Section § 35170

Explanation
Esta sección de la ley aclara que cualquier fondo otorgado bajo este capítulo debe sumarse a, y no reemplazar, el dinero local que ya se está utilizando para comprar, preservar o mantener espacios abiertos. También anima a los condados y ciudades a mantener su nivel actual de financiación local para estos esfuerzos.

Section § 35171

Explanation

Esta sección describe cómo una autoridad debe gestionar los terrenos de espacio abierto, incluyendo su adquisición, preservación y mantenimiento. La autoridad debe revisar las necesidades y aceptar propuestas de las ciudades y de un comité asesor de ciudadanos, asegurando una representación diversa. Deben evaluar estas propuestas, considerando los impactos en la vivienda asequible.

Basándose en estas evaluaciones, la autoridad creará un plan de gastos para los ingresos previstos de diversas fuentes de financiación. Este plan debe incluir proyecciones de ingresos para cinco años y cubrir fines de capital, mantenimiento y operativos.

El plan debe especificar áreas generales para la adquisición, y se deben celebrar audiencias públicas antes de la adopción o modificación del plan. No se pueden gastar fondos en terrenos de espacio abierto hasta que se apruebe el plan inicial.

(a)CA Recursos Públicos Code § 35171(a) La autoridad revisará y evaluará las necesidades de adquisición, preservación o mantenimiento de terrenos de espacio abierto. Como parte de esta revisión y evaluación, la autoridad solicitará propuestas de las ciudades del condado dentro de los límites de la autoridad y de un comité asesor de ciudadanos, cuya composición será determinada por la autoridad basándose en criterios que proporcionen una amplia representación de intereses dentro de la jurisdicción de la autoridad. La composición del comité asesor de ciudadanos deberá reflejar la diversidad cultural y étnica de la población dentro de la jurisdicción de la autoridad. La autoridad adoptará un procedimiento para evaluar estas propuestas en consulta con las ciudades y el comité asesor de ciudadanos en la jurisdicción de la autoridad. La entidad que presente cualquier propuesta deberá considerar el impacto que la propuesta pueda tener en la disponibilidad de vivienda asequible.
(b)CA Recursos Públicos Code § 35171(b) Basándose en la evaluación, la autoridad preparará un plan para el gasto de los ingresos que se espera obtener de la financiación proporcionada para esta división, junto con otras mejoras y financiación federales, estatales, locales y privadas.
(c)CA Recursos Públicos Code § 35171(c) Además de la adquisición, preservación o mantenimiento de terrenos de espacio abierto, el plan de gastos también incluirá proyecciones de los ingresos que probablemente estarán disponibles en los próximos cinco años para fines de capital, mantenimiento y operativos. El plan de gastos establecerá áreas generales para la adquisición sin identificar parcelas específicas, y será revisado y modificado periódicamente. Antes de la adopción o modificación de un plan de gastos, la autoridad llevará a cabo audiencias públicas sobre dicho plan. No se realizará ningún gasto para terrenos de espacio abierto hasta que se apruebe el plan de gastos inicial.

Section § 35172

Explanation

Esta ley permite a las autoridades cobrar 'impuestos especiales calificados' que deben ser iguales para todas las personas o propiedades en su área, aunque las propiedades sin construir pueden pagar menos impuestos. Las personas mayores de 65 años, las que reciben beneficios por discapacidad o las que tienen ingresos por debajo de un cierto nivel pueden estar exentas de estos impuestos. Las exenciones son válidas hasta que la persona deja de cumplir los requisitos.

Si la autoridad ofrece exenciones fiscales y trabaja con un condado para cobrar los impuestos, debe facilitar el acceso a la información sobre exenciones en línea y por teléfono. El sitio web del recaudador de impuestos del condado también debe enlazar a esta información sobre exenciones, pero solo si la autoridad proporciona enlaces válidos.

(a)CA Recursos Públicos Code § 35172(a) Sujeto a la Sección 4 del Artículo XIII A de la Constitución de California, la autoridad podrá imponer impuestos especiales calificados dentro de la jurisdicción de la autoridad conforme a los procedimientos establecidos en el Artículo 3.5 (que comienza con la Sección 50075) del Capítulo 1 de la Parte 1 de la División 1 del Título 5 del Código de Gobierno y cualquier otro procedimiento aplicable previsto por la ley.
(b)Copy CA Recursos Públicos Code § 35172(b)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 35172(b)(1) Tal como se utiliza en esta sección, “impuestos especiales calificados” significa impuestos especiales que se aplican uniformemente a todos los contribuyentes o a todos los bienes inmuebles dentro de la jurisdicción de la autoridad, excepto que la propiedad no urbanizada podrá ser gravada a una tasa inferior a la de la propiedad urbanizada. Los “impuestos especiales calificados” podrán incluir impuestos que prevean una exención de dichos impuestos para cualquiera o todos los siguientes contribuyentes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 35172(b)(1)(A) Personas de 65 años de edad o más.
(B)CA Recursos Públicos Code § 35172(b)(1)(B) Personas que reciben Ingresos Suplementarios de Seguridad por discapacidad, independientemente de su edad.
(C)CA Recursos Públicos Code § 35172(b)(1)(C) Personas que reciben beneficios del Seguro de Incapacidad del Seguro Social, independientemente de su edad, cuyos ingresos anuales no excedan el 250 por ciento de las pautas federales de pobreza de 2012 emitidas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 35172(b)(2) Los “impuestos especiales calificados” no incluyen impuestos especiales impuestos a una clase particular de propiedad o de contribuyentes.
(c)CA Recursos Públicos Code § 35172(c) Cualquier exención concedida conforme a la subdivisión (b) permanecerá en vigor hasta que el contribuyente deje de ser elegible. Si el contribuyente deja de ser elegible para la exención por cualquier motivo, se podrá conceder una nueva exención de la misma manera.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 35172(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(1) Si la autoridad prevé una exención para un impuesto especial calificado conforme a la subdivisión (b), y la autoridad contrata o celebra un acuerdo con el condado para recaudar el impuesto especial calificado dentro de la jurisdicción de la autoridad, la autoridad deberá proporcionar anualmente al recaudador de impuestos de ese condado toda la siguiente información:
(A)CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(1)(A) Un hipervínculo a la ubicación en el sitio web de internet de la autoridad que contenga información sobre exenciones, si está disponible.
(B)CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(1)(B) Un hipervínculo a la ubicación en el sitio web de internet de la autoridad que contenga la solicitud de exención, si está disponible.
(C)CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(1)(C) Un número de teléfono para proporcionar información sobre exenciones a las personas o para dirigir a las personas que soliciten información sobre exenciones.
(2)CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(2) Si un condado contrata o celebra un acuerdo con la autoridad para recaudar un impuesto especial calificado para la autoridad y para el cual la autoridad prevé una exención conforme a la subdivisión (b), el recaudador de impuestos de ese condado deberá incluir un hipervínculo, que se identificará como “Exenciones de Impuestos Parcelarios”, en la página de inicio del sitio web de internet del recaudador de impuestos a otra ubicación en el sitio web de internet del recaudador de impuestos que publique los hipervínculos y la información proporcionada por la autoridad en el párrafo (1).
(3)CA Recursos Públicos Code § 35172(d)(3) El párrafo (2) solo se aplicará cuando la autoridad proporcione la información al recaudador de impuestos requerida por el párrafo (1). El recaudador de impuestos no deberá publicar ningún hipervínculo a una ubicación en el sitio web de internet de la autoridad que sea inválida.

Section § 35173

Explanation

Esta ley permite a una autoridad aplicar ciertas leyes de contribuciones y mejoras bajo el Código de Calles y Carreteras. Pueden imponer cargos o crear distritos de mejora utilizando las normas establecidas por la Ley de Mejoras de 1911, la Ley de Bonos de Mejoras de 1915 y la Ley de Mejoras Municipales de 1913.

La autoridad podrá imponer contribuciones de conformidad con la Ley de Mejoras de 1911, División 7 (que comienza con la Sección 5000), la Ley de Bonos de Mejoras de 1915, División 10 (que comienza con la Sección 8500), y la Ley de Mejoras Municipales de 1913, División 12 (que comienza con la Sección 10000) del Código de Calles y Carreteras.

Section § 35174

Explanation
Esta ley permite a una autoridad pedir dinero prestado para pagar mejoras importantes o nuevos proyectos de construcción (conocidas como mejoras de capital) siguiendo procedimientos gubernamentales específicos descritos en otra parte.

Section § 35175

Explanation

Esta ley permite a la autoridad financiar instalaciones y emitir bonos utilizando las reglas y procesos de la Ley de Instalaciones Comunitarias Mello-Roos de 1982. Esto significa que pueden recaudar dinero para proyectos de desarrollo creando distritos especiales que se benefician de las mejoras.

La autoridad puede financiar instalaciones y emitir bonos conforme a esta división de conformidad con la Ley de Instalaciones Comunitarias Mello-Roos de 1982 (Capítulo 2.5 (que comienza con la Sección 53311) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno).