Chapter 2
Section § 32510
La Conservaduría del Río San Joaquín forma parte de la Agencia de Recursos de California. Su función es adquirir y gestionar terrenos públicos a lo largo del Parque Lineal del Río San Joaquín, que se extiende desde la Presa Friant hasta el punto donde el río cruza la Autopista 99.
Esta área abarca un total de aproximadamente 5,900 acres, divididos entre el Condado de Madera y el Condado de Fresno. El objetivo de la conservaduría es fomentar el uso recreativo y educativo, al mismo tiempo que protege la vida silvestre y los recursos naturales de la zona.
Section § 32511
Section § 32512
Esta ley establece que la agencia de conservación tiene autoridad sobre las partes del parque lineal que posee o ha adquirido.
Section § 32513
Esta ley define las áreas que caen bajo la jurisdicción de la agencia de conservación. Incluye tierras y aguas utilizadas para fines de vía parque, tierras públicas gestionadas por la agencia de conservación para otras agencias, y tierras privadas que necesitan servicios de conservación o que se gestionan bajo un acuerdo voluntario.
Section § 32514
Esta sección de la ley explica que la agencia de conservación es responsable de coordinar con las agencias estatales y locales, así como con grupos privados interesados en el río San Joaquín y sus recursos. Aunque estas agencias mantienen la propiedad de cualquier terreno que tengan en el parque lineal, pueden acordar que la agencia de conservación gestione ese terreno. Si ninguna agencia pública está gestionando el área, la agencia de conservación asumirá esa función. Sin embargo, las decisiones sobre zonificación y uso del suelo siguen siendo responsabilidad de las agencias individuales que forman parte de la agencia de conservación.
Section § 32515
Esta sección describe cómo se compondrá la junta directiva de la conservancy y quién designa a sus 16 miembros con derecho a voto. Los miembros incluyen funcionarios del gobierno local de los condados de Fresno y Madera, representantes del Distrito Metropolitano de Control de Inundaciones de Fresno y del Distrito de Riego de Madera, y tres miembros públicos de áreas específicas.
También incluye un miembro de una tribu nativa americana de California, un miembro joven de 18 a 26 años que no ocupa ningún cargo electo, y representantes de varios departamentos estatales como Pesca y Vida Silvestre, Parques y Recreación, Finanzas, y otros con autoridad de nombramiento específica otorgada a figuras como el Gobernador y el Comité de Reglas del Senado.
Section § 32516
Esta ley establece que se requiere la presencia de más de la mitad de los miembros con derecho a voto de la junta para que puedan tomar decisiones oficiales. Además, las reuniones de la junta deben seguir las reglas establecidas en la Ley Bagley-Keene de Reuniones Abiertas, la cual asegura que las reuniones sean abiertas y accesibles al público.
Section § 32517
Los miembros de la junta sirven por cuatro años. Si un miembro deja de ser un funcionario electo o designado, automáticamente pierde su puesto en la junta. Además, si un miembro de la junta debe vivir en un área específica y se muda, su puesto queda vacante.
Section § 32518
Esta ley establece que los miembros de la junta que no son funcionarios electos ni designados pueden recibir un pago de hasta $75 por día cuando asisten a reuniones o realizan actividades de la junta. Sin embargo, su pago total no puede exceder los $450 en un año. También pueden recibir el reembolso de cualquier gasto real y necesario en el que incurran. Es importante destacar que los miembros pueden optar por no recibir este pago si así lo desean.
Section § 32519
Cada año, los miembros de la junta que tienen derecho a voto deben elegir un presidente y un vicepresidente de entre ellos. Si alguno de estos puestos queda vacante, los miembros votantes elegirán a alguien nuevo para ocupar el puesto por el resto del período. Nadie puede ser presidente por más de dos períodos consecutivos.