Section § 32600

Explanation
Esta ley simplemente nombra y permite el uso del nombre "Ley de Conservación de Ríos y Montañas de San Gabriel y del Bajo Los Ángeles" para esta división legislativa.

Section § 32601

Explanation

Esta ley reconoce que áreas naturales específicas en California, incluyendo el Río San Gabriel y el bajo Río Los Ángeles, entre otras, tienen un valor ambiental y cultural significativo. Estas áreas deben ser preservadas y mejoradas para el disfrute y el beneficio educativo de las generaciones actuales y futuras.

La Legislatura por la presente encuentra y declara que el Río San Gabriel y sus afluentes, el bajo Río Los Ángeles y sus afluentes, las Montañas de San Gabriel, las Colinas de Puente, las Colinas de San José, la Isla Santa Catalina y la cuenca del Canal Dominguez constituyen un recurso único e importante de espacio abierto, ambiental, antropológico, cultural, científico, educativo, recreativo, escénico y de vida silvestre que debe ser mantenido en fideicomiso para ser preservado y mejorado para el disfrute y la apreciación de las generaciones presentes y futuras.

Section § 32602

Explanation

Esta ley establece la Conservaduría de los Ríos y Montañas de San Gabriel y del Bajo Los Ángeles bajo la Agencia de Recursos Naturales en California. La conservaduría tiene la tarea de gestionar tierras públicas en ciertas cuencas hidrográficas y en la Isla Santa Catalina. Su objetivo es asegurar que estas áreas se preserven para uso como espacios abiertos, recreación, educación, protección de la vida silvestre y conservación del agua. Además, apoya proyectos que protegen la vida y la propiedad de inundaciones, al mismo tiempo que ofrece disfrute público en estos espacios naturales.

Existe en la Agencia de Recursos Naturales la Conservaduría de los Ríos y Montañas de San Gabriel y del Bajo Los Ángeles, la cual es creada como una agencia estatal con los siguientes propósitos:
(a)CA Recursos Públicos Code § 32602(a) Adquirir y gestionar tierras públicas dentro de las cuencas del río Bajo Los Ángeles y del río San Gabriel, la cuenca del Canal Dominguez y la Isla Santa Catalina, y proveer para usos recreativos y educativos de bajo impacto en espacios abiertos, conservación del agua, mejora de cuencas hidrográficas, restauración y protección de la vida silvestre y su hábitat, y mejora de cuencas hidrográficas dentro del territorio.
(b)CA Recursos Públicos Code § 32602(b) Preservar el río San Gabriel y el río Bajo Los Ángeles, la cuenca del Canal Dominguez y la Isla Santa Catalina de manera consistente con los proyectos existentes y adoptados de control de ríos e inundaciones para la protección de la vida y la propiedad.
(c)CA Recursos Públicos Code § 32602(c) Adquirir tierras de espacio abierto dentro del territorio de la conservaduría.
(d)CA Recursos Públicos Code § 32602(d) Proveer para el disfrute público y la mejora de experiencias recreativas y educativas en tierras públicas en la cuenca de San Gabriel y el río Bajo Los Ángeles, las montañas de San Gabriel, la cuenca del Canal Dominguez y la Isla Santa Catalina de una manera consistente con la protección de tierras y recursos en esas cuencas hidrográficas.