Section § 31220

Explanation

Esta ley permite a la agencia de conservación iniciar o financiar proyectos que buscan mejorar y proteger la calidad del agua y los hábitats costeros y marinos. Los proyectos deben alinearse con ciertos objetivos, como reducir la contaminación del agua, proteger la vida silvestre, gestionar la erosión y mejorar el acceso público a las áreas naturales. Estos proyectos también podrían implicar el monitoreo de la vida marina y la coordinación con otras agencias, como la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos, para asegurar que cumplan con ciertos estándares. Además, los proyectos deben incluir monitoreo y evaluación basados en planes de gestión de cuencas y planes de control de calidad del agua relevantes.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31220(a) Para mejorar y proteger la calidad del agua y los hábitats costeros y marinos, la agencia de conservación podrá emprender proyectos de calidad del agua de cuencas costeras y hábitats costeros y marinos, gestión de sedimentos y protección y restauración de recursos marinos vivos, o conceder subvenciones para dichos proyectos, de conformidad con este capítulo. Excepto para los proyectos descritos en los párrafos (7), (8), (9) o (10) de la subdivisión (b), la agencia de conservación deberá consultar con la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos en el desarrollo del proyecto o la subvención para asegurar la coherencia con el Capítulo 3 (que comienza con la Sección 30915) de la División 20.4 del Código de Recursos Públicos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31220(b) La agencia de conservación podrá emprender un proyecto o conceder una subvención para un proyecto conforme a esta sección solo si el proyecto realiza una o más de las siguientes acciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(1) Reduce la contaminación de las aguas dentro de la zona costera o las aguas marinas.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(2) Protege o restaura el hábitat de peces y vida silvestre dentro de las aguas costeras y marinas y las cuencas costeras, incluyendo, entre otros, proyectos de coordinación de permisos para la restauración de cuencas.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(3) Reduce las amenazas a los peces y la vida silvestre costeros y marinos.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(4) Reduce la erosión y sedimentación no naturales de las cuencas costeras o contribuye al restablecimiento de los ciclos naturales de erosión y sedimentación.
(5)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(5) Proporciona monitoreo y mapeo de corrientes costeras, hábitats marinos y vida silvestre marina, para facilitar la protección y mejora de los recursos dentro de la zona costera. Un proyecto considerado bajo este párrafo deberá implementarse en consulta con el Departamento de Pesca y Caza.
(6)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(6) Adquiere, protege y restaura humedales costeros, áreas ribereñas, llanuras aluviales y otras tierras sensibles de cuencas, incluyendo tierras de cuencas que drenan a áreas costeras o marinas sensibles.
(7)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(7) Reduce el impacto de las presiones demográficas y económicas sobre los recursos costeros y marinos.
(8)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(8) Proporciona acceso público compatible con los objetivos de protección y restauración de recursos.
(9)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(9) Proporciona la construcción o expansión de centros de naturaleza o instalaciones de investigación que enfaticen la educación para la conservación o actividades de investigación centrándose en la porción marina de la zona costera o la interfaz tierra-océano.
(10)CA Recursos Públicos Code § 31220(b)(10) Proporciona proyectos y actividades consistentes con la División 26.5 (que comienza con la Sección 35500).
(c)CA Recursos Públicos Code § 31220(c) Los proyectos financiados conforme a esta sección deberán incluir un componente de monitoreo y evaluación y deberán ser consistentes con lo siguiente, si está disponible y es relevante para el proyecto:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31220(c)(1) Programa Integrado de Gestión de Cuencas establecido conforme a la Sección 30947.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31220(c)(2) Planes locales de gestión de cuencas.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31220(c)(3) Planes de control de calidad del agua adoptados por la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos y las juntas regionales de control de calidad del agua.