Chapter 2
Section § 33320
La Conservaduría de Sierra Nevada, que forma parte de la Agencia de Recursos Naturales, es una organización estatal que colabora con los gobiernos locales y otras partes interesadas para mejorar el turismo y la recreación, proteger los recursos naturales y culturales, preservar los paisajes productivos y reducir los riesgos de desastres como los incendios forestales. También se enfoca en mejorar la calidad del agua y del aire, impulsar la economía regional, identificar proyectos prioritarios para financiación y aumentar el disfrute público de las tierras públicas. Además, la Conservaduría busca apoyar actividades que equilibren la preservación ambiental con la prosperidad económica y promuevan la resiliencia climática y la equidad.
Section § 33321
Esta sección establece la composición de una junta de 13 miembros, que incluye miembros con derecho a voto y sin derecho a voto, para una entidad de conservación. Los miembros con derecho a voto incluyen a funcionarios estatales clave, como el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales y el Director de Finanzas, así como a miembros públicos y representantes subregionales. Estos miembros públicos son nombrados por el Gobernador, el Presidente de la Asamblea y el Comité de Reglas del Senado, asegurando que no sean funcionarios electos. Cada subregión selecciona a un miembro de la junta a través de un proceso específico que involucra a los supervisores del condado. Si un miembro no es nombrado a tiempo, el Gobernador interviene. Los miembros sin derecho a voto son representantes federales del Servicio de Parques Nacionales, el Servicio Forestal y la Oficina de Administración de Tierras. Los nombramientos buscan reflejar una diversidad de orígenes.
Además, cuatro miembros legislativos (dos del Senado y dos de la Asamblea) pueden participar en las actividades de la junta, siempre que no entre en conflicto con sus funciones legislativas. Representan a varios distritos tanto dentro como fuera del área de la entidad de conservación.
Section § 33322
Esta ley explica cuánto tiempo servirán ciertos miembros de la junta y sus suplentes. Algunos miembros, según lo especificado en otra sección, sirven a discreción de quien los nombró. Otros tienen mandatos fijos basados en la región que representan dentro de las áreas de Sierra.
En las regiones noroeste, centro-norte y sureste de Sierra, cumplen mandatos de dos años que comienzan en un año impar. Por el contrario, aquellos en las regiones noreste, centro-sur y suroeste de Sierra comienzan en un año par, y los nuevos designados inicialmente sirven por un año. Finalmente, un miembro debe renunciar si ya no cumple con los requisitos de elegibilidad necesarios para su nombramiento.
Section § 33323
Esta ley explica que los miembros con derecho a voto de la junta de la agencia de conservación que no son empleados estatales recibirán $100 por cada reunión a la que asistan. Además, todos los miembros de la junta serán reembolsados por cualquier gasto necesario, como los de viaje, en los que incurran al asistir a estas reuniones o al desempeñar sus funciones.
Section § 33324
Cada año, los miembros con derecho a voto de la junta deben elegir un presidente y un vicepresidente de entre ellos mismos. Si surge una vacante inesperada en estos cargos, los miembros de la junta elegirán a alguien nuevo para ocupar el puesto hasta el final del mandato.
Section § 33325
La junta de la agencia de conservación necesita que al menos siete miembros con derecho a voto estén presentes para tomar decisiones. Sin este número, no pueden llevar a cabo sus asuntos. Para que cualquier decisión sea válida, necesita al menos siete votos a favor de los miembros con derecho a voto. La junta también es responsable de establecer las normas y procedimientos de sus reuniones.
Todos los miembros con derecho a voto, así como los asesores sin derecho a voto, pueden asistir a todas las reuniones, incluidas las privadas.
Section § 33326
Section § 33327
Esta sección de la ley establece que la junta debe tener una oficina central en la región. Además, la agencia de conservación tiene la opción de alquilar o ser propietaria de bienes y equipo, siguiendo las leyes y normas pertinentes.