Section § 31160

Explanation
El Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco se crea para ser gestionado por la agencia de conservación. Su función es manejar los objetivos de recursos y recreación para el Área de la Bahía de San Francisco. Este programa busca hacerlo de una manera organizada y exhaustiva, como se detalla en la Sección 31162.

Section § 31161

Explanation
Esta ley reconoce que los nueve condados que rodean la Bahía de San Francisco forman una región única con recursos naturales especiales y necesidades de recreación al aire libre. Destaca que la Bahía de San Francisco es una parte clave de una red que incluye espacios abiertos, cuencas hidrográficas, hábitats naturales, vías fluviales, áreas escénicas, tierras de cultivo y senderos regionales.

Section § 31162

Explanation

Esta ley permite al Organismo de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco llevar a cabo proyectos y otorgar subvenciones para lograr objetivos específicos. Estos objetivos incluyen mejorar el acceso público a los espacios naturales y urbanos en el Área de la Bahía sin perjudicar la propiedad privada, la agricultura o los entornos sensibles. Su propósito es proteger y mejorar los hábitats naturales y las áreas escénicas, apoyar la planificación local y regional, y proporcionar espacios abiertos para la recreación y educación de las poblaciones urbanas.

El organismo de conservación puede emprender proyectos y otorgar subvenciones en el Área de la Bahía de San Francisco de nueve condados que ayudarán a lograr los siguientes objetivos del Programa del Organismo de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31162(a) Mejorar el acceso público a, dentro y alrededor de la bahía, la costa, las cumbres y los espacios abiertos urbanos, de manera consistente con los derechos de los propietarios de propiedades privadas, y sin causar un impacto adverso significativo en las operaciones agrícolas y las áreas ambientalmente sensibles y la vida silvestre, incluyendo humedales y otros hábitats de vida silvestre, mediante la finalización y operación de sistemas regionales de senderos de la bahía, la costa, el agua y las cumbres, y senderos locales que conectan con centros de población e instalaciones públicas, los cuales forman parte de un sistema de senderos regional y son consistentes con los planes maestros y planes generales adoptados a nivel local y regional, y mediante la provisión y preservación de instalaciones relacionadas, tales como centros de interpretación, áreas de pícnic, áreas de preparación y campamentos.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31162(b) Proteger, restaurar y mejorar los hábitats naturales y los corredores de conexión, las cuencas hidrográficas, las áreas escénicas y otros recursos de espacios abiertos de importancia regional.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31162(c) Ayudar en la implementación de las políticas y programas de la Ley Costera de California de 1976 (Division 20 (commencing with Section 30000)), el Plan de la Bahía de San Francisco y los planes adoptados de los gobiernos locales y distritos especiales.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31162(d) Promover, asistir y mejorar proyectos que proporcionan espacios abiertos y áreas naturales que son accesibles a las poblaciones urbanas con fines recreativos y educativos.

Section § 31163

Explanation

Esta sección de la ley describe las responsabilidades de la Agencia de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco al cooperar con varios organismos locales y regionales para identificar y adoptar objetivos a largo plazo para la recreación y la gestión de recursos en el Área de la Bahía de San Francisco. La Agencia de Conservación debe considerar las áreas prioritarias recomendadas por la comisión de la bahía, pero en última instancia tiene la autoridad para tomar decisiones. Las adquisiciones de bienes inmuebles deben provenir de vendedores voluntarios, especialmente si la tierra se utiliza para la agricultura o la ganadería.

La Agencia de Conservación tiene la tarea de fomentar asociaciones para implementar sus objetivos, priorizando proyectos que estén respaldados por planes, involucren múltiples jurisdicciones, sean oportunos y ofrezcan beneficios significativos, incluyendo fondos de contrapartida asegurados. Además, la Agencia de Conservación lidera la financiación y el desarrollo del Plan de la Ruta Acuática del Área de la Bahía de San Francisco, coordinando con diversas partes interesadas para asegurar que los proyectos no dañen áreas de vida silvestre sensibles y sean consistentes con los objetivos regionales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31163(a) La agencia de conservación cooperará con ciudades, condados y distritos, la comisión de la bahía, otros organismos gubernamentales regionales, fideicomisos de tierras sin fines de lucro, organizaciones de propietarios de tierras sin fines de lucro y otras partes interesadas en la identificación y adopción de objetivos a largo plazo para los recursos y la recreación al aire libre para el área de la Bahía de San Francisco, los cuales guiarán las actividades en curso del Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco. La agencia de conservación utilizará la lista de áreas y preocupaciones prioritarias establecida por la comisión de la bahía de conformidad con el inciso (b) de la Sección 31056 como guía en la selección de aquellos proyectos del área de San Francisco que estén dentro de la jurisdicción de la comisión de la bahía. Sin embargo, la orientación proporcionada por la comisión de la bahía es consultiva y la agencia de conservación tendrá la responsabilidad de tomar las decisiones del programa. Cualquier adquisición de bienes inmuebles utilizando fondos autorizados de conformidad con este capítulo se realizará a vendedores voluntarios si la tierra se cultiva o se utiliza para la ganadería activamente. Cualquier adquisición de bienes inmuebles por parte de la agencia de conservación de conformidad con este capítulo se realizará a vendedores voluntarios.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31163(b) La agencia de conservación participará y apoyará acciones interinstitucionales y asociaciones público-privadas en el área de la Bahía de San Francisco con el propósito de implementar el inciso (a), y de proporcionar una participación local amplia y apoyo al Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31163(c) La agencia de conservación utilizará los criterios especificados en este inciso para desarrollar prioridades de proyectos para el Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco que contemplen proyectos de desarrollo y adquisición, proyectos urbanos y rurales, y proyectos de espacios abiertos y recreación al aire libre. La agencia de conservación dará prioridad a los proyectos que, en la mayor medida posible, cumplan con los siguientes criterios:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31163(c)(1) Cuentan con el apoyo de planes locales o regionales adoptados.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31163(c)(2) Son multijurisdiccionales o sirven a una circunscripción regional.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31163(c)(3) Pueden implementarse de manera oportuna.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31163(c)(4) Ofrecen oportunidades de beneficios que podrían perderse si el proyecto no se implementa rápidamente.
(5)CA Recursos Públicos Code § 31163(c)(5) Incluyen fondos de contrapartida de otras fuentes de financiación o asistencia.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 31163(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(1) La agencia de conservación será la agencia principal en la financiación y el desarrollo de proyectos que implementen el Plan de la Ruta Acuática del Área de la Bahía de San Francisco preparado de conformidad con la Sección 66694 del Código de Gobierno.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(2) Durante el período en que se esté preparando el plan y después de su finalización, la agencia de conservación podrá emprender proyectos y otorgar subvenciones que sean generalmente consistentes con y que promuevan la preparación del plan o logren la implementación del plan.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(3) Para promover la preparación del plan, la agencia de conservación ayudará a coordinar una asociación colaborativa con la comisión de la bahía, la Asociación de Gobiernos del Área de la Bahía y otras personas, organizaciones y agencias interesadas, incluyendo, entre otros, departamentos y comisiones estatales, condales y distritales interesados, parques y distritos de parques, puertos, organismos gubernamentales regionales, grupos sin fines de lucro, grupos de usuarios y empresas.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(4) Al desarrollar el plan y emprender proyectos para implementarlo, las áreas cuyo acceso deba ser gestionado o prohibido se determinarán en consulta con las agencias de protección de recursos, la Guardia Costera de los Estados Unidos, la Autoridad de Tránsito Acuático, la Comisión de Tierras del Estado, las agencias locales de aplicación de la ley y a través del proceso de revisión ambiental requerido por la Ley de Calidad Ambiental de California (División 13 (que comienza con la Sección 21000)).
(5)CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(5) Una vez finalizado el plan, la agencia de conservación considerará la adopción del plan y la inclusión de los elementos apropiados del plan en el plan estratégico de la agencia de conservación.
(6)CA Recursos Públicos Code § 31163(d)(6) La agencia de conservación no otorgará una subvención ni emprenderá un proyecto para la Ruta Acuática del Área de la Bahía de San Francisco que tenga un impacto adverso significativo en un área de vida silvestre sensible o que esté en conflicto con los objetivos del inciso (a) de la Sección 31162.

Section § 31164

Explanation

Esta ley establece una cuenta específica dentro del Fondo de la Agencia de Conservación Costera del Estado, denominada Cuenta del Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco. Su propósito es administrar y distribuir fondos para el Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco, según lo indique la Legislatura. La cuenta contendrá dinero de asignaciones legislativas, ganancias de proyectos y cualquier otro reembolso relacionado con el programa. Aunque los intereses de esta cuenta se destinan al Fondo General, la Agencia de Conservación hará un seguimiento de todo el dinero relacionado con esta cuenta.

Además, los fondos que provengan de fuentes no estatales o no federales, como donaciones privadas o contribuciones de gobiernos locales, deben depositarse en esta cuenta dentro del Fondo Fiduciario Costero.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31164(a) Por la presente se crea la Cuenta del Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco en el Fondo de la Agencia de Conservación Costera del Estado, con el propósito de depositar y desembolsar fondos, previa asignación de la Legislatura, para la administración e implementación del Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco. Todos los fondos que sean asignados por la Legislatura para los fines de este capítulo, y todos los reembolsos, ingresos por ventas u otros fondos recibidos por la agencia de conservación para los fines de este capítulo y derivados de proyectos financiados con cargo a esta cuenta, se depositarán en esta cuenta. Los intereses de los fondos de esta cuenta se acumularán al Fondo General. La agencia de conservación deberá rendir cuentas de todos los depósitos y reembolsos de fondos en esta cuenta.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31164(b) Los fondos que se deriven de otras fuentes, excluyendo los fondos estatales o federales, para los fines de este capítulo, incluyendo, entre otros, donaciones privadas, tarifas, multas y contribuciones de gobiernos locales, se depositarán en la Cuenta del Programa de Conservación del Área de la Bahía de San Francisco en el Fondo Fiduciario Costero de conformidad con la Sección 31012.

Section § 31165

Explanation

Esta ley permite a la agencia de conservación iniciar proyectos y otorgar subvenciones para apoyar el área de la Bahía de San Francisco, centrándose en actividades que protejan, restauren o mejoren los recursos oceánicos, costeros y de cuencas hidrográficas. También apoya proyectos que ofrecen educación ambiental relacionada con estos recursos, incluyendo eventos, exposiciones o mejoras de infraestructura que destaquen los recursos costeros, de cuencas hidrográficas u oceánicos y la historia marítima.

Para beneficiar a la región de la Bahía de San Francisco, la agencia de conservación podrá emprender proyectos y otorgar subvenciones para actividades que sean compatibles con la preservación, restauración o mejora de los recursos oceánicos, costeros, de la bahía o de cuencas hidrográficas, o que faciliten la educación ambiental relacionada con estos recursos. Estos proyectos o actividades pueden incluir, entre otros, exposiciones o eventos que enfaticen la educación sobre recursos costeros, de cuencas hidrográficas u oceánicos, o la historia marítima, o el desarrollo de servicios e infraestructura consistente con este capítulo.