Section § 31170

Explanation

El Programa de Conservación del Río Santa Ana se establece para ayudar a gestionar y satisfacer tanto las necesidades ambientales como recreativas del área del Río Santa Ana. Este programa será supervisado por la agencia de conservación, según se explica en el capítulo.

Por la presente se establece el Programa de Conservación del Río Santa Ana, para ser administrado por la agencia de conservación, con el fin de abordar los objetivos de recursos y recreativos de la región del Río Santa Ana, según lo dispuesto en este capítulo.

Section § 31171

Explanation

La Legislatura de California destaca la importancia del río Santa Ana, señalando su gran tamaño y el crecimiento de la población a su alrededor. El río atraviesa varios condados y sustenta a comunidades con acceso desigual a parques y espacios verdes, especialmente en barrios de bajos ingresos y minoritarios.

A pesar de la abundancia de zonas verdes en la región, las comunidades en condados como San Bernardino y Riverside aún carecen de espacios verdes adecuados. El río en sí mismo es un recurso natural significativo que necesita atención debido a las presiones del desarrollo.

Para abordar estos problemas, la creación del Programa de Conservación del Río Santa Ana tiene como objetivo mejorar la condición del río mediante la planificación e implementación de proyectos centrados en la restauración, conservación y recreación.

La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31171(a) El río Santa Ana es el sistema fluvial más grande del sur de California, cubriendo un área de aproximadamente 2,700 millas cuadradas en partes de los condados de Orange, San Bernardino, Riverside y Los Ángeles.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31171(b) La región del río Santa Ana alberga una de las poblaciones de más rápido crecimiento en la nación, que se espera que aumente de sus actuales cinco millones de residentes a diez millones de residentes para 2050.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31171(c) No todos los residentes del Condado de Orange tienen igual acceso a los espacios verdes. Las comunidades con el peor acceso a parques se encuentran a lo largo del río en el norte del Condado de Orange, con bajos niveles de ingresos y altas concentraciones de personas de color.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31171(d) A pesar de las vastas áreas de parques en la región, muchas comunidades en los condados de San Bernardino y Riverside carecen de parques, con menos de tres acres de espacio verde por cada 1,000 residentes. Esto es particularmente cierto en las comunidades que se desarrollaron antes del auge de la construcción de las últimas décadas. A medida que más familias de clase trabajadora se mudaron a la zona en busca de empleo, la población en estos barrios más antiguos aumentó, pero los recursos públicos para parques y recreación no se invirtieron proporcionalmente al crecimiento.
(e)CA Recursos Públicos Code § 31171(e) El río Santa Ana es un recurso natural extraordinario de importancia estatal. El río ha sido objeto de un desarrollo intenso y necesita restauración, conservación y mejora.
(f)CA Recursos Públicos Code § 31171(f) El establecimiento del Programa de Conservación del Río Santa Ana proporcionará al estado la estructura necesaria para planificar e implementar proyectos de restauración y preservación y oportunidades de recreación, y mejorar la condición general del río Santa Ana.

Section § 31172

Explanation

Esta sección define términos clave para el Programa de Conservación del Río Santa Ana. El 'Programa' se refiere específicamente a este esfuerzo de conservación, mientras que las 'tierras del Programa' son cualquier propiedad involucrada en el programa. La 'región del Río Santa Ana' es el área a lo largo del Río Santa Ana, que se extiende media milla a cada lado desde su origen hasta el Océano Pacífico, incluyendo sus afluentes y tierras cercanas.

Para los fines de este capítulo, los siguientes términos tienen los siguientes significados:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31172(a) «Programa» significa el Programa de Conservación del Río Santa Ana.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31172(b) «Tierras del Programa» significa los intereses en bienes inmuebles adquiridos, gestionados o sujetos a un proyecto conforme a este capítulo.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31172(c) «Región del Río Santa Ana» significa aquellas tierras que se encuentran dentro de media milla a cada lado del lecho del Río Santa Ana, o cualquiera de sus afluentes, desde sus cabeceras cerca del Área Silvestre de San Gorgonio hasta el Océano Pacífico en la Playa de la Desembocadura del Río Santa Ana en Huntington Beach y cuencas hidrográficas adyacentes y tierras según se describe en el párrafo (2) del apartado (a) de la Sección 31175.

Section § 31173

Explanation

Esta ley permite a la agencia de conservación iniciar proyectos y proporcionar apoyo financiero, como subvenciones y préstamos, a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro. Los objetivos son crear espacios recreativos, proteger hábitats naturales, restaurar humedales y tierras agrícolas, mantener limpia el agua del río Santa Ana y mejorar los usos educativos y el control de inundaciones.

También promueve el acceso y disfrute público de las tierras del programa, asegurando al mismo tiempo la protección de los recursos naturales y económicos.

La agencia de conservación puede emprender proyectos y otorgar subvenciones y préstamos a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para ayudar a lograr todos los siguientes objetivos del programa:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31173(a)  Oportunidades recreativas, espacios abiertos, senderos, restauración, mejora y protección del hábitat de vida silvestre y de especies, restauración y protección de humedales, restauración y protección de tierras agrícolas, protección y mantenimiento de la calidad de las aguas del río Santa Ana para todos los usos beneficiosos, uso educativo relacionado y transporte natural de aguas de inundación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31173(b) Acceso público, disfrute y mejora de la experiencia recreativa y educativa en las tierras del programa de una manera consistente con la protección de la tierra y los recursos naturales y los recursos económicos en el área.

Section § 31174

Explanation

Esta ley describe las responsabilidades de la agencia de conservación al administrar un programa centrado en el área del Río Santa Ana. La agencia de conservación debe formar un grupo asesor compuesto por diversos representantes de la comunidad que ayuden sin recibir pago. Necesitan elaborar un plan integral para la conservación del Río Santa Ana, que incluya políticas para proteger la cuenca hidrográfica, identificar espacios abiertos públicos para un mejor uso y determinar la necesidad de instalaciones recreativas. Se priorizan los proyectos que mejoran la recreación, la estética y los hábitats de vida silvestre, siempre que no afecten la calidad del agua, el suministro o el control de inundaciones. El programa debe cumplir con las regulaciones locales, y la agencia de conservación es responsable de mantener las instalaciones de acuerdo con los objetivos del capítulo.

Al administrar el programa, la agencia de conservación deberá, de conformidad con los propósitos de este capítulo, hacer todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31174(a) Crear un grupo asesor para ofrecer asesoramiento, experiencia, apoyo o servicio a la agencia de conservación, sin compensación. El grupo asesor podrá estar compuesto por miembros de la comunidad ambiental, el gobierno local, agencias locales y representantes públicos y privados, quienes estén todos involucrados en proyectos consistentes con los objetivos de este programa de conformidad con la Sección 31173.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31174(b) Preparar un Plan de Vía Verde y Espacios Abiertos del Río Santa Ana que deberá, como mínimo, hacer todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31174(b)(1) Determinar las políticas y prioridades para la conservación del Río Santa Ana y su cuenca hidrográfica.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31174(b)(2) Identificar espacios abiertos públicos existentes y subutilizados y recomendar formas de proporcionar un mejor uso y disfrute público en esas áreas.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31174(b)(3) Identificar y priorizar necesidades adicionales de recreación de bajo impacto y de espacios abiertos, incluyendo instalaciones y parques adicionales o mejorados que puedan ser necesarios o deseables.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31174(c) Dar prioridad a proyectos relacionados con el río que creen oportunidades ampliadas para la recreación, el reverdecimiento, la mejora estética y el hábitat de vida silvestre a lo largo del corredor del río y en partes del cauce del río que puedan mejorarse sin infringir la calidad del agua, el suministro de agua y el control de inundaciones necesario.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31174(d) Implementar el programa de conformidad con todos los planes generales y específicos relacionados y las regulaciones de zonificación de las agencias locales dentro de la región del Río Santa Ana.
(e)CA Recursos Públicos Code § 31174(e) Disponer que las tierras y las instalaciones del programa sean operadas y mantenidas de acuerdo con los propósitos de este capítulo.

Section § 31175

Explanation

Esta sección describe las facultades de la agencia de conservación encargada de la región del Río Santa Ana. La agencia de conservación puede adquirir y gestionar terrenos, otorgar subvenciones para bienes inmuebles y tiene el derecho de tanteo sobre la propiedad pública excedente. Puede arrendar, vender o intercambiar bienes inmuebles, y financiar proyectos para la recreación, la conservación y la preservación cultural. Para cualquier proyecto nuevo, la agencia de conservación debe notificar a las autoridades locales su intención. También puede cobrar tarifas por el uso de la tierra, buscar subvenciones y donaciones, trabajar con voluntarios, celebrar contratos y participar en acciones legales.

En el cumplimiento de los propósitos de este capítulo, y sin limitar las facultades expresas o implícitas de la agencia de conservación en la implementación de otras disposiciones de esta división, la agencia de conservación tendrá, y podrá ejercer, todos los derechos y facultades necesarios, expresos o implícitos, salvo que se disponga lo contrario en este capítulo. Sin limitación, la agencia de conservación podrá realizar todo lo siguiente:
(a)Copy CA Recursos Públicos Code § 31175(a)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 31175(a)(1) Adquirir intereses y opciones sobre bienes inmuebles y otorgar subvenciones para la adquisición con estos fines.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31175(a)(2) Con respecto a las adquisiciones de bienes inmuebles por parte de la agencia de conservación de cuencas hidrográficas y terrenos que se encuentren dentro de la región del Río Santa Ana, pero no a menos de media milla a cada lado del cauce del Río Santa Ana, la agencia de conservación deberá proporcionar a la ciudad o al condado con jurisdicción geográfica sobre el bien inmueble afectado un aviso por escrito con 30 días de antelación sobre la intención de la agencia de conservación, a menos que la ciudad o el condado acuerden aceptar un aviso con menor antelación en un caso determinado.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31175(b) Ejercer un derecho de tanteo, en la medida en que no entre en conflicto con otra ley, para propiedades excedentes de agencias públicas ubicadas dentro de la región del Río Santa Ana, de conformidad con el Plan de Vía Verde y Espacios Abiertos del Río Santa Ana, adoptado de conformidad con el subapartado (b) de la Sección 31174.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31175(c) Arrendar, alquilar, vender, intercambiar o transferir intereses sobre bienes inmuebles.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 31175(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 31175(d)(1) Emprender o financiar proyectos para implementar mejoras en el sitio, mejorar instalaciones deterioradas o construir nuevas instalaciones para recreación al aire libre, acceso público, apreciación e interpretación de la naturaleza; preservación histórica y cultural; o protección, restauración o mejora de los recursos naturales y el hábitat.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31175(d)(2) Si la agencia de conservación tiene la intención de emprender un proyecto directamente, la agencia de conservación deberá proporcionar un aviso por escrito con 30 días de antelación a la ciudad o al condado con jurisdicción geográfica sobre el bien inmueble afectado, a menos que la ciudad o el condado acuerden aceptar un aviso con menor antelación en un caso determinado.
(e)CA Recursos Públicos Code § 31175(e) Proveer para la gestión de los terrenos del programa.
(f)CA Recursos Públicos Code § 31175(f) Fijar y cobrar tarifas por el uso de cualquier terreno de su propiedad o bajo su control, o por cualquier servicio prestado por la agencia de conservación. El monto de las tarifas no excederá el costo razonable de mantener y operar el terreno o de prestar los servicios ofrecidos por la agencia de conservación.
(g)CA Recursos Públicos Code § 31175(g) La agencia de conservación podrá solicitar y aceptar subvenciones, obsequios, donaciones de dinero y propiedades, subsidios, alquileres, regalías y otra asistencia de fuentes públicas y privadas. Estos fondos se depositarán en la Cuenta del Programa de la Agencia de Conservación del Río Santa Ana, según se especifica en la Sección 31179, para su uso en el fomento del programa.
(h)CA Recursos Públicos Code § 31175(h) Reclutar y coordinar voluntarios y expertos para llevar a cabo programas interpretativos y recreativos, y asistir con proyectos de construcción y el mantenimiento de instalaciones.
(i)CA Recursos Públicos Code § 31175(i) Celebrar contratos y acuerdos de poderes conjuntos.
(j)CA Recursos Públicos Code § 31175(j) Demandar y ser demandado.

Section § 31176

Explanation
Esta sección exige que la agencia de conservación colabore y se comunique con los sistemas públicos de agua o aguas residuales antes de adquirir propiedades o conceder subvenciones que afecten las instalaciones de estos sistemas y las propiedades circundantes. Además, la agencia de conservación también debe coordinar con el departamento pertinente en circunstancias similares que involucren las propiedades o intereses del departamento.

Section § 31177

Explanation

Esta sección describe las limitaciones de los poderes de una agencia de conservación cuando opera en áreas geográficas dentro de una ciudad o condado. La agencia de conservación debe cumplir con todas las leyes y planes locales y tiene restricciones sobre ciertas acciones. Específicamente, no puede usar la expropiación forzosa, controlar terrenos propiedad de otras agencias públicas sin un acuerdo, imponer impuestos, o interferir con proyectos de transporte regional. Además, cualquier acción que afecte los derechos de agua o las instalaciones en el área del río Santa Ana requiere el consentimiento de las partes afectadas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31177(a) No obstante la Sección 31175, la agencia de conservación está sujeta a todas las leyes, reglamentos y planes generales y específicos del órgano legislativo de la ciudad o el condado con jurisdicción geográfica sobre el área en la que la agencia de conservación proponga llevar a cabo una acción.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31177(b) No obstante la Sección 31175, la agencia de conservación no deberá hacer ninguna de las siguientes acciones:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31177(b)(1) Ejercer el poder de expropiación forzosa (dominio eminente) al implementar este capítulo.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31177(b)(2) Administrar, regular o controlar el uso de cualquier terreno propiedad o arrendado por otra agencia pública, excepto según lo dispuesto en un acuerdo por escrito con esa agencia pública.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31177(b)(3) Imponer un impuesto.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31177(b)(4) Realizar una acción que interfiera, entre en conflicto con, impida, impacte negativamente o prevenga la planificación e implementación de proyectos y programas de transporte contenidos en el plan regional de transporte, aprobado y mantenido, periódicamente, por la Asociación de Gobiernos del Sur de California.
(5)CA Recursos Públicos Code § 31177(b)(5) Actuar para afectar cualquier derecho de agua o instalación de recursos hídricos, incluyendo cualquier planta de tratamiento de agua de propiedad pública, en la región y cuenca del río Santa Ana sin el consentimiento de la parte afectada.

Section § 31178

Explanation
Esta sección de la ley indica que, siempre que sea posible, el organismo de conservación debería colaborar con el Cuerpo de Conservación de California y los Cuerpos de Conservación Comunitarios para lograr sus objetivos.

Section § 31179

Explanation

Esta ley establece la Cuenta del Programa de Conservación del Río Santa Ana dentro del Fondo de la Agencia de Conservación Costera del Estado. El dinero en esta cuenta generará intereses y podrá usarse para el programa una vez que se asigne mediante un proceso legal.

Todos los ingresos del programa, incluyendo las tarifas, se depositan en esta cuenta. La agencia que gestiona el programa puede gastar el dinero en proyectos como mejorar instalaciones, comprar terrenos y apoyar las operaciones.

La agencia de conservación también puede recibir donaciones de dinero, servicios o bienes de agencias públicas, organizaciones privadas o individuos, y puede usarlos para propósitos similares.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31179(a) Por la presente se crea la Cuenta del Programa de Conservación del Río Santa Ana en el Fondo de la Agencia de Conservación Costera del Estado. Los fondos en la cuenta devengarán intereses y estarán disponibles, previa asignación presupuestaria, para los fines de este capítulo.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31179(b) Todos los ingresos, incluyendo los ingresos por tarifas recibidos de conformidad con este capítulo, se depositarán en la cuenta.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31179(c) La agencia de conservación administrará los fondos que le sean asignados para el programa y podrá destinar esos fondos a mejoras de capital, adquisición de tierras y apoyo a las operaciones del programa. La agencia de conservación también podrá aceptar dinero, subvenciones, bienes o servicios aportados a ella por una agencia pública, entidad privada o persona y, una vez recibidos, podrá utilizar el dinero, las subvenciones, los bienes o los servicios para mejoras de capital, adquisiciones de tierras y apoyo a las operaciones del programa para los fines de este capítulo.

Section § 31180

Explanation
Esta ley requiere que la agencia de conservación incluya detalles sobre su programa en el informe que envía al Gobernador y a la Legislatura, tal como se especifica en otra sección, la Sección 31108.