Chapter 3
Section § 29200
Section § 29201
Esta sección describe algunas de las facultades que tiene la comisión para supervisar sus deberes. Puede aceptar apoyo financiero de diversas fuentes, como subvenciones y donaciones. La comisión tiene permitido formar equipos con sus miembros y buscar asesoramiento de grupos externos.
Puede contratar profesionales si es necesario, iniciar o enfrentar demandas para hacer cumplir sus reglamentos, crear normas que se ajusten a sus responsabilidades y tomar las medidas necesarias para cumplir su función de manera eficiente.
Section § 29202
Esta ley explica cómo se puede modificar el plan de protección. Para realizar cambios, la comisión debe celebrar una audiencia pública con un aviso detallado sobre los cambios requeridos. Si el cambio implica una política, requiere una votación de mayoría de dos tercios y un aviso de 90 días antes de la votación. Otros cambios requieren una votación de mayoría con un aviso de 30 días.
Si la modificación del plan afecta un área local, ese gobierno local debe ajustar sus programas locales para que coincidan con estos cambios dentro de un año. Si un gobierno local objeta un cambio, ese cambio no entrará en vigor hasta que la legislatura estatal lo apruebe.
Se aplican reglas específicas si el Distrito de Conservación de Recursos de Suisun o el Distrito de Control de Mosquitos del Condado de Solano pudieran verse afectados. Pueden objetar si el cambio entra en conflicto con las reglas existentes, y dichos cambios necesitan aprobación legislativa para proceder.
Section § 29203
Para el 1 de marzo de 1978, una comisión debe crear un mapa detallado de una marisma que incluya tanto áreas de gestión primaria como secundaria. Este mapa, con una escala específica, debe ser presentado ante el secretario del condado. Una vez presentado, cualquier cambio en los límites de la marisma o en las áreas de gestión requiere la aprobación legislativa.
Section § 29204
La ley exige que, a más tardar el 1 de julio de 1978, la comisión debe actualizar el Plan de la Bahía de San Francisco y ajustar ciertos límites de áreas. Estas actualizaciones no necesitan la aprobación de la Legislatura, aunque otras leyes puedan indicar lo contrario.
Section § 29205
Esta ley establece que la marisma se incluye como parte de la zona costera de California, de acuerdo con la Ley de Gestión de la Zona Costera de 1972 y cualquier otra ley federal relacionada. La comisión que supervisa esta zona tiene la autoridad para gestionar, planificar y emitir las certificaciones necesarias para asegurar que las actividades cumplan con estas leyes.
La comisión puede utilizar cualquier facultad descrita en estas leyes federales, excepto para ciertas instalaciones definidas en otra parte, para controlar y guiar eficazmente el uso de los recursos de la marisma.