Section § 3960

Explanation
Esta sección de la ley establece que si usted es un operador de mina de placer con un permiso de la Comisión de Detritos de California, las reglas de este capítulo no se aplican a usted.

Section § 3961

Explanation

Si usted opera una mina de placer, que es un tipo de operación minera en o cerca de un arroyo que desemboca en el Río Sacramento o el Río San Joaquín, debe presentar una declaración verificada ante el registrador del condado donde se encuentra su mina. Asegúrese de hacerlo dentro de los 30 días siguientes al inicio de sus actividades mineras.

Cualquier persona, empresa o corporación que se dedique a la operación de una mina de placer en cualquier arroyo o en la cuenca de cualquier arroyo tributario directa o indirectamente del Río Sacramento o del Río San Joaquín deberá registrar una declaración verificada en la oficina del registrador del condado en el que se encuentre su mina, dentro de los 30 días siguientes al inicio de las operaciones.

Section § 3962

Explanation

Esta sección exige que el operador minero, o alguien autorizado en su nombre, presente una declaración verificada. Esta declaración debe incluir una descripción detallada del área que se va a explotar mediante métodos de minería de placer. También debe listar los nombres y direcciones de los propietarios del terreno y de los operadores de la mina, explicar la técnica de minería propuesta y describir cómo el operador planea evitar la contaminación de los arroyos por sus operaciones.

La declaración verificada deberá ser verificada por el operador o por alguien en su nombre y deberá contener toda la siguiente información:
(a)CA Recursos Públicos Code § 3962(a) Una descripción del terreno propuesto para ser explotado mediante métodos de minería de placer, descrito por subdivisiones del gobierno de los Estados Unidos si es posible.
(b)CA Recursos Públicos Code § 3962(b) Los nombres y direcciones de los propietarios del terreno.
(c)CA Recursos Públicos Code § 3962(c) Los nombres y direcciones de los operadores de la mina.
(d)CA Recursos Públicos Code § 3962(d) Los medios o métodos propuestos para la operación de minería de placer.
(e)CA Recursos Públicos Code § 3962(e) Los medios que el operador propone utilizar para prevenir la contaminación de cualquier arroyo por el efluente de las operaciones.

Section § 3963

Explanation
Si usted es propietario u opera una propiedad minera y cambia su dirección, transfiere la propiedad o cambia quién la opera, debe presentar un aviso en la oficina del registrador del condado dentro de los 10 días. Este aviso debe indicar los nombres y direcciones de los nuevos propietarios u operadores.

Section § 3964

Explanation

Si usted se dedica a la minería de placer cerca de arroyos que desembocan en los ríos Sacramento o San Joaquín, debe seguir dos reglas específicas para prevenir la contaminación del agua: 1) Construir un estanque de sedimentación lo suficientemente grande para limpiar el agua utilizada antes de que sea liberada al arroyo. 2) Usar sustancias como sulfato de aluminio y cal, o algo similar, para hacer que los residuos sólidos en el agua se aglutinen y así no contaminen el suministro de agua para los hogares.

Ningún operador de minería de placer deberá extraer por el proceso de placer en cualquier arroyo o en la cuenca de cualquier arroyo tributario directa o indirectamente al Río Sacramento o al Río San Joaquín sin tomar ambas de las siguientes precauciones para prevenir la contaminación del arroyo por el efluente de sus operaciones:
(a)CA Recursos Públicos Code § 3964(a) Construir un estanque o estanques de sedimentación de tamaño suficiente para permitir la clarificación del agua utilizada en los procesos de minería antes de que el agua sea descargada en el arroyo.
(b)CA Recursos Públicos Code § 3964(b) Mezclar con el efluente de las operaciones mineras sulfato de aluminio y cal, o una sustancia clarificante equivalente que hará que el material sólido en el efluente se coagule y así evitar que el agua en el arroyo se vuelva inadecuada para fines de suministro de agua doméstica.

Section § 3965

Explanation

Esta ley permite a los mineros de placer que utilizan técnicas de dragado mover sus dragas a través de un arroyo sin construir un estanque de sedimentación si consideran que el costo de hacerlo es demasiado alto. Sin embargo, deben seguir ciertos pasos antes de cruzar. Deben notificar a las autoridades locales de agua con al menos siete días de antelación si el movimiento de la draga pudiera afectar la claridad del agua. Después de esa semana, tienen 48 horas para mover la draga, incluso si esto enturbia temporalmente el agua. Una vez que hayan cruzado el arroyo, deben seguir las reglas existentes, tal como se detalla en la Sección 3964(b).

No obstante lo dispuesto en la subdivisión (b) de la Sección 3964, cualquier minero de placer que opere mediante un proceso de dragado, y que desee transportar su draga a través de un arroyo, podrá conducir la draga a través del arroyo sin construir un estanque de sedimentación, si considera que el gasto de construir estanques de sedimentación en el arroyo sería excesivamente oneroso.
Antes de transportar la draga, el operador deberá seguir el siguiente procedimiento:
(a)CA Recursos Públicos Code § 3965(a) Deberá notificar su intención de cruzar un arroyo al secretario o al secretario de cada ciudad o distrito propietario u operador de un suministro de agua potable cuya claridad pueda verse afectada por la operación de cruce.
(b)CA Recursos Públicos Code § 3965(b) La notificación deberá darse con al menos siete días de antelación a la fecha en que espere cruzar el arroyo con la draga.
(c)CA Recursos Públicos Code § 3965(c) Una vez transcurrido el plazo de notificación, el operador podrá, durante las siguientes 48 horas, conducir la draga a través del arroyo, aunque la operación de cruce pueda causar cierta turbidez.
(d)CA Recursos Públicos Code § 3965(d) Después de cruzar el arroyo, el operador deberá cumplir con la subdivisión (b) de la Sección 3964.

Section § 3966

Explanation
Si alguien —ya sea una persona, un negocio o una empresa— incumple las normas establecidas en este capítulo, se considera un delito menor, que es un tipo de delito.

Section § 3967

Explanation
Si operas una mina de placer en California sin el permiso necesario, se considera una molestia pública. Esto puede detenerse mediante una acción legal, que puede presentar el fiscal de distrito local o las ciudades o distritos afectados, especialmente si la minería hace que el agua potable local sea insegura. El caso se tramitará en el tribunal superior del condado donde se esté realizando la minería, y el tribunal puede decidir las acciones apropiadas para detener la molestia.

Section § 3968

Explanation

Esta ley asegura que si alguien —ya sea una entidad gubernamental o una parte privada— tenía el derecho de iniciar una acción legal u obtener un recurso legal antes del 8 de abril de 1953, todavía tiene ese derecho hoy. No quita ningún derecho o recurso que estuviera disponible bajo las leyes existentes en ese momento.

Nada en este capítulo priva al estado, a cualquier ciudad, condado, distrito, persona, empresa o corporación de cualquier derecho a mantener cualquier acción o procedimiento, en cualquier jurisdicción, al que tenía derecho a mantener antes del 8 de abril de 1953, o a recibir u obtener en la acción cualquier recurso que le fuera concedido bajo la ley existente.