Chapter 2
Section § 33600
Esta sección otorga a la agencia de conservación la autoridad para utilizar los derechos y facultades que necesite para cumplir sus metas y propósitos. Esto incluye tanto las facultades explícitamente establecidas como cualquier facultad implícita.
Section § 33601
Esta ley describe las facultades de la agencia de conservación, permitiéndole: emprender acciones legales, gestionar su personal y contratar a un director ejecutivo que no forma parte del servicio civil. La agencia de conservación también puede contratar personal adicional según sea necesario y utilizar contratos para obtener la experiencia que su personal no posee. Además, puede celebrar acuerdos con entidades públicas y privadas para cumplir con sus funciones. Asimismo, está autorizada para otorgar subvenciones a ciertas organizaciones calificadas, como ciudades, condados y organizaciones sin fines de lucro, que promuevan los objetivos de la agencia de conservación.
Section § 33602
Esta ley permite al organismo de conservación, que administra tierras protegidas, crear reglas sobre cómo el público puede usar sus tierras. Estas reglas deben estar en línea con los objetivos de proteger, mejorar o restaurar las tierras. Si alguien infringe estas reglas, se considera un delito menor que podría resultar en una multa de hasta $1,000, tiempo en la cárcel de hasta seis meses, o ambas cosas. La mitad de cualquier multa recaudada se destina de nuevo al organismo de conservación para apoyar sus actividades.
Section § 33603
Esta ley permite al organismo de conservación ofrecer servicios y construir instalaciones que ayuden a reducir el daño humano y a mejorar el disfrute público en las tierras del organismo de conservación. Cualquier mejora debe estar en línea con los objetivos del organismo de conservación, según se describe en otra sección específica.
Section § 33604
Section § 33605
Esta sección permite a la agencia de conservación recibir diversas formas de apoyo, como dinero, subvenciones, bienes y regalos, de cualquier fuente pública o privada para sus actividades legales. Cualquier regalo de bienes personales debe ser aprobado por el Director de Finanzas, a menos que lo desapruebe dentro de los 60 días posteriores a la notificación del director ejecutivo de la agencia de conservación.