Chapter 2.5
Section § 30150
Esta sección actualiza los mapas detallados que definen la ubicación del límite interior de la zona costera en California. Mapeado inicialmente por la comisión el 1 de marzo de 1977, el límite interior ha sido modificado por 35 nuevos mapas con fecha del 12 de septiembre de 1979. Estas modificaciones muestran áreas específicas que se han añadido o eliminado de la zona costera, y estos mapas están disponibles en la oficina de la comisión.
Section § 30152
Esta sección describe áreas de terreno específicas en el Condado de Del Norte, California, que están excluidas de ciertas regulaciones o designaciones. Detalla estas exclusiones por comunidad y proporciona las referencias de mapas correspondientes para mayor claridad. Cerca de Smith River, unas 255 acres están excluidas según el mapa 1. Las áreas de Fort Dick, Kings Valley y Meadowbrook Acres siguen los mapas 2 y 3 para sus exclusiones. En Crescent City, aproximadamente 2,250 acres y ciertas áreas urbanas como la Subdivisión Bertsch están excluidas según los mapas 2 y 3. Además, dos acres en Crescent City están excluidas según se detalla en el mapa 2A, presentado en 1982.
Section § 30154
Esta sección describe exclusiones de terrenos específicas en el Condado de Humboldt, cerca de la Ciudad de Fortuna y dentro de la Ciudad de Ferndale, basándose en los mapas 4 y 4A. Aproximadamente 265 acres cerca de Fortuna y todo el terreno de Ferndale a partir de 1979 están excluidos de ciertas restricciones. Además, Ferndale debe tener en cuenta el trabajo del programa costero al actualizar sus planes municipales. La Agencia de Conservación Costera del Estado puede realizar proyectos en Ferndale sin necesidad de la aprobación de una comisión, incluso si otras leyes indican lo contrario.
Section § 30156
Section § 30156.1
Section § 30158
Esta sección describe cambios en los límites geográficos del Condado de Santa Cruz. Cerca de Bonny Doon, el límite se extiende hacia el océano según mapas específicos. En Watsonville, aproximadamente 40 acres en la parte suroeste de la ciudad quedan excluidos de este límite, según se detalla en otro mapa.
Section § 30160
Esta sección de la ley detalla áreas específicas en el Condado de Monterey donde ciertos terrenos están incluidos o excluidos de los límites de la zona costera interior. Proporciona descripciones detalladas de terrenos en ciudades como Marina, Sand City, Seaside, Monterey, Pacific Grove y Del Monte Forest, especificando parcelas exactas en mapas y mencionando la necesidad de zonas de amortiguamiento a lo largo de ciertas áreas como carreteras y derechos de vía ferroviarios. Los ajustes a estos límites se basan en mapas y enmiendas legislativas de la sesión de 1979-80, lo que afecta la forma en que se gestiona el desarrollo costero en estas áreas.
Section § 30162
Esta sección trata sobre cambios de límites en ciertas áreas costeras del Condado de Santa Bárbara. Para Rancho San Julián y la cuenca del arroyo Jalama, el límite se extiende hasta un límite de cinco millas, según se indica en un mapa específico. En la Laguna Devereux y el Estero Goleta, se excluyen 170 acres y se añaden 245 acres según los mapas, pero las áreas planificadas para un proyecto de vivienda por la Universidad de California no están incluidas.
Section § 30164
Esta sección de la ley detalla cambios en los límites territoriales del Condado de Ventura, California. Cerca del río Ventura, se añaden 190 acres. En San Buenaventura, se retiran 240 acres. En Oxnard y un área no incorporada cercana, se retiran 130 acres y se añaden 85 acres. También hay un ajuste de límite que se extiende hacia el mar en la Sección 36 hasta un límite de cinco millas. Estos ajustes se muestran en mapas específicos.
Section § 30166
Esta ley describe ajustes de límites y zonificación en varias partes del Condado de Los Ángeles. En algunos puntos de las Montañas de Santa Mónica, el límite se acerca más al océano, según se muestra en mapas específicos. Se incluyen varios territorios en la cuenca del Cañón Temescal debido a que son propiedad de organizaciones específicas. En Los Ángeles y El Segundo, algunas áreas de importancia industrial se excluyen de zonas específicas. También se excluyen ciertas tierras en Manhattan Beach, Hermosa Beach y Palos Verdes Estates, así como áreas en Long Beach cerca de la Laguna Colorado y otra cerca de Pacific Coast Highway, con detalles en mapas específicos. Los cambios aseguran que el límite de la zona costera en Venice permanezca como está.
Section § 30166.5
Esta ley exige que, a más tardar el 15 de enero de 2002, la comisión debe entregar a la Ciudad de Malibú un borrador de su programa costero local. Este programa se refiere específicamente al uso del suelo dentro de la zona costera de Malibú, tal como se muestra en ciertos mapas oficiales.
Además, a más tardar el 15 de septiembre de 2002, la comisión debe, después de audiencias públicas y conversaciones con Malibú, adoptar un programa costero local finalizado. Una vez adoptado, este programa será certificado automáticamente, permitiendo que la Ciudad de Malibú asuma la responsabilidad de otorgar permisos de desarrollo costero. Si Malibú no decide sobre dichas solicitudes de permiso de manera oportuna, esas solicitudes no podrán ser aprobadas automáticamente.
Section § 30168
Esta ley describe cambios en las áreas de terreno de varias ciudades dentro del Condado de Orange. En Huntington Beach, se añaden 9.5 acres, mientras que en Costa Mesa, se retiran 15 acres. Newport Beach incorpora 22.6 acres a lo largo de la Pacific Coast Highway, pero estos podrían ser excluidos si se utilizan para fines hospitalarios. En Niguel Hill, se excluyen partes de Pacific Island Village. Dana Point y Laguna Niguel experimentan la exclusión de aproximadamente 450 acres tierra adentro. Capistrano Beach excluye alrededor de 381 acres cerca de la autopista, mientras que San Clemente añade 230 acres y excluye 214 acres en diferentes regiones y mapas.
Section § 30169
Esta ley aborda una disputa sobre la ubicación del límite interior de la zona costera en Aliso Viejo, Condado de Orange, con el objetivo de resolverla redefiniendo el límite en beneficio de la planificación local. Se añaden aproximadamente 286 acres y se eliminan 1,020 acres de la zona costera, según mapas específicos. La ley permite ajustes menores en los límites para acomodar el desarrollo, al tiempo que asegura la protección de los recursos costeros.
Se requiere un acuerdo entre Aliso Viejo Company y la Comisión para proporcionar 1,000 unidades de vivienda asequible, junto con unidades de vivienda adicionales para ingresos moderados y bajos, para satisfacer las necesidades de vivienda locales, con controles de reventa aplicados por agencias locales. La ley detalla el marco regulatorio para la infraestructura necesaria para el desarrollo comunitario, limitando el papel de la Comisión a asegurar que estos desarrollos no dañen los recursos costeros. El marco legal entra en vigor una vez que el acuerdo se formaliza y registra.
Section § 30170
Esta sección detalla áreas de terreno específicas en el Condado de San Diego, particularmente en las ciudades de Oceanside, Carlsbad y San Diego, que están incluidas o excluidas de ciertas regulaciones de desarrollo o de la zona costera. Describe límites exactos utilizando lotes, mapas y puntos de referencia específicos.
Para áreas como Carlsbad y alrededor del Aeropuerto Palomar, las normas de desarrollo exigen un plan de drenaje aprobado por los funcionarios del gobierno local, la comisión y el Departamento de Pesca y Vida Silvestre para prevenir problemas de escorrentía de agua. La Ciudad de Carlsbad debe desarrollar y adoptar un programa costero local que cumpla requisitos específicos, como la protección de tierras agrícolas y oportunidades recreativas; de lo contrario, el terreno podría ser retirado de la zona costera.
En San Diego, áreas como Carmel Valley y Mount Soledad implican planes de drenaje y transporte que deben ser certificados antes de ser excluidas de la supervisión de la zona costera. El Famosa Slough y otras regiones específicas se destacan por su inclusión, con ciertas exclusiones de permisos para actividades que no impactan significativamente el medio ambiente.
Section § 30170.6
Section § 30171
Esta sección describe el cronograma y el proceso para desarrollar un programa costero local para un área específica en la Ciudad de Carlsbad, según se muestra en los mapas archivados ante el Secretario de Estado en 1980. La Comisión debe primero redactar el programa y luego adoptarlo después de una audiencia pública y consulta. Una vez adoptado, el programa se certifica y puede modificarse de maneras específicas, incluso a solicitud de los propietarios de propiedades locales hasta que la ciudad implemente sus propias acciones. Si la Comisión no adopta el programa antes de la fecha límite, el área queda excluida de las regulaciones de la zona costera. La ley garantiza que no haya cambios en los plazos contractuales entre la comisión y las partes con respecto a los servicios de planificación.
Section § 30171.2
Esta ley trata sobre cómo se manejan las tarifas de conversión agrícola en Carlsbad a partir del 1 de enero de 1985. No se pueden cobrar nuevas tarifas bajo el programa local de subsidios agrícolas costeros, pero las partes del programa que permiten derechos de desarrollo siguen igual.
Los acuerdos o contratos existentes hechos antes de 1985 no se ven afectados, y las tarifas cobradas antes de esta fecha deben usarse para mejoras que beneficien la agricultura de Carlsbad o reembolsarse a quienes las pagaron. Los reembolsos deben hacerse dentro de los 90 días siguientes al 1 de enero de 1985 o al pago de la tarifa, lo que ocurra más tarde, y requieren una renuncia a posibles reclamos legales.
Los solicitantes deben pedir los reembolsos al Departamento de Servicios Generales. Los fondos también pueden usarse para mejoras fuera de la zona costera de Carlsbad si apoyan la agricultura local y están en línea con los objetivos del programa.
Section § 30171.5
Si usted está desarrollando en tierras agrícolas no primarias en la zona costera de Carlsbad, debe pagar una tarifa de mitigación de entre $5,000 y $10,000 por acre. Esta tarifa se destina al Fondo de la Conservación Costera Estatal.
Las tarifas recaudadas se utilizan en orden de prioridad: primero para restaurar la vida silvestre y los hábitats en la Laguna de Batiquitos, luego para un centro de interpretación en la Laguna Buena Vista, después para el acceso a playas públicas en Carlsbad, y finalmente otros proyectos locales que beneficien los recursos naturales.
Se puede usar una cuenta especial dentro del fondo para guardar estas tarifas, y los intereses generados se usarán de manera similar. Al menos el 50% de las tarifas debe destinarse a la restauración de la Laguna de Batiquitos.
Las tarifas son específicamente para mitigar los impactos de la conversión agrícola y no pueden usarse para hacer que un proyecto cumpla con las leyes existentes o para corregir inconsistencias.
Section § 30172
Esta sección de la ley trata sobre un área específica en el Condado de San Diego, cerca del Aeropuerto Palomar, que será excluida de la zona costera. Esta exclusión ocurrirá solo después de que el ingeniero de la Ciudad de Carlsbad apruebe y la comisión pertinente certifique un plan de drenaje para el área. La Ciudad de Carlsbad es responsable de implementar y hacer cumplir este plan bajo la autoridad de permiso provisional de la comisión.
Section § 30174
Este estatuto actualiza el mapa que define el límite de una zona costera en el Condado de San Diego, California. Específicamente, modifica el límite interior de la zona costera tal como se mostraba originalmente en un mapa de 1977. Los cambios incluyen la eliminación de aproximadamente 250 acres cerca de Del Mar Heights Road y la Autopista de San Diego, y la adición de aproximadamente 45 acres cerca de Carmel Valley Road y la Autopista de San Diego. Además, el límite cerca de la rama sur del Cañón de Los Peñasquitos se desplaza más cerca del océano.