derogada el 1 de enero de 2027.
Section § 49653
Si alguien infringe las normas de la Sección 49651, puede ser detenido legalmente en un tribunal y podría tener que pagar una multa. Si se trata de una empresa, podría tener que pagar hasta $2,500 diarios por su error, con un máximo de $100,000 en total por cada infracción. Vender productos con una etiqueta incorrecta se considera una infracción diaria.
Al decidir la sanción, el tribunal considera factores como la gravedad de la infracción, si el infractor intentó solucionar el problema, su capacidad de pago y el impacto de la sanción. Las sanciones pueden ser impuestas por funcionarios legales estatales o locales, y el dinero de las multas se destina a esas oficinas o a un fondo especial si es gestionado por el Fiscal General.
Section § 49654
Esta sección establece que si alguna parte de la ley se declara inválida, el resto de la ley seguirá vigente. Asegura que cada parte puede mantenerse por sí sola si es necesario. Además, aclara que esta ley es un asunto de interés estatal, no solo local. Debido a esto, anula las normas locales sobre el etiquetado de ciertos productos, incluso en ciudades con sus propias cartas constitutivas.