Section § 31100

Explanation

Esta sección de la ley de California establece la Conservaduría Costera Estatal dentro de la Agencia de Recursos. Está compuesta por siete miembros, incluyendo al presidente de la comisión, al Secretario de la Agencia de Recursos, al Director de Finanzas y a cuatro miembros del público. Dos miembros del público son nombrados por el Gobernador, uno por el Comité de Reglas del Senado y uno por el Presidente de la Asamblea. Entre los nombrados por el Gobernador, no más de uno puede ser un funcionario electo local de un área de gobierno en la zona costera. Excepto por esos miembros del público, los miembros de la conservaduría pueden hacer que un empleado asista en su nombre.

Existe en la Agencia de Recursos la Conservaduría Costera Estatal, compuesta por los siguientes siete miembros:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31100(a) El presidente de la comisión.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31100(b) El Secretario de la Agencia de Recursos.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31100(c) El Director de Finanzas.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31100(d) Cuatro miembros del público, de los cuales dos serán nombrados por el Gobernador, uno será nombrado por el Comité de Reglas del Senado, y uno será nombrado por el Presidente de la Asamblea. De los miembros nombrados por el Gobernador, no más de uno podrá ser un funcionario electo de un gobierno local, y dicho funcionario deberá haber sido elegido para un cargo en un gobierno local cuyo territorio esté ubicado total o parcialmente en la zona costera.
Excepto por los miembros nombrados conforme a la subdivisión (d), los miembros de la conservaduría podrán designar a uno de sus empleados para que sirva en la conservaduría en su ausencia.

Section § 31100.5

Explanation
Esta sección establece que tres miembros del Senado de California y tres miembros de la Asamblea son designados para colaborar con la agencia de conservación. Su participación es condicional, ya que no debe entrar en conflicto con sus funciones como legisladores.

Section § 31101

Explanation

Esta ley describe los períodos de servicio y la compensación para ciertos miembros designados de una agencia de conservación. Los miembros designados bajo subdivisiones específicas sirven por períodos de cuatro años, pero si son funcionarios electos locales, su membresía termina 60 días después de que finalice su mandato electo, permitiendo que el Gobernador designe a alguien nuevo. Sin embargo, si son elegidos para un cargo local después de su designación, aún pueden completar su período.

Estos miembros reciben $100 por cada día que asisten a las reuniones regulares de la agencia de conservación, además de un reembolso por los gastos necesarios, incluidos los de viaje.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31101(a) Los miembros designados conforme a las subdivisiones (a) y (d) de la Sección 31100 ejercerán un mandato de cuatro años. Sin embargo, si un miembro es designado conforme a la subdivisión (d) en razón de su condición de funcionario electo local, su membresía cesará 60 días después de que finalice su mandato como funcionario electo local, y el Gobernador podrá designar a otra persona para completar el resto de su mandato. Cualquier persona designada conforme a la subdivisión (d) de la Sección 31100 no será inhabilitada para ser miembro y podrá completar su mandato en caso de que sea elegida para un cargo local después de su designación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31101(b) Los miembros designados conforme a las subdivisiones (a) y (d) de la Sección 31100 serán compensados por la asistencia a las reuniones ordinarias de la agencia de conservación a razón de cien dólares ($100) por día, y se les reembolsarán los gastos reales y necesarios, incluidos los gastos de viaje, incurridos en el desempeño de sus funciones.

Section § 31102

Explanation

Esta ley explica que el Secretario de la Agencia de Recursos Naturales elegirá a un miembro público para que dirija la agencia de conservación como presidente. Este miembro presidente ocupa su cargo a discreción del secretario. Más de la mitad de los miembros de la agencia de conservación deben estar presentes para tomar decisiones oficiales, y la agencia de conservación puede establecer sus propias reglas.

El Secretario de la Agencia de Recursos Naturales seleccionará a uno de los miembros públicos para que presida la agencia de conservación. El miembro público ejercerá como presidente a discreción del secretario. La mayoría del total de miembros autorizados de la agencia de conservación constituirá un quórum para la tramitación de cualquier asunto bajo esta división. La agencia de conservación adoptará sus propias regulaciones.

Section § 31103

Explanation
La agencia de conservación es responsable de contratar a un director ejecutivo y de fijar su salario, y este puesto no forma parte del sistema de servicio civil. También pueden contratar personal adicional necesario para desempeñar sus funciones. Siempre que sea posible, la agencia de conservación debe utilizar al personal de la comisión para la planificación y evaluación de proyectos, y depender de la División de Servicios Inmobiliarios del Departamento de Servicios Generales para gestionar transacciones inmobiliarias como adquisiciones y arrendamientos.

Section § 31103.1

Explanation

Esta ley establece que un funcionario o empleado de una agencia de conservación no tiene un conflicto de interés financiero en un contrato si se cumplen ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen que el interés financiero del individuo se limite a su salario o gastos, que esté realizando su trabajo para la Autoridad de Restauración de la Bahía de San Francisco, y que el contrato implique fondos de subvención de esta Autoridad a la agencia de conservación.

De conformidad con la Sección 1090 del Código de Gobierno, un funcionario o empleado de la agencia de conservación no se considerará que tiene un interés financiero en un contrato celebrado en su capacidad oficial cuando se cumplan todas las siguientes condiciones:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31103.1(a) El interés financiero en cuestión se limita al salario, las dietas o el reembolso de gastos del individuo como funcionario o empleado de la agencia de conservación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31103.1(b) El individuo está desempeñando funciones de personal para la Autoridad de Restauración de la Bahía de San Francisco como parte de su empleo por la agencia de conservación.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31103.1(c) El contrato implica una subvención de fondos por parte de la Autoridad de Restauración de la Bahía de San Francisco a la agencia de conservación.

Section § 31104

Explanation
Esta sección permite a la agencia de conservación buscar y aceptar diversas formas de apoyo financiero, como subvenciones federales, regalos, donaciones, alquileres y regalías, de entidades tanto públicas como privadas.

Section § 31104.1

Explanation
Esta ley designa al organismo de conservación como titular de tierras para cumplir los objetivos establecidos por la Ley Costera de California, los planes costeros locales o el Plan de la Bahía de San Francisco. El organismo de conservación puede aceptar la propiedad de la tierra, servidumbres u otros intereses sobre la tierra necesarios para el acceso público a las áreas de recreación y recursos costeros.

Section § 31104.2

Explanation
Esta ley establece que la agencia de conservación es responsable de planificar y coordinar la venta de terrenos federales excedentes en la zona costera del estado.

Section § 31104.3

Explanation
Cada año, o cuando sea necesario, el director ejecutivo del organismo de conservación debe informar al Director de Servicios Generales sobre terrenos privados que son importantes para proteger los recursos naturales y que podrían intercambiarse por terrenos del estado. Estos intercambios buscan conservar los recursos naturales y regular las zonas costeras. Se considera que el terreno es especial si es valioso para el acceso público, la recreación, la conservación del hábitat, el espacio abierto o la agricultura. Para que se incluya en el informe, el propietario de la propiedad debe dar su consentimiento.

Section § 31105

Explanation
Esta ley autoriza a la agencia de conservación a comprar bienes inmuebles o cualquier interés en ellos siguiendo una ley específica de adquisición de propiedades. Esto se puede hacer por cualquier razón enumerada en su división rectora.

Section § 31106

Explanation
Esta ley permite a la Junta de Obras Públicas del Estado de California usar la expropiación forzosa, lo que significa que pueden tomar propiedad privada para uso público, pero solo para los fines específicos establecidos en la normativa pertinente.

Section § 31107

Explanation

Esta ley permite al Director de Servicios Generales arrendar, alquilar, vender, intercambiar o transferir terrenos o intereses de propiedad en nombre de la agencia de conservación si se solicita. Estas transacciones deben seguir un plan aprobado por la agencia de conservación. Los arrendamientos no pueden durar más de 10 años. El dinero obtenido de estas transacciones se destina a la agencia de conservación y puede usarse para sus programas después de ser asignado por la Legislatura.

No obstante otras disposiciones de la ley, el Director de Servicios Generales, cuando así lo solicite la agencia de conservación, arrendará, alquilará, venderá, intercambiará o transferirá de otro modo cualquier terreno, interés en el mismo u opción adquirida conforme a esta división, de acuerdo con un plan de implementación aprobado por la agencia de conservación. Los arrendamientos celebrados conforme a las disposiciones de esta división no establecerán un período superior a 10 años. Los ingresos de cualquier arrendamiento, alquiler, venta, intercambio o transferencia de terrenos, intereses en los mismos u opciones sobre ellos, se depositarán en la agencia de conservación y estarán disponibles para su gasto cuando sean asignados por la Legislatura con el fin de financiar los programas especificados en esta división.

Section § 31107.1

Explanation

Esta sección de la ley exige que el Departamento de Servicios Generales y la agencia de conservación trabajen juntos para crear y seguir procedimientos para manejar transacciones de propiedad, como la compra, venta, arrendamiento y opciones de compra de tierras. Estas actividades deben realizarse de manera justa, eficiente y con la debida notificación al público.

El Departamento de Servicios Generales y la agencia de conservación desarrollarán e implementarán conjuntamente procedimientos adecuados para asegurar que la adquisición de tierras, el arrendamiento, las opciones de compra, la enajenación de tierras y otras transacciones de propiedad realizadas de conformidad con las disposiciones de esta división se lleven a cabo de manera eficiente y equitativa y con la debida notificación al público.

Section § 31108

Explanation

Cada tres años, a partir del 2 de enero, el organismo de conservación debe informar al Gobernador y a la Legislatura sobre su progreso en el cumplimiento de objetivos como la preservación de tierras agrícolas y la restauración de hábitats costeros. Este informe debe evaluar la eficacia del programa, identificar los recursos necesarios, como financiación o legislación, y discutir cómo está abordando los objetivos y distribuyendo los fondos según lo establecido en una sección relacionada. Además, debe detallar el progreso en la implementación del Programa de Alojamiento Costero de Menor Costo.

El 2 de enero, tres años después de la presentación del informe más reciente, el organismo de conservación preparará y presentará al Gobernador y a la Legislatura un informe que describa el progreso en el logro de los objetivos de esta división y preparará y presentará un informe adicional cada tres años a partir de entonces. El informe incluirá lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31108(a) Una evaluación de la eficacia de los programas del organismo de conservación en la preservación de tierras agrícolas, la restauración del hábitat costero, la provisión de acceso público a la costa y en la realización de otras funciones prescritas en esta división.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31108(b) Identificación de financiación adicional, legislación u otros recursos necesarios para llevar a cabo de manera más efectiva los objetivos de esta división.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31108(c) Una discusión de su progreso en el abordaje de los objetivos, áreas prioritarias y preocupaciones a las que se hace referencia en el apartado (a) de la Sección 31163, incluyendo, entre otros, cualesquiera fondos que se reciban o desembolsen para fines relacionados con el abordaje de esos objetivos, áreas prioritarias y preocupaciones.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31108(d) Una discusión de su progreso en la implementación del Programa de Alojamiento Costero de Menor Costo establecido de conformidad con la Sección 31412.

Section § 31108.5

Explanation
Esta ley asegura que cualquier tarifa que la agencia de conservación recaude, según la Sección 30526, solo puede usarse para proyectos de restauración, reemplazo o mejora ambiental que se alineen con el programa costero local aprobado de la agencia local pertinente. Además, cualquier proyecto de este tipo requiere la consulta completa y el consentimiento de la agencia local involucrada.

Section § 31109

Explanation

Esta ley permite al organismo de conservación tomar acciones, incluyendo financiar proyectos, antes de que un plan o programa costero local sea oficialmente certificado, siempre y cuando esas acciones formen parte de un programa aprobado de identificación de problemas locales y de trabajo por la Comisión Costera de California. Sin embargo, el organismo de conservación aún debe cumplir con otros requisitos de revisión y aprobación de proyectos antes de que ocurra cualquier certificación.

Cuando la certificación de un plan o programa costero local sea requerida bajo esta división como condición para una acción por parte del organismo de conservación, este podrá tomar dicha acción, incluyendo la financiación de proyectos antes de la certificación, cuando la acción esté identificada en un programa de identificación de problemas locales y de trabajo que haya sido aprobado por la Comisión Costera de California. Sin embargo, al emprender acciones antes de la certificación de un plan o programa costero local, el organismo de conservación deberá seguir otros requisitos aplicables de revisión y aprobación de proyectos establecidos en esta división.

Section § 31111

Explanation

Esta sección otorga a la agencia de conservación la autoridad para hacer tres cosas principales. Primero, puede crear planes y estudios de viabilidad para ayudar a implementar sus objetivos. Segundo, ofrece asistencia técnica a los involucrados. Por último, puede otorgar subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para apoyar los esfuerzos de planificación y viabilidad mencionados.

Al implementar esta división, la agencia de conservación puede financiar y realizar todo lo siguiente:
(a)CA Recursos Públicos Code § 31111(a) Preparar planes y estudios de viabilidad.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31111(b) Proporcionar asistencia técnica.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31111(c) Otorgar subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para los fines de las subdivisiones (a) y (b).

Section § 31111.3

Explanation
Esta ley sugiere que, al asignar fondos del Proyecto de Ley de la Asamblea 74 para abordar los problemas de contaminación transfronteriza en el Valle del Río Tijuana, se debe dar preferencia a los proyectos destacados en ciertos estudios previos, siempre que sea razonablemente posible.

Section § 31111.5

Explanation

Esta ley permite que la agencia de conservación otorgue una subvención a una empresa con fines de lucro para remover o alterar la Presa San Clemente si el proyecto es crucial para la región o el estado y si las agencias públicas o sin fines de lucro no lo lograrían. Sin embargo, el estado solo puede gastar hasta $30 millones en el proyecto y actividades relacionadas.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31111.5(a) Al implementar esta división, la agencia de conservación puede otorgar una subvención a una entidad con fines de lucro para lograr la remoción o alteración de la Presa San Clemente si la agencia de conservación determina que el proyecto es de importancia regional o estatal y que una subvención a una agencia pública o una organización sin fines de lucro no lograría la remoción o alteración de la Presa San Clemente.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31111.5(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a), los gastos totales de fondos estatales para la remoción o alteración de la Presa San Clemente y actividades relacionadas no excederán los treinta millones de dólares ($30,000,000).

Section § 31112

Explanation
Esta ley permite a la agencia de conservación aceptar dinero de suscripciones y anuncios no políticos relacionados con sus publicaciones. El dinero recaudado se deposita luego en el Fondo de Conservación Costera del Estado y solo se puede gastar si la Legislatura lo aprueba.

Section § 31113

Explanation

El Programa Preparado para el Clima se centra en abordar los efectos del cambio climático dentro de su área de acción. Su objetivo es llevar a cabo proyectos que busquen reducir los gases de efecto invernadero, enfrentar fenómenos meteorológicos extremos, el aumento del nivel del mar y otros peligros costeros que afectan a las comunidades y los recursos naturales.

El programa permite otorgar ayudas económicas (subvenciones) a entidades públicas y organizaciones sin ánimo de lucro para financiar proyectos que disminuyan las emisiones, mejoren los hábitats naturales y brinden opciones de ocio. Da prioridad a las soluciones de infraestructura natural, que emplean sistemas de la naturaleza para manejar los retos relacionados con el clima.

Se espera que estos proyectos aporten múltiples beneficios a la sociedad, como la protección de comunidades y la mejora de la biodiversidad. El programa también contempla la colaboración con la Oficina de Planificación e Investigación para compartir datos sobre proyectos de adaptación climática.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31113(a) El Programa Preparado para el Clima queda por la presente establecido y será administrado por la agencia de conservación para abordar los impactos y posibles impactos del cambio climático en los recursos dentro de la jurisdicción de la agencia de conservación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31113(b) Al implementar esta división, la agencia de conservación podrá emprender proyectos dentro de su jurisdicción, incluyendo, entre otros, aquellos que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero, aborden eventos climáticos extremos, el aumento del nivel del mar, las marejadas ciclónicas, la erosión de playas y acantilados, la intrusión de agua salada, las inundaciones y otros peligros costeros que amenazan a las comunidades costeras, la infraestructura y los recursos naturales.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31113(c) De conformidad con el Programa Preparado para el Clima, la agencia de conservación podrá otorgar subvenciones a agencias públicas y organizaciones sin fines de lucro para actividades autorizadas de conformidad con el subapartado (b). Al otorgar las subvenciones, la agencia de conservación deberá, en la medida permitida, priorizar los proyectos que maximicen los beneficios públicos y que logren cualquiera de los siguientes objetivos:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31113(c)(1) Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, reducir los peligros para puertos y dársenas, preservar y mejorar los humedales costeros y las tierras naturales, conservar la biodiversidad y proporcionar oportunidades recreativas.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31113(c)(2) Reducir el riesgo de inundaciones y mejorar el hábitat de peces y vida silvestre, incluyendo proyectos con múltiples beneficios que eliminen sedimentos donde el material excavado pueda utilizarse para mejorar las costas o los ecosistemas.
(d)Copy CA Recursos Públicos Code § 31113(d)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(1) La agencia de conservación deberá hacer todo lo siguiente:
(A)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(1)(A) Priorizar proyectos que utilicen infraestructura natural en comunidades costeras para ayudar a la adaptación al cambio climático.
(B)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(1)(B) Priorizar proyectos que proporcionen múltiples beneficios públicos, incluyendo, entre otros, la protección de comunidades, recursos naturales y oportunidades recreativas.
(C)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(1)(C) Considerar proyectos en una variedad de ecosistemas a lo largo de la costa del estado, incluyendo, entre otros, la protección y expansión de estuarios y lagunas costeras que proporcionan hábitat crítico de alimentación y cría para especies de peces juveniles y hábitat de forrajeo para aves acuáticas migratorias y otras aves acuáticas, incluyendo el hábitat de pastos marinos.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(2) La agencia de conservación deberá proporcionar información a la Oficina de Planificación e Investigación sobre cualquier proyecto financiado de conformidad con este subapartado para ser considerado para su inclusión en el centro de intercambio de información sobre adaptación climática, establecido de conformidad con la Sección 71360.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(3) La agencia de conservación podrá proporcionar asistencia técnica a las comunidades costeras para ayudarlas mejor con sus proyectos que utilizan infraestructura natural.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31113(d)(4) Para los fines de este subapartado, “infraestructura natural” significa el uso de sistemas o procesos ecológicos naturales para reducir la vulnerabilidad a los peligros relacionados con el cambio climático, u otros efectos relacionados con el cambio climático, al tiempo que se aumenta la capacidad de adaptación a largo plazo de las zonas costeras e interiores mediante la perpetuación o restauración de los servicios ecosistémicos. Esto incluye, entre otros, la conservación, preservación o gestión sostenible de cualquier forma de espacio abierto vegetado acuático o terrestre, como playas, dunas, marismas, arrecifes, pastos marinos, parques, jardines de lluvia y doseles arbóreos urbanos. También incluye sistemas y prácticas que utilizan o imitan procesos naturales, como pavimentos permeables, bioswales y otros sistemas de ingeniería, como diques que se combinan con sistemas naturales restaurados, para proporcionar agua limpia, conservar los valores y funciones de los ecosistemas y ofrecer una amplia gama de beneficios a las personas y la vida silvestre.

Section § 31115

Explanation
Esta sección explica que cuando una agencia estatal identifica características naturales importantes y decide qué tipo de desarrollo puede realizarse en las zonas costeras, puede solicitar subvenciones a la agencia de conservación. Estas subvenciones ayudan a la agencia a adquirir ciertos derechos de uso de la tierra o el agua (sin llegar a la propiedad total) para proteger estas características naturales. Sin embargo, estas subvenciones no pueden utilizarse para comprar áreas de tierra o agua que estén destinadas a formar parte de una red más grande de tierras públicas.

Section § 31115.5

Explanation
Esta ley permite a la agencia de conservación llevar a cabo proyectos en la Ciudad de San Juan Capistrano siguiendo las directrices de dos capítulos específicos de la ley. El Capítulo 4 y el Capítulo 8 establecen esas directrices.

Section § 31116

Explanation

Esta ley permite que las organizaciones sin fines de lucro reciban fondos si celebran un acuerdo formal con la agencia de conservación. Para la compra de tierras, el precio no puede exceder el valor justo de mercado, y la agencia de conservación debe aprobar las condiciones de compra. Las tierras compradas con fondos de subvención no pueden usarse como garantía de préstamos a menos que la agencia de conservación lo apruebe. Si la organización sin fines de lucro se disuelve, el estado adquiere la propiedad de las tierras, a menos que otro grupo calificado acepte hacerse cargo. Cualquier transferencia de tierras requiere el consentimiento de la agencia de conservación, y si se incumplen los términos, el estado obtiene automáticamente el título de propiedad de las tierras. La ley exige que el interés del estado en las tierras se establezca claramente en las escrituras, y que cualquier mejora en proyectos financiados proteja los intereses públicos, lo cual debe documentarse en los registros locales.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31116(a) Se podrán otorgar fondos a una organización sin fines de lucro conforme a esta división si la organización sin fines de lucro celebra un acuerdo con la agencia de conservación, sujeto a los términos y condiciones especificados por la agencia de conservación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31116(b) En el caso de una subvención para la adquisición de tierras, el acuerdo deberá estipular todo lo siguiente:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(1) El precio de compra de cualquier participación en tierras adquiridas por la organización sin fines de lucro no podrá exceder el valor justo de mercado establecido por una tasación aprobada por la agencia de conservación.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(2) La agencia de conservación deberá aprobar los términos bajo los cuales se adquiere la participación en las tierras.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(3) La participación en las tierras adquiridas en virtud de una subvención de la agencia de conservación no podrá utilizarse como garantía para ninguna deuda en la que incurra la organización sin fines de lucro, a menos que la agencia de conservación apruebe la transacción.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(4) La transferencia de tierras adquiridas en virtud de una subvención de la agencia de conservación estará sujeta a la aprobación de la agencia de conservación y se deberá celebrar un nuevo acuerdo con el cesionario, que sea suficiente para proteger el interés del pueblo de California.
(5)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(5) Si se viola cualquier término o condición esencial, el título de toda participación en bienes inmuebles adquiridos con fondos estatales pasará inmediatamente a ser propiedad del estado.
(6)CA Recursos Públicos Code § 31116(b)(6) Si la existencia de la organización sin fines de lucro termina por cualquier motivo, el título de toda participación en bienes inmuebles adquiridos con fondos estatales pasará inmediatamente a ser propiedad del estado, a menos que la agencia de conservación identifique otra agencia pública u organización sin fines de lucro apropiada y esta acepte el título de todas las participaciones en bienes inmuebles.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31116(c) Cualquier escritura u otro instrumento de transmisión mediante el cual una organización sin fines de lucro adquiera bienes inmuebles conforme a esta sección deberá establecer el interés reversionario del estado.
(d)CA Recursos Públicos Code § 31116(d) La agencia de conservación también deberá exigir un acuerdo suficiente para proteger el interés público en cualquier mejora o desarrollo construido bajo una subvención a una organización sin fines de lucro para la mejora y el desarrollo de un proyecto conforme a esta división. El acuerdo deberá describir particularmente cualquier bien inmueble que esté sujeto al acuerdo, y deberá ser registrado por la agencia de conservación en el condado donde se encuentre el bien inmueble.

Section § 31117

Explanation
Esta ley exige que cualquier plan o proyecto dentro de la zona costera de las Montañas de Santa Mónica sea revisado por la Conservaduría de las Montañas de Santa Mónica antes de que la Conservaduría Costera Estatal pueda aprobarlo. Específicamente, el director ejecutivo debe presentar el plan o proyecto al menos 60 días antes de la aprobación. Si la conservaduría no rechaza el plan dentro de esos 60 días debido a conflictos con su programa de trabajo, el plan puede seguir adelante.

Section § 31118

Explanation
Esta ley permite a la agencia de conservación solicitar el reembolso de los fondos que ha otorgado. La agencia de conservación puede establecer los términos y condiciones que considere necesarios para lograr los objetivos de esta división.

Section § 31119

Explanation

La ley permite a la agencia de conservación llevar a cabo programas educativos para adultos y estudiantes de K-12 y otorgar subvenciones a organizaciones sin fines de lucro, escuelas y agencias públicas, incluyendo tribus, para apoyar estos programas. Los beneficiarios de las subvenciones deben aumentar la participación estudiantil, llegar a áreas desatendidas y mantener datos para las evaluaciones. Los fondos estatales no pueden usarse para subvenciones a colegios públicos. Los programas educativos deben alinearse con los estándares estatales. Los proyectos pueden incluir la enseñanza sobre la conservación de los recursos costeros, mejorar el pensamiento crítico y apoyar el aprendizaje emocional. Las subvenciones también pueden usarse para construir y mejorar instalaciones educativas, pero solo el 10% de los fondos puede destinarse a costos administrativos.

(a)Copy CA Recursos Públicos Code § 31119(a)
(1)Copy CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(1) La agencia de conservación puede emprender proyectos y programas educativos para adultos y para alumnos desde jardín de infancia hasta el grado 12, inclusive, y otorgar subvenciones a organizaciones sin fines de lucro, instituciones educativas y agencias públicas, incluyendo tribus indígenas reconocidas a nivel federal, para los fines establecidos en las subdivisiones (b) y (c).
(2)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(2) Una organización sin fines de lucro, institución educativa o agencia pública, incluyendo una tribu indígena reconocida a nivel federal, que reciba una subvención bajo esta subdivisión deberá cumplir con todos los siguientes requisitos:
(A)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(2)(A) Documentar el aumento de la participación de los alumnos en sus programas educativos.
(B)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(2)(B) Proporcionar alcance a áreas del estado de bajos ingresos, desatendidas y no costeras.
(C)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(2)(C) Mantener cualquier dato necesario para la evaluación de un proyecto o programa financiado con una subvención, según lo determine la agencia de conservación.
(3)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(3) No se utilizarán fondos del Fondo General para subvenciones otorgadas conforme a esta subdivisión a instituciones educativas públicas, incluyendo colegios comunitarios.
(4)CA Recursos Públicos Code § 31119(a)(4) Un programa educativo para alumnos desde jardín de infancia hasta el grado 12, inclusive, deberá impartir conocimientos y habilidades que apoyen los estándares de contenido adoptados por la Junta Estatal de Educación.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31119(b) Los proyectos y programas educativos financiados y emprendidos bajo la subdivisión (a) pueden incluir todos los siguientes:
(1)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(1) Proyectos y programas relacionados con la preservación, protección, mejora, mantenimiento y disfrute de los recursos costeros.
(2)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(2) Instalaciones de aprendizaje presencial y a distancia conforme a la subdivisión (c), actividades y programas de instrucción que apoyen la impartición de contenido de ciencia, historia y ciencias sociales, que promuevan el párrafo (1), incluyendo cualquiera de los siguientes:
(A)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(2)(A) Proyectos y programas que ayuden a los alumnos a adquirir conocimientos fundamentales y a desarrollar habilidades de pensamiento crítico.
(B)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(2)(B) Proyectos y programas que animen a los alumnos a tener contacto directo con la historia, incluyendo programas que se centren en la historia y la gestión responsable del océano y los recursos costeros.
(C)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(2)(C) Proyectos y programas que vinculen la ciencia con la tecnología y los impactos sociales, incluyendo la salud comunitaria, la población, los recursos naturales, la calidad ambiental, los peligros naturales y los inducidos por el ser humano, y otros desafíos globales.
(D)CA Recursos Públicos Code § 31119(b)(2)(D) Proyectos y programas que apoyen el aprendizaje y desarrollo socioemocional, como habilidades de trabajo en equipo y liderazgo.
(c)CA Recursos Públicos Code § 31119(c)  La agencia de conservación también puede otorgar subvenciones para la construcción y mejora de estructuras e instalaciones utilizadas para los proyectos y programas educativos descritos en la subdivisión (b).
(d)CA Recursos Públicos Code § 31119(d) La agencia de conservación no gastará más del 10 por ciento de los fondos recibidos para subvenciones para proyectos y programas educativos bajo la subdivisión (a) para costos administrativos de las subvenciones, incluyendo cualquier costo relacionado con la administración de cualquiera de esos proyectos y programas.

Section § 31120

Explanation
Esta ley establece que, al otorgar subvenciones o celebrar acuerdos con una tribu indígena reconocida federalmente, la agencia de conservación debe reconocer y respetar la soberanía limitada de la tribu.

Section § 31122

Explanation

A partir del 1 de enero de 2020, la agencia de conservación puede otorgar fondos no restringidos como subvenciones a organizaciones sin fines de lucro. Estas organizaciones deben ofrecer programas relacionados con la historia y la gestión de los recursos oceánicos y costeros, con un enfoque en la ciencia, la educación o el patrimonio.

Los fondos no restringidos de otra manera podrán ser otorgados por la agencia de conservación, a partir del 1 de enero de 2020, para financiar subvenciones a organizaciones sin fines de lucro que ofrezcan programas científicos, educativos o de patrimonio que se centren en la historia y la gestión de los recursos oceánicos y costeros.

Section § 31123

Explanation

Esta ley de California permite a una agencia de conservación realizar pagos anticipados en contratos o subvenciones, siempre y cuando siga un procedimiento gubernamental específico. Esta norma se mantendrá vigente hasta que el procedimiento gubernamental correspondiente sea derogado, momento en el cual esta norma también finalizará.

(a)CA Recursos Públicos Code § 31123(a) La agencia de conservación podrá autorizar pagos anticipados en un contrato o subvención otorgado conforme a esta división, de conformidad con la Sección 11019.1 del Código de Gobierno.
(b)CA Recursos Públicos Code § 31123(b) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta la fecha en que la Sección 11019.1 del Código de Gobierno sea derogada, y a partir de esa fecha quedará derogada.