Esta sección establece que las definiciones que se encuentran en este capítulo deben usarse para entender e interpretar el resto de la división, a menos que un contexto diferente exija otra interpretación.
A menos que el contexto requiera lo contrario, las definiciones establecidas en este capítulo rigen la interpretación de esta división.
definiciones contexto interpretación construcción definiciones del capítulo interpretación de la división definiciones rectoras definiciones aplicadas comprensión contextual interpretación legal contexto específico construcción de la división aplicación del capítulo requisitos del contexto aplicación de la regla
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
El término "junta directiva" se refiere al grupo de personas que se encarga de supervisar las operaciones del distrito.
“Junta directiva” significa el órgano rector del distrito.
junta directiva órgano rector liderazgo del distrito gobernanza del distrito operaciones del distrito grupo de gestión órgano de supervisión autoridad administrativa consejo directivo liderazgo organizacional gestión del distrito cuerpo supervisor comité ejecutivo supervisión del distrito
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta sección define el término «bonos» como cualquier forma de deuda emitida por un distrito bajo la división especificada, como bonos o pagarés.
«Bonos» significa bonos, pagarés u otros títulos de deuda emitidos por un distrito de conformidad con esta división.
bonos pagarés títulos de deuda emisión de distrito instrumentos de deuda obligaciones financieras financiamiento de distrito bonos de gobierno local financiamiento público deuda de distrito bonos municipales finanzas del sector público endeudamiento de distrito valores financieros emisión de bonos
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta ley define el término 'agencia local' como cualquier ciudad, ciudad y condado, o condado.
“Agencia local” significa una ciudad, una ciudad y condado, o un condado.
definición de agencia local gobierno municipal gobierno del condado ciudad y condado entidades gubernamentales gobierno local agencia local ciudad condado definición de ciudad y condado definición de municipalidad definiciones del PRC términos gubernamentales definiciones legales entidades locales
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
En esta sección, 'Secretario' se refiere específicamente al secretario del distrito, a menos que se indique lo contrario.
“Secretario”, salvo que se modifique de otro modo, significa el secretario del distrito.
secretario del distrito definición de secretario secretario en contexto legal Sección 26504 del PRC terminología legal del distrito interpretación de secretario designación de secretario definición específica administración del distrito función clerical término sin modificar definición estatutaria funciones oficiales en el distrito deberes del secretario oficina del distrito
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta sección define "Mejora" como cualquier actividad relacionada con la gestión de peligros geológicos, como los terremotos. Incluye la compra de propiedades, la construcción o reparación de estructuras, y la elaboración de informes sobre zonas de falla sísmica. También abarca los aspectos financieros, como la emisión y administración de bonos para financiar estas actividades.
“Mejora” significa cualquier actividad que sea necesaria o incidental para la prevención, mitigación, reducción o control de un peligro geológico, incluyendo, entre otros, todos los siguientes:
(a)CA Recursos Públicos Code § 26505(a) Adquisición de propiedad o cualquier interés en ella.
(b)CA Recursos Públicos Code § 26505(b) Construcción.
(c)CA Recursos Públicos Code § 26505(c) Mantenimiento, reparación u operación de cualquier mejora.
(d)CA Recursos Públicos Code § 26505(d) Preparación de informes geológicos requeridos conforme a la Sección 2623 para múltiples proyectos dentro de una zona o zonas de falla sísmica.
(e)CA Recursos Públicos Code § 26505(e) Emisión y servicio de bonos, pagarés u obligaciones emitidos para financiar los costos de las mejoras especificadas en las subdivisiones (a), (b), (c) y (d).
prevención de peligros geológicos mitigación zona de falla sísmica adquisición de propiedades construcción mantenimiento reparación operación de mejoras informes geológicos financiamiento de mejoras bonos pagarés obligaciones control de peligros seguridad sísmica
(Amended by Stats. 1993, Ch. 916, Sec. 8. Effective January 1, 1994.)
Esta sección de la ley define un 'distrito' específicamente como un distrito de mitigación de riesgos geológicos que se forma según las normas de esta división legal.
“Distrito” significa un distrito de mitigación de riesgos geológicos creado de conformidad con esta división.
riesgo geológico distrito de mitigación definición de distrito distrito de riesgos geológicos mitigación formación de distrito mitigación de peligros gestión de riesgos geológicos normas de la división distrito de seguridad ambiental gestión de peligros geológicos formación de distritos establecimiento de distritos mitigación de peligros distrito geológico
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
La ley define un 'peligro geológico' como cualquier situación en la que el terreno o la tierra pueda desplazarse o moverse, de forma real o potencial, como un deslizamiento de tierra, un sumidero, un terremoto o la erosión.
"Peligro geológico" significa un deslizamiento de tierra real o amenazado, subsidencia del terreno, erosión del suelo, terremoto, movimiento de falla, o cualquier otro movimiento natural o antinatural del terreno o la tierra.
peligro geológico deslizamiento de tierra subsidencia del terreno erosión del suelo terremoto movimiento de falla movimiento natural movimiento antinatural movimiento del terreno movimiento de la tierra sumidero deslizamiento de tierra amenazado erosión del terreno inestabilidad del terreno actividad sísmica
(Amended by Stats. 1993, Ch. 916, Sec. 9. Effective January 1, 1994.)
Esta ley define el término "cuerpo legislativo" específicamente como la junta directiva o el consejo de una agencia local.
“Cuerpo legislativo” significa el cuerpo legislativo de una agencia local.
cuerpo legislativo agencia local junta directiva consejo local definición de gobierno gobierno local miembros del consejo consejo de gobierno junta municipal legislativo local autoridad local agencia pública administración local gobierno municipal gobernanza cívica
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta sección de la ley define un 'plan de control' como un informe detallado que debe ser preparado por un geólogo ingeniero certificado o una empresa de geólogos ingenieros. El informe debe identificar un peligro geológico, explicar dónde se encuentra y el área que afecta, y esbozar una estrategia para prevenir, reducir o gestionar el peligro.
plan de control geólogo ingeniero peligro geológico ubicación del peligro área afectada estrategia de prevención plan de mitigación reducción de peligros medidas de control geólogo certificado preparación de informes plan de peligro geológico gestión de peligros informe detallado empresa de geología de ingeniería
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
El término “Sección” en el contexto de la ley de recursos públicos generalmente se refiere a una parte del Código de Recursos Públicos, a menos que se especifique lo contrario.
“Sección”, salvo que se modifique de otro modo, se refiere a una sección del Código de Recursos Públicos.
Código de Recursos Públicos definición de sección terminología referencia de sección lenguaje estatutario interpretación del código sección legal estructura del documento componentes del código referencia legal
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta sección define el término "Estado" específicamente como el Estado de California, y a veces puede incluir sus agencias u organizaciones, dependiendo de la situación.
“Estado” significa el Estado de California y, cuando el contexto lo requiera, cualquier agencia o instrumento del mismo.
definición de Estado agencias de California instrumentalidad de California definición específica del contexto agencia estatal instrumentalidad aclaración de término interpretación legal significado contextual entidad gubernamental
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)
Esta sección define el término 'Tesorero' como la persona que ejerce como tesorero del distrito.
“Tesorero” significa el tesorero del distrito.
tesorero del distrito funcionario de finanzas del distrito definición de tesorero función del tesorero finanzas públicas gestión financiera del distrito responsabilidades del tesorero funcionario fiscal del distrito deberes del tesorero supervisión financiera presupuesto del distrito nombramiento del tesorero gestión de fondos del distrito fondos públicos administración financiera
(Added by Stats. 1979, Ch. 1118.)